Descripción de la situación:
El Observatorio ha recibido información sobre la condena de los Sres. Wilmer Otoniel Alonzo Herrera y José Orlando Rodas García, defensores indígenas lencas y presidente e integrante respectivamente del Consejo Indígena Lenca de la comunidad de Reitoca. Su condena es consecuencia de un proceso de hostigamiento y acoso judicial iniciado en su contra en el año 2018 como represalia a su trabajo en defensa del Río Grande de Reitoca, también conocido como Río Petacón, frente a las actividades de la Sociedad Mercantil Promotora de Generación de Energía Limpia S.A (Progelsa).
El 18 de marzo de 2024, la Sala Primera del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa, integrado por las juezas Laura Casco, Wendy Rivera y Jeanette Padgett, celebró la “audiencia de lectura de sentencia” en la que declaró a Wilmer Otoniel y Orlando Rodas culpables del delito de “perturbación de un derecho real” (Artículo 229 del anterior Código Penal de Honduras [Decreto 144-83]) y los condenó a nueve meses de reclusión y la reparación de los daños morales y económicos en perjuicio de la empresa S.A Progelsa. Sin embargo, los defensores no han sido encarcelados todavía, ya que su pena de prisión no se hará efectiva hasta que se dicte sentencia firme, una vez agotados todos los recursos, entre estos el recurso de casación interpuesto por sus abogados el 22 de abril de 2024.
Wilmer Otoniel y Orlando Rodas han sido acosados judicialmente desde el 2018 por parte del Ministerio Público debido a su labor de defensa del Río Grande de Reitoca ante el establecimiento del proyecto hidroeléctrico “Petacón” de la empresa Progelsa, la cual cuenta con financiamiento del holding italiano Sorgent.E S.R.L., que a la vez es financiado por el Fondo Noruego de Inversión en Países en vías de Desarrollo (Norfund).
En 2011, la Secretaría de recursos naturales y ambiente otorgó a la empresa Progelsa una licencia ambiental con permiso de operación por un período de 50 años, y en octubre de 2015, el Congreso Nacional de Honduras, le otorgó dos contratos a partir de los decretos 73-2016 y 74-2016.
En 2016, la empresa Progelsa inició la construcción del proyecto hidroeléctrico sin contar con el consentimiento de las comunidades afectadas, aun cuando éstas cuentas con títulos de propiedad sobre los territorios afectados que datan de la época colonial. Frente a los primeros daños ambientales que observaban, como la contaminación del Río Grande de Reitoca, el pueblo indígena lenca comenzó a organizarse para defender su territorio y realizar protestas pacíficas, sin embargo, se enfrentaron a actos de represión, inclusive hostigamiento judicial, y violencia por parte de autoridades del Estado y agentes de seguridad de la empresa. A pesar de las constantes denuncias por parte del Consejo Indígena Lenca de Reitoca ante autoridades estatales, señalando la falta de consulta y actos fraudulentos relativos al proyecto, las autoridades han ignorado sus demandas y al contrario los y las integrantes del Consejo han sido criminalizados.
Uno de estos actos de represión se llevó a cabo el 15 de enero de 2018, cuando miembros del Consejo Indígena Lenca, incluidos Wilmer Otoniel y Orlando Rodas, realizaron un bloqueo pacífico de carretera que conduce de Reitoca al plantel de la empresa Progelsa, como acto de defensa de su territorio. Por esta acción, fueron violentados por las fuerzas militares, quienes con uso excesivo de la fuerza y total abuso de autoridad, llegaron a disolver la manifestación, usando armas de fuego y resultando en varias personas heridas por disparos de los agentes militares. Según informes militares obtenidos por la Fiscalía de Etnias en un proceso de investigación, desde esa fecha hasta octubre de 2018, la policía militar custodió las instalaciones de la empresa, por lo que resulta extraño que ese mismo día, se reportaron incendios en el campamento de trabajo y la planta de Progelsa, cuyo origen no ha sido esclarecido.
Por los hechos del 15 de enero de 2018, la Fiscalía Especial de Etnias presentó una acusación por abuso de autoridad contra un agente militar que fue el encargado del operativo militar, y por ejercer tratos crueles y degradantes contra las personas manifestantes. Sin embargo, el Juzgado de Letras de lo Penal de Francisco Morazán emitió un sobreseimiento definitivo.
