Caso Suez: el Tribunal de Apelación de París debe garantizar la eficacia de la Ley sobre el deber de vigilancia

04/03/2024
Comunicado
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El 5 de marzo de 2024 se celebrará una audiencia crucial ante el Tribunal de Apelación de París en el caso Suez. En esta ocasión, la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), Observatorio Ciudadano, Ligue des Droits de l’Homme y Red Ambiental Ciudadana de Osorno recuerdan la necesidad de garantizar la plena aplicación de la ley francesa sobre el deber de vigilancia. Las empresas deben poder ser consideradas responsables de las violaciones de los derechos humanos y de los daños medioambientales derivados de sus actividades.

París, 4 de marzo de 2024. El caso Suez es uno de los tres casos que se tratarán el 5 de marzo ante la nueva sala 5-12 del Tribunal de Apelación de París, dedicada a los litigios basados en la Ley sobre el deber de vigilancia de las empresas y a las demandas de responsabilidad medioambiental. Esta audiencia, en la que también se tratarán los casos EDF México y Total Climat, es crucial para el futuro de la Ley del Deber de Vigilancia.

"Tras ser desestimados en primera instancia por motivos procesales, las asociaciones apelaron para obtener justicia para las víctimas de la negligencia de Suez en Chile. Como en muchos otros casos, tras cuatro años de espera, aún no se ha dictado sentencia sobre las graves violaciones ocurridas en Osorno", ha declarado José Aylwin, coordinador del programa Empresas y Derechos Humanos del Observatorio Ciudadano y oficial de proyectos de la FIDH.

Como muchos otros casos iniciados contra empresas sobre la base de la Ley sobre el deber de vigilancia, el caso Suez fue declarado inadmisible el 1 de junio de 2023 por el Tribunal de Primera Instancia de París. Basándose en una interpretación extremadamente restrictiva de la ley, los jueces dictaminaron que las asociaciones demandantes deberían haber demandado a la empresa basándose en el mismo plan de vigilancia que fue objeto del requerimiento, y que el plan vigilancia en cuestión no mencionaba qué empresa del Grupo Suez era responsable del mismo. Las asociaciones han apelado esta decisión para que los jueces garanticen finalmente la plena aplicabilidad de la ley.

Una ley pionera debilitada por decisiones controvertidas

La Ley sobre el deber de vigilancia de 2017 obliga a las grandes empresas francesas a elaborar, publicar y aplicar un plan de vigilancia que contenga medidas para identificar riesgos y prevenir abusos graves contra los derechos humanos y el medio ambiente derivados de sus actividades, las de sus filiales, proveedores y subcontratistas, incluso en el extranjero. La legislación francesa, pionera en este ámbito, ha sido fuente de inspiración para otros países y ha influido en la elaboración de una directiva de la Unión Europea sobre el tema, que se está ultimando actualmente.

"Varios años después de la entrada en vigor de la ley, está siendo despojada de su significado debido a interpretaciones restrictivas como la del caso Suez, basada en controvertidos elementos de procedimiento", declaró Maddalena Neglia, responsable de la Oficina de Empresas, Derechos Humanos y Medio Ambiente de la FIDH. "Esperamos que el Tribunal de Apelación haga efectivo el acceso a la justicia para las comunidades afectadas por los abusos de las empresas y que estas sentencias conduzcan finalmente a una aplicación real de esta ley crucial."

Los hechos

En julio de 2019, los habitantes de Osorno se vieron privados de agua durante diez días y se declaró una alerta sanitaria, debido a la contaminación de la red de agua potable tras otro incidente operativo de ESSAL, empresa controlada por Suez. Los continuos fallos y deficiencias de la empresa habían sido señalados en numerosas ocasiones por las autoridades supervisoras chilenas. Como parte de su campaña See You In Court, la FIDH y sus socios en la acción llevaron a Suez a los tribunales en 2021, tras una notificación formal en 2020 y un diálogo infructuoso en un intento de obtener un nuevo plan de vigilancia y evitar que se repitiera el incidente de Osorno.

Para más detalles sobre el caso y la ley, consulte nuestras preguntas y respuestas.

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