Costa Rica: Agresiones y amenazas contra los defensores indígenas José Enrique Ortiz y Pablo Sibar

03/08/2020
Llamado urgente

CRI 001 / 0720 / OBS 087
Agresiones/
Amenazas / Amenazas de muerte
Costa Rica
31 de julio de 2020

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Costa Rica.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con profunda preocupación información de fuentes fidedignas sobre las agresiones y amenazas, incluidas amenazas de muerte, contra los Sres. José Enrique Ortiz y Pablo Sibar, defensores de los derechos indígenas y miembros de las comunidades Bribri y Bröran de los territorios indígenas de Salitre y de Térraba respectivamente, ambos situados en la provincia de Puntarenas.

Según la información recibida, el 21 de julio de 2020, mientras el Sr. José Enrique Ortiz, defensor indígena Bribri, se dirigía al centro de salud de Salitre, fue amenazado y agredido verbalmente por el Sr. Rodrigo Figueroa Uva, quien profirió insultos contra él y su familia e hizo referencia a la denuncia presentada contra su hermano, el Sr. Eliodoro Figueroa Uva.

Los hermanos Figueroa Uva son miembros de una familia no indígena que habría llevado a cabo múltiples agresiones y amenazas contra la comunidad Bribri de Salitre y la comunidad Brörán en los últimos años, incluidos intentos de asesinato, destrucción de viviendas e incendio intencionado de cultivos. En este sentido, el 9 de febrero de 2020, el Organismo de Investigación Judicial abrió una causa penal contra el Sr. Eliodoro Figueroa Uva, tras la denuncia interpuesta por el Sr. Enrique Ortiz y su cuñado y líder indígena Bribri, el Sr. Minor Ortiz, quienes habrían sido atacados con arma de fuego por el Sr. Eliodoro Figueroa Uva el mismo 9 de febrero. Asimismo, el juez impuso medidas cautelares al Sr. Eliodoro Figueroa Uva mientras se desarrollan las investigaciones, consistentes en no perturbar ni intimidar a la comunidad indígena Bribri de Salitre. Por otra parte, el Sr. Heleodoro Figueroa Díaz, padre de los hermanos Figueroa Uva, tiene múltiplos procesos abiertos en su contra en sede agraria relacionados con el conflicto con la comunidad Bribri de Salitre.

De acuerdo con la misma información, el 27 de julio de 2020, la finca de Crun Shurín, ubicada en el territorio indígena de Térraba y recuperada por el pueblo indígena Brörán, fue invadida por un grupo de personas desconocidas junto con la Sra. Hilda Granados, quien regenta irregularmente un restaurante en dicho territorio indígena. Los agresores introdujeron maquinaria agrícola pesada, dañando el suelo y deforestando media hectárea del terreno. Un grupo de personas indígenas Brörán fue amenazado, tras apersonarse al lugar para proteger pacíficamente su territorio. Asimismo, el Sr. Pablo Sibar, líder indígena Brörán, fue amenazado de muerte por un individuo desconocido, quien le dijo que tenía garantizada una recompensa por su asesinato.

Tras ser alertada por las víctimas de las agresiones, la policía local acudió al lugar de los hechos para negociar con el grupo de agresores su salida del territorio indígena. Sin embargo, y a pesar de la gravedad de las agresiones, no se llevó a cabo ninguna detención y tampoco se ha permitido a las personas agredidas tener acceso al contenido del informe policial.

El Observatorio subraya que dichas amenazas y agresiones contra las personas defensoras de los derechos Bribri y Brörán se enmarcan en un patrón de ataques contra los pueblos indígenas de Salitre y Térraba cuyo origen radica en la falta de identificación, delimitación y demarcación efectiva de sus territorios

En este sentido, de acuerdo con lo establecido en Ley Indígena de Costa Rica, los territorios indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivos para las comunidades indígenas que las habitan. Asimismo, el Estado tiene la obligación de reubicar a las personas no indígenas que se encuentren en territorios indígenas y, en caso de que se produzca una invasión de dichos territorios, la obligación de proceder al desalojo de los ocupantes ilegales[1]. Sin embargo, la falta de implementación adecuada de dicha ley ha generado un conflicto por la tenencia de la tierra entre pueblos indígenas y personas no indígenas con graves consecuencias para la comunidad Bribri de Salitre y la comunidad de Brörán y sus liderazgos, quienes han sido sometidos a amenazas, ataques contra su vida e integridad física y a ocupaciones ilegales de sus territorios desde 2012.