De manera paralela, la Fiscalía Contra los Delitos Comunes del Ministerio Público, incumpliendo con su deber de llevar a cabo una debida investigación, presentó un requerimiento fiscal contra Wilmer Otoniel y Orlando Rodas por el delito de “usurpación”, contenido en el Artículo 227 del anterior Código Penal [Decreto 144-83], por lo que, el 31 de octubre de 2018, los defensores enfrentaron una audiencia indagatoria ante el Juzgado de Letras de lo Penal de Francisco Morazán.
El 13 de noviembre de 2018, en audiencia inicial, el Ministerio Público y la acusación privada buscaron ampliar la acusación en contra de los defensores, para incluir los delitos de “daños agravados” (Articulo 255 del anterior Código Penal) y “hurto” (Artículo 223 del mismo Código). Sin embargo, en audiencia del 23 de noviembre de 2018, el Juez de Letras de lo Penal de Francisco Morazán dictó sobreseimiento provisional por los delitos de “usurpación” y “daños agravados” y un sobreseimiento definitivo por el delito de “hurto". El Ministerio Público y la acusación privada en el proceso apelaron este fallo.
El 30 de enero de 2019, en una rueda de prensa la empresa hidroeléctrica y la Asociación Hondureña de Energías Renovables culparon públicamente a “grupos irregulares” de Lepateríque y Reitoca de ser responsables de daños y robos en las instalaciones de la empresa por valor de más de 2,8 millones de dólares (aproximadamente 2,6 millones de euros).
El 25 de febrero de 2019, la Corte de Apelaciones de lo Penal de Francisco Morazán revirtió los sobreseimientos provisionales y dictó autos de procesamiento contra ambos defensores por los delitos de “usurpación” y “daños agravados”.
El 21 de octubre de 2019, se celebró la audiencia preliminar en el Juzgado de Letras de lo Penal de Francisco Morazán. El Ministerio Público y la acusación privada formalizaron la acusación por los delitos de “usurpación” y “daños agravados”. El 22 de octubre de 2019, el Juzgado de Letras de lo Penal emitió el auto de apertura a juicio oral y público por ambos delitos.
El 23 de octubre de 2023, tras cuatro años de espera, dio inicio el juicio oral y público en la Sala Primera del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa. En este juicio los acusados se defendieron de la acusación formalizada por el Ministerio Público y establecido en el auto de apertura a juicio, lo cual se mantuvo en la etapa de conclusiones por parte del ente acusador público y privado. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia al emitir el fallo, el 8 de noviembre de 2023, estableció que no existían los delitos de “usurpación” y “daños agravados” pero que condenaba a ambos acusados por el delito de “perturbación de un derecho real” (Artículo 229 del anterior Código Penal [Decreto 144-83] bajo la regla del artículo 337 del Código Procesal).
La defensa de ambos defensores señaló que, con la emisión del fallo condenatorio, el Tribunal incurrió en “prevaricato” (Artículo 516 del Código Penal), dado que los condenó por tipo penal diferente a los que inicialmente se les acusaba. El Ministerio Público no pudo acreditar conducta delictiva por ninguno de estos delitos, pues lo que ambos acusados realizaron junto al pueblo de Reitoca fue un campamento de control territorial en los límites del Municipio de Reitoca y Lepaterique, manifestándose pacíficamente contra la imposición del proyecto hidroeléctrico.
Tras la condena, el 27 de noviembre de 2023, miembros del Consejo Indígena Lenca de Reitoca presentaron una denuncia ante la Fiscalía Especial de Etnias contra Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa por el delito de “prevaricato judicial” por su actuar arbitrario, y por la vulneración del derecho de Wilmer Otoniel y Orlando Rodas a la defensa durante el juicio oral y público. Al momento de la publicación de este Llamado Urgente, este proceso continua en investigación.
El Observatorio destaca que ambos defensores fueron sujetos a medidas sustitutivas a la prisión, consistentes en la firma mensual de un acta en los juzgados de Tegucigalpa, desde la audiencia de imputados hasta que hubo sobreseimiento en la audiencia inicial. Tras la revocación del sobreseimiento por la Corte de Apelaciones, se impusieron de nuevo las medidas. Al momento de la publicación de este Llamado Urgente, estas medidas se mantienen vigentes, hecho que ha provocado un deterioro en la salud psicológica de ambos defensores y ha supuesto un alto coste económico para ellos y sus familias.
