Tras la crisis sanitaria en Osorno, se emplaza a Suez sobre el deber de vigilancia

23/09/2021
Comunicado
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La Federación internacional por los derechos humanos (FIDH), la Ligue des Droits de l’Homme (LDH), el Observatorio Ciudadano y la Red Ambiental citaron a la empresa Suez ante el Tribunal de Nanterre, al amparo de la ley francesa sobre el deber de vigilancia, el 2 de junio de 2021.

Los hechos

En julio de 2019 se produjo una crisis sanitaria en la ciudad de Osorno, Chile, provocada por el derrame de 2000 litros de petróleo en la planta de agua potable de Caipulli, operada por la filial de Suez, lo que provocó la contaminación de toda la red de agua potable y el corte de agua en la ciudad durante más de diez días. La contaminación afectó también a los cursos de agua del municipio, el río Rahue y el río Damas. La falta de iluminación, la deficiente infraestructura y la escasez de personal son algunas de las numerosas irregularidades que, al no haberse abordado adecuadamente, se encuentran en el origen de una crisis sanitaria que se podría haber evitado.

Debido al riesgo inminente que esta situación planteaba para la salud, se declaró el estado de alerta sanitaria mediante un decreto del 12 de julio de 2019. Durante el periodo de alerta, la crisis sanitaria se agravó debido a la instalación tardía e incompleta de puntos de abastecimiento de agua alternativos que ESSAL hubiera debido poner en funcionamiento de forma inmediata, así como por un suministro de agua insuficiente y de mala calidad. Finalmente, el 21 de julio de 2019, la empresa restableció por completo el servicio de abastecimiento de agua. Fue necesario prolongar la alerta sanitaria hasta el 31 de agosto de 2019 para poder hacer frente a la urgencia sanitaria.

Como consecuencia de ello, se vulneró el derecho de la población de Osorno a la integridad física y psíquica –vinculado al derecho a la preservación de la salud–, el derecho a vivir en un medio ambiente sano y el derecho al agua.

La acción interpuesta

En aplicación de la ley sobre el deber de vigilancia, la Red Ambiental Ciudadana de Osorno, asociación comunitaria con sede en este municipio, la FIDH y sus organizaciones miembros en Chile y Francia, el Observatorio Ciudadano y la Ligue des Droits de l’Homme (LDH), han procedido a enviar, el 7 de julio de 2020, un requerimiento formal a la empresa SUEZ, para que, en calidad de sociedad matriz, cumpla con su deber de vigilancia de conformidad con lo dispuesto por la legislación, y adopte las medidas necesarias para hacer frente a las deficiencias e ilegalidades relativas a la prestación del servicio de abastecimiento de agua en Osorno, con objeto de evitar que se vuelva a producir una crisis sanitaria en la ciudad o en las demás filiales de Chile en las que opera ESSAL y otras empresas controladas por el grupo francés.

Tras este emplazamiento, la FIDH, la LDH, el Observatorio Ciudadano y la Red Ambiental Ciudadana de Osorno se han reunido con Suez en varias ocasiones, con objeto de dialogar e intentar que se modifique el plan de vigilancia para incorporar sus preocupaciones y permitir asimismo que en el futuro se repita una crisis sanitaria de este tipo. Como el plan de vigilancia 2021 publicado por Suez el 29 de abril de 2021 no respondía a las expectativas expresadas por las cuatro organizaciones, estas llevaron a la empresa ante el Tribunal de Justicia de Nanterre. Por auto de 23 de marzo de 2023, el Juez de Instrucción de Nanterre se declaró incompetente en favor del Tribunal Judicial de París.

Lo que exigimos

Al término de esta actuación, nuestras organizaciones solicitan al tribunal que ordene a Suez la publicación de un nuevo plan de vigilancia que contenga medidas detalladas adecuadas para mitigar y prevenir los riesgos de violaciones de los derechos humanos, en particular del derecho a la salud, al agua y a un medio ambiente sano, así como un dispositivo de vigilancia y de aplicación eficaz de dichas medidas.

Calendario y próximas etapas
El recurso se interpuso el 7 de julio de 2021. A petición de la defensa del Grupo SUEZ, el 12 de abril de 2023 se celebró una primera vista sobre la admisibilidad de la demanda ante el Tribunal Judicial de París.

Durante esta audiencia, el Tribunal abordó tres cuestiones procesales esenciales, frecuentemente planteadas por las empresas implicadas en este tipo de procedimientos para evitar su responsabilidad:

• Si la citación se realizó contra la persona jurídica idónea en la estructura corporativa de SUEZ;
• Si las ONG que demandaron a SUEZ tienen o no capacidad jurídica en el caso debido a su estatuto; y
• Si el requerimiento formal enviado a SUEZ en 2019 y la acción legal deberían haberse referido al mismo "plan de diligencia debida" para considerar el caso admisible. Esta cuestión se planteó porque SUEZ había publicado un nuevo plan entre el requerimiento formal y la acción, aunque esto dejaba sin abordar las preocupaciones de las ONG.

El 1 de junio de 2023, el Tribunal, pronunciándose sobre los puntos primero y tercero planteados por la defensa, declaró inadmisible el recurso de las ONG. Las asociaciones han recurrido la decisión. Una vista está prevista para el 5 de marzo de 2024 en el Tribunal de Apelación de París, en una cámara especial "debida diligencia".

Para más información
Comunicados de prensa y respuestas publicadas por la FIDH:

[https://www.fidh.org/es/temas/litigio/litigio-contra-empresas/caso-suez-chile-el-tribunal-desestima-la-demanda-interpuesta-la-ley]

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