París, 28 de marzo de 2024. Respetuosa de la incesante labor iniciada y llevada a cabo en los últimos años por personas feministas, académicas y expertas de todo el mundo, la FIDH cree firmemente que ha llegado el momento de ampliar la definición de “apartheid” para incluir situaciones en las que la opresión se dirige contra un grupo o grupos específicos de género, como lo es por ejemplo el caso en Afganistán con las mujeres y las niñas. La FIDH también cree que el apartheid de género es el delito más adecuado para caracterizar situaciones de grave discriminación institucionalizada y sistemática.
Junto con sus organizaciones miembros, la FIDH lleva mucho tiempo comprometida en la lucha por promover la rendición de cuentas para víctimas de graves crímenes internacionales ante las jurisdicciones nacionales, regionales e internacionales. A pesar de los numerosos obstáculos en el camino, se han logrado éxitos gracias a la evolución de las leyes y prácticas y a la interpretación progresiva del envejecido corpus jurídico internacional, incluyendo en relación con las violaciones sexuales y por motivos de género. Al adoptar esta resolución, la FIDH resalta la necesidad de garantizar que el derecho internacional siga evolucionando ante la realidad actual.
“La opresión, segregación y discriminación predominante a la que se enfrentan las mujeres y las niñas en Afganistán desde que los talibanes volvieron ilegalmente al poder en 2021 nos ha alertado al hecho de que las leyes internacionales actuales no son suficientes para describir adecuadamente situaciones de tal gravedad. El reconocimiento del delito de apartheid de género llenaría una laguna en el derecho internacional y contribuiría a una mayor rendición de cuentas por parte de los responsables de estos crímenes”, declaró Armanshahr Guissou Jahangiri, vicepresidenta de la FIDH y directora ejecutiva de OPEN ASIA.
La FIDH acoge con satisfacción el hecho de que ciertas situaciones de discriminación contra los miembros de un determinado género, en particular las mujeres, las niñas y las personas LGBTIQ+, estén siendo investigadas por el derecho internacional, en particular en virtud del crimen de lesa humanidad de persecución por motivos de género. Sin embargo, la persecución por motivos de género y otros delitos existentes no reflejan suficientemente las situaciones en las que los perpetradores establecen un régimen predominante e institucionalizado de opresión y discriminación con la intención específica de mantenerlo.
“Para que las víctimas tengan la oportunidad de que se haga justicia, y que los perpetradores rindan cuentas, debe existir un delito que refleje realmente la gravedad y la particularidad de las situaciones que presentan los elementos del apartheid de género. Nuestra decisión de alinearnos con el movimiento para codificar el apartheid de género como un nuevo delito bajo el derecho internacional reconoce las experiencias vividas por víctimas y supervivientes y la necesidad de adaptar el derecho internacional a estas experiencias”, declaró la presidenta de la FIDH, Alice Mogwe.
La resolución de la FIDH llega en un momento crítico, en el que se están celebrando importantes debates sobre el proyecto de Convención para la Prevención y la Sanción de los Crímenes de lesa Humanidad, que representa una oportunidad clave y oportuna para codificar el crimen de apartheid de género. La FIDH espera que más partes interesadas se alineen y apoyen el importante movimiento a favor del reconocimiento de dicho crimen. Hasta que el crimen de apartheid de género se incluya y defina en el derecho internacional, la FIDH seguirá comprometida a utilizar todas las herramientas legales disponibles actualmente para buscar justicia para víctimas de todo el mundo, y respalda la siguiente propuesta de definición de apartheid de género: “Por crimen de apartheid se entienden los actos inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo 1 [del Artículo 2 de la propuesta de Convención Internacional para la Prevención y la Sanción de los Crímenes de Lesa Humanidad] cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales, o de un grupo de género sobre uno o más grupos de género, por motivos de género, y con la intención de mantener ese régimen.”