París, 1 de junio de 2023. “Nuestras asociaciones, actuando en nombre de las comunidades afectadas de la localidad de Osorno, se han visto privadas de cualquier recurso efectivo contra el grupo Suez”, ha declarado José Aylwin, coordinador del programa Empresas y Derechos Humanos del Observatorio Ciudadano y responsable de misión de la FIDH. “Con esta decisión, la Ley francesa sobre el deber de vigilancia sigue careciendo de eficacia para que las comunidades afectadas de todo el mundo puedan acceder a la justicia.”
El tribunal de primera instancia de París ha estimado las pretensiones de la defensa. Según su decisión, Vigie Groupe SAS, anteriormente denominada Suez Groupe SAS, no podía considerarse demandada en esta causa debido a que el plan de vigilancia al que se refería la acción judicial no mencionaba qué empresa del Grupo Suez lo había realizado.
“Según esta interpretación, en el futuro, cuando no se haya firmado un plan de diligencia debida, las asociaciones no podrán saber contra qué empresa interponer una demanda”, ha declarado Clémence Bectarte, coordinadora del Grupo de Acción Judicial de la FIDH.
El juez dictaminó asimismo la inadmisibilidad de la demanda interpuesta por las asociaciones demandantes, ya que no habían actuado contra a la empresa basándose en el mismo plan de diligencia debida en el que se fundamentaba el requerimiento.
“Esta decisión vacía de contenido la Ley sobre el deber de vigilancia”, ha declarado Maddalena Neglia, responsable de la Oficina de Mundialización de la FIDH. “Nuestras asociaciones habían llevado a la empresa a los tribunales, tras constatar el fracaso del diálogo que tuvo lugar tras el emplazamiento, precisamente porque el nuevo plan no tenía en cuenta en absoluto las reivindicaciones que habíamos presentado.”
Esta decisión ilustra una vez más la reticencia de los tribunales franceses a pronunciarse sobre el fondo de esta ley, cuyo objetivo fundamental es proteger los derechos humanos y el medio ambiente. En otros casos anteriores, como el relativo al megaproyecto petrolero EACOP de Total en África Oriental, han sido declarados inadmisibles por motivos procesales controvertidos.
Una demanda interpuesta en respuesta a una grave crisis sanitaria
La FIDH, el Observatorio Ciudadano, la asociación Red Ambiental Ciudadana de Osorno y la LDH habían llevado a Suez a los tribunales el 11 de junio de 2021 en virtud de la Ley sobre el deber de vigilancia, tras haber emplazado a la empresa en julio de 2020. En julio de 2019, la población de Osorno (Chile) permaneció privada de agua durante diez días y se declaró la alerta sanitaria, debido a la contaminación de la red de agua potable tras un nuevo incidente operativo en ESSAL, empresa controlada por Suez. Este hecho se produjo después de que se hubieran detectado continuas deficiencias y negligencias, que los organismos de control chilenos habían señalado en múltiples ocasiones anteriormente, al indicar que existía un “elevado riesgo”.
La empresa alegó que Vigie Groupe, como sucesora de Suez SAS, no estaba legitimada para defenderla, y que las asociaciones habían emplazado a la empresa refiriéndose al plan de vigilancia de 2020, mientras que la citación para comparecer ante el tribunal se refería al plan adoptado en 2021, después del fracaso del diálogo entre la empresa y las asociaciones.
Las asociaciones recurrirán
“Vamos a recurrir esta decisión, porque queremos hacer que se reconozca la plena aplicación de la Ley francesa sobre diligencia debida”, han declarado Julie Février y Florian Curral-Stephen, abogada y abogado de las asociaciones demandantes. “Más de cuatro años después de la entrada en vigor de la ley, lamentamos que no haya habido ninguna sentencia de fondo sobre las violaciones de derechos humanos denunciadas.”
Esta decisión es aún más importante ya que se produce el día en que el Parlamento Europeo ha adoptado su posición sobre el proyecto de Directiva relativa a la sostenibilidad de las empresas. Frente a una Unión Europea que avanza hacia el establecimiento de un deber europeo de vigilancia, la jurisprudencia francesa parece ir en sentido contrario.