Derechos de los migrantes : las autoridades marroquíes deben rechazar las "devoluciones en caliente"

18/12/2014
Comunicado
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Entrevista a Hicham Rachidi, secretario general de Gadem, organismo asociado a la FIDH en Marruecos.

El jueves 11 de diciembre, los parlamentarios españoles aprobaron una ley que autoriza a la policía y los guardias civiles a reconducir a la frontera marroquí a los migrantes que cruzan clandestinamente las fronteras en Ceuta y Melilla. Dicha práctica, denominada «devoluciones en caliente » violan el derecho de asilo y el principio de no devolución.

¿Cuál ha sido la reacción de las autoridades marroquíes frente a esa reforma?

No ha habido reacción oficial de parte de las autoridades marroquíes. Además de la ley votada recientemente en España, desde hace dos años se observa una aceleración de la cooperación operativa en la zona entre los dos países.

Efectivamente, el 10 de diciembre de 2012, el Reino de Marruecos publicó en el boletín oficial un acuerdo relacionado con la readmisión de las personas que atravesaron ilegalmente las fronteras en Ceuta y Melilla. Ese texto justifica la aceptación por parte de Marruecos de las «devoluciones en caliente ».

¿Qué papel jugará la policía marroquí en dichas devoluciones?

Tiene un doble papel. A la salida, tratan de bloquear el paso cuando hay operaciones masivas de entradas por Ceuta y Melilla. Y cuando las personas logran entrar a enclaves españoles, las autoridades marroquíes admiten a los migrantes, violando de manera flagrante el derecho internacional. Hay numerosos videos que lo demuestran.

¿Qué ocurre con las personas que han sido devueltas?

Desde 2012, se las devolvía a la frontera argelina. Pero desde que se anunció la nueva política migratoria de Marruecos, se las envía al centro del país, a las ciudades de Fez, Casablanca y Rabat.

Resulta difícil decir que esas personas se ven luego beneficiadas con la aplicación de la nueva política de regularización. Lo que se sabe es que, este año, unas 22 000 personas presentaron una solicitud de regularización y hasta el 31 de octubre alrededor de la mitad habían sido aceptadas.

En mi opinión, lo que hay que tener presente es que se trata de la reactivación del código del 13 de febrero de 1992, que fuera firmado bajo Hassan II. Dicho acuerdo no había sido publicado y hubo que esperar hasta el 10 de diciembre de 2012 para que finalmente fuera publicado por el actual gobierno, en el boletín oficial. Esto suscita, por cierto, numerosos comentarios. En primer lugar, se trata de un acuerdo elaborado durante “los años de plomo”, es decir de manera poco democrática y carente de transparencia.

Lo sorprendente es que este acuerdo haya entrado en vigencia después de que, en tiempos recientes, Marruecos haya recorrido un largo trecho por el camino de la transición democrática: se aprobó una nueva constitución en julio de 2011, llegó al poder un gobierno elegido democráticamente y las aspiraciones por el respeto a los derechos humanos están muy presentes en la sociedad. Por lo tanto, resulta sorprendente que dicho texto haya entrado en vigencia en este contexto.

Por otra parte, establece determinados procedimientos que muy probablemente no son respetados : los artículos 1 y 2, por ejemplo, señalan que la readmisión se hará a pedido oficial de uno de los países signatarios, en este caso España. Ahora bien, existe una cantidad de videos y testimonios que demuestran que las “devoluciones en caliente” no se hacen conforme a lo establecido por los acuerdos.
Además, el Estado que debe readmitir dispone igualmente de un plazo de 10 días para pronunciarse sobre la petición, lo que por supuesto no se respeta, ya que ciertas personas son readmitidas en Marruecos simplemente luego de haber pasado unas pocas horas en territorio español.

Tampoco se respeta el párrafo D del artículo 3, que establece que quienes puedan solicitar asilo no pueden ser devueltos, conforme al Convenio de Ginebra de 1951. Sin embargo, viendo los testimonios y videos, las autoridades españolas no se toman el tiempo de examinar la condición de las personas que expulsan, dado que lo hacen “en caliente”...

Asimismo, se viola el Artículo 8. En efecto, este artículo establece que la readmisión no debe tener lugar, cuando las personas pudieran ser violentadas en el Estado de readmisión. Sin embargo, desde diciembre de 2012, se han documentado numerosas violencias sufridas por migrantes reconducidos a Marruecos. Muchos migrantes explicaron haber sido golpeados por la policía marroquí cuando tenían las manos atadas en la espalda

¿Qué mensajes desea dirigirles a las autoridades españolas y marroquíes?

Les solicitamos a las autoridades marroquíes que suspendan la aplicación de este acuerdo y rechacen las readmisiones que no respeten el derecho internacional. .

En cuanto a las autoridades españolas, les solicitamos que recuerden que forman parte de una agrupación regional denominada Unión Europea, que se basa en determinados valores, entre ellos, el rechazo a las devoluciones colectivas, el respeto a los derechos humanos, la democracia y los convenios internacionales.

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