En 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la Resolución 16/15[2] otorgó medidas cautelares a favor de los pueblos indígenas Bribri y Brörán. Sin embargo, las medidas de protección adoptadas por Costa Rica se han mostrado ineficaces y los ataques contra ambas comunidades, así como la ocupación ilegal de sus tierras, han continuado con total impunidad, incluidos los asesinatos el 18 de marzo de 2019 del líder indígena Bribri Sergio Rojas Ortiz, y del líder indígena Brörán Jehry Rivera Rivera el 24 de febrero de 2020.

Por todo lo anterior, el Observatorio rechaza contundentemente las amenazas y agresiones contra las personas defensoras de los derechos de los pueblos indígenas Bribri y Brörán y urge a las autoridades costarricenses a tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar su seguridad e integridad física, así como para poner fin a las ocupaciones ilegales de sus territorios.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Costa Rica urgiéndolas a:

i. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. José Enrique Ortiz y Pablo Sibar, así como la del conjunto de las comunidades indígenas de Salitre y Térraba;

ii. Llevar a cabo una investigación independiente, inmediata, exhaustiva e imparcial, en torno a todas las circunstancias de los hechos arriba denunciados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

iii. Adoptar de manera urgente medidas para generar seguridad jurídica en los territorios de los pueblos indígenas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales y en la Ley 6172 de Costa Rica;

iv. Prevenir y resarcir todo acto que tenga como objeto o consecuencia la posible desposesión de sus tierras, territorios o recursos, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;

v. Impulsar una política pública integral de protección a las personas defensoras de derechos humanos que incluya componentes de protección, prevención y lucha contra la impunidad a través de un proceso amplio y participativo, en particular que cuente con un enfoque diferencial y étnico que tome en cuenta las necesidades de las personas defensoras de los derechos indígenas.

vi. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2;

vii. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Costa Rica.

Direcciones:

· Sr. Carlos Alvarado Quesada, Presidente de la República de Costa Rica. E-mail: despachopresidente@presidencia.go.cr / Twitter: @presidenciacr @CarlosAlvQ
· Sr. Randall Otárola, Viceministro de Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano. E-mail: randall.otarola@presidencia.go.cr; dialogociudadano@presidencia.go.cr
· Sr. Eduardo Solano, Viceministro de Seguridad Pública. E-mail: edsolanos@seguridadpublica.go.cr
· Sra. Fiorella Salazar Rojas, Ministro de Justicia y Paz de Costa Rica. E-mail: info@mj.go.cr / Twitter: @fiorella_s_r
· Sr. Julio Jurado Fernández, Procuradoría General de la República. E-mail: procuraduria@pgr.go.cr
· Sr. Rodolfo Solano Quirós, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. E-mail: despacho-canciller@rree.go.cr / Twitter: @CRcancilleria
· Sra. Emilia Navas Aparicio, Fiscal General de la República. E-mail : enavas@poder-judicial.go.cr
· Sra. Damaris Vargas, Magistrada de la Corte Suprema y Coordinadora Comisión de Acceso a la Justicia. E-mail: dvargas@poder-judicial.go.cr
· Sra. Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes de la República de Costa Rica. E-mail: defensoria@dhr.go.cr / Twitter: @CatalinaCRE
· Sra. Marjorie Herrera, Defensoría de los Habitantes, Dirección de Igualdad y No Discriminación, mherrera@dhr.go.cr
· S.E Sra. Sara Duncan, Representante Permanente Alterna, Misión Permanente de Costa Rica ante la Oficina de Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: miscr-onug@rree.go.cr
· S.E Sra. Montserrat Solano Carboni, Embajadora, Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: costa-rica@oas.org / miscr-oea@rree.go.cr
· S.E Sr. Sergio Alfaro Salas, Embajador, Embajada de Costa Rica ante el Reino de Bélgica, el Gran Ducado de Luxemburgo y Misión ante la Unión Europea. E-mail: embcr-be@rree.go.cr

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Costa Rica en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris, 31 de julio de 2020

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu ,el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
· E-mail: Appeals@fidh-omct.org
· Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
· Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

___

[1] Véase Art. 3 y 5 de la Ley 6172 de Costa Rica.
[2] Véase Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución 16/15. Medida cautelar Nº. 321-12. Pueblo Indígena Teribe y Bribri de Salitre respecto de Costa Rica, 30 de abril de 2015. https://oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2015/MC321-12-ES.pdf

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