El 14 de diciembre de 2023, tras conocer el fallo del Tribunal, en una audiencia de individualización de la pena, el Ministerio Público y la acusación privada argumentaron la existencia de agravantes y pidieron la pena máxima de un año para ambos defensores. Los supuestos agravantes, serían “alevosía”, “haber cometido el delito en cuadrilla” y “haber cometido el delito mediante rompimiento de techo o pared”. Finalmente, el 18 de marzo de 2024, estas agravantes fueron desestimadas.
El Observatorio rechaza la condena y la criminalización de los defensores indígenas lencas Wilmer Otoniel y Orlando Rodas, que parecen ser represalias por su legítima labor en defensa del Río Grande de Reitoca y del territorio del pueblo indígena lenca de Reitoca.
El Observatorio urge a las autoridades de Honduras a absolver a Wilmer Otoniel y Orlando Rodas de todo cargo, a garantizar su derecho al debido proceso y a poner fin de inmediato a todo acto de hostigamiento - incluido a nivel judicial - en su contra, así como del resto de personas defensoras indígenas del pueblo lenca que enfrentan distintos cargos penales.
Finalmente, el Observatorio urge a las autoridades hondureñas a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas e implementar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, garantizando el derecho a la consulta y el respeto integral de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas en Honduras, particularmente frente proyectos que tengan un impacto directo en sus comunidades, territorios y el medio ambiente que habitan.
Acción solicitada:
Por favor, escriban a las autoridades de Honduras urgiéndolas a:
– Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad, integridad física y el bienestar psicológico de los defensores indígenas lencas Wilmer Otoniel y Orlando Rodas, así como del conjunto de personas defensoras indígenas en Honduras;
– Absolver a Wilmer Otoniel y Orlando Rodas de todo cargo, y poner fin a todo acto de hostigamiento y criminalización, incluido al nivel judicial, en contra de ellos, y así como del conjunto de personas defensoras indígenas en Honduras;
– Garantizar el derecho al debido proceso de Wilmer Alonzo y Orlando Rodas; y otorgar una reparación por los perjuicios causados en su contra como resultado del continuo hostigamiento judicial y de las violaciones a sus derechos al debido proceso y a un juicio justo;
– Asegurar el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, garantizando el derecho a una consulta libre, previa e informada de todas las comunidades y pueblos indígenas en Honduras ante la posibilidad de nuevos proyectos empresariales que puedan llegar a impactar sus territorios y el medio ambiente.
Direcciones:
• Sra. Xiomara Castro de Zelaya, Presidenta de la República. E-mail: info@presidencia.gob.hn Twitter: @XiomaraCastroZ
• Sra. Angelica Álvarez,, Secretaria de Estado de Derechos Humanos. Twitter: @angelica_hn1 Email: angelica.alvarez@sedh.gob.hn
• Sr. Johel Zelaya, Fiscal General Interino de la República. E-mail: info@mp.hn
• Sra. Rebeca Raquel Obando, Presidenta, Corte Suprema de Justicia. Email: presidenciapj@poderjudicial.gob.hn
• Sr. Manuel Antonio Diaz Galeas, Procurador General de la República. Email: mdiaz@pgrhonduras.gob.hn
• Sr. Rodolfo Zamora, Director General del Sistema de Protección a defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia. E-mail: rodolfo.zamora@sedh.gob.hn
• Sra. Blanca Izaguirre, Comisionada Nacional de los Derechos Humanos. E-mail: central@conadeh.hn Twitter: @CONADEH
• Sr. Embajador Carlos Aguilar, Misión Permanente de Honduras ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: mission@hondurasginebra.ch
• Sr. Embajador Roberto Ochoa Madrid, Embajada de Honduras en Bruselas. E-mail: info@hondurasembassy.be
• Sr. Embajador Luis Cordero Montoya, Embajada de Honduras en OEA. E-mail: honduras@oas.org
• Sr. Jaume Segura, Embajador de la Delegación de la Unión Europea en Honduras. E-mail: Jaume.segura-socias@eeas.europa.eu
Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Honduras en sus respectivos países.
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Ginebra-Paris, 25 de abril de 2024
Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.
El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.
Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
• E-mail: alert@observatoryfordefenders.org
• Tel. FIDH: + 33 1 43 55 25 18
• Tel. OMCT: + 41 22 809 49 39