Resolución sobre la situación en los territorios palestinos ocupados, adoptada por el Congreso de la FIDH en Erevan

11/04/2010
Comunicado
en es fr

Resolución sobre la situación en los territorios palestinos ocupados
presentada por PCHR (Palestinian Center for Human Rights) y Al Haq

El Congreso de los miembros de la Federación Internacional de los Derechos Humanos,

Profundamente preocupado por el reciente y rápido deterioro de la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados (TPO), resultando de la larga política criminal del Estado de Israel contra la población palestina;

Considerando varios factores que indican que Israel está llevando a cabo una política de limpieza étnica y la discriminación racial contra la población palestina, resultando en un régimen de apartheid de facto ;

Tomando nota de la escalada de la tensión y de la violencia en los territorios palestinos ocupados, en particular en el Este de Jerusalén, como resultado de las decisiones adoptadas por el Gobierno israelí en los últimos meses;

Tomando nota de que las Fuerzas de Defensa Israelíes (FDI) han intensificado la comisión de violaciones de derechos humanos en los territorios palestinos ocupados, como lo demuestran los recientes asesinatos de civiles palestinos desarmados que participaban en manifestaciones pacíficas en Cisjordania y en la Franja de Gaza y los ataques aéreos contra objetivos civiles en la Franja de Gaza;

Observando con profunda preocupación que las violaciones graves de reconocidas normas internacionales de derechos humanos están muy extendidas en los territorios palestinos ocupados, caracterizándose por lo siguiente:

a) La actual ocupación ilegal del territorio palestino, incluido Jerusalén Este, vulnerando el derecho del pueblo palestino a la libre determinación;

b) El actual cierre ilegal de los territorios palestinos ocupados, como lo demuestra el bloqueo de la Franja de Gaza, desde hace más de dos años y medio, como forma de castigo colectivo;

c) La continuación de la construcción por Israel del muro de anexión ilegal dentro del territorio palestino, en violación flagrante de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 2004;

d) La continúa confiscación y anexión de tierras palestinas, desalojos y demoliciones de casas palestinas, en particular en Jerusalén Este y sus alrededores;

e) La continúa construcción ilegal de asentamientos israelíes, incluidas las 1600 unidades de vivienda aprobadas recientemente en la Jerusalén Este ocupada que rodea los Santos Lugares, y la reciente inauguración de una sinagoga en Jerusalén Este y la ampliación prevista de los asentamientos existentes en Cisjordania;

f) La adopción de medidas, tales como el sistema de restricciones para las carreteras, puestos de control, barreras, zonas de seguridad y zonas militares cerradas que incrementan inexorablemente la segregación de la población palestina, restringiendo su acceso a sus tierras agrícolas, lo que impide su acceso al trabajo y a sus derechos humanos básicos;

g) La neutralización de la santidad y de la inviolabilidad de los lugares santos en los territorios palestinos ocupados y la violación, inter alia, del derecho a la libertad de religión mediante la inclusión de lugares santos palestinos en la lista de los sitios arqueológicos de Israel, en violación de varios convenios internacionales para la protección de bienes culturales durante un conflicto armado;

h) La vulneración del derecho de los palestinos a la libertad de religión a través del culto mediante la prohibición de entrada de los palestinos a la Santa Mezquita de Al-Aqsa y en la Ciudad Santa de Jerusalén;

i) La multiplicación de las medidas adoptadas por las autoridades israelíes contra los defensores de los derechos humanos, incluyendo restricciones arbitrarias a la libertad de movimiento, detenciones y deportaciones, en violación de la Declaración de la Asamblea General sobre Defensores de Derechos Humanos adoptada mediante la resolución 53/144;

Considerando como especialmente preocupante la situación de la población en la Franja de Gaza, donde el efecto combinado del cierre prolongado ilegal y de la ofensiva militar israelí ha producido una crisis humanitaria sin precedente;

Reiterando su condena de los ataques contra todos los civiles;

Recordando las recomendaciones del informe Goldstone, que han sido respaldadas por la Asamblea General de la ONU, el Consejo de Derechos Humanos y el Parlamento Europeo;

Haciendo hincapié en la falta de voluntad de las autoridades israelíes y la negativa / incapacidad de las autoridades palestinas competentes para cumplir con su obligación de investigar y procesar de forma efectiva y creíble a los presuntos responsables de crímenes internacionales, en conformidad con las normas internacionales;

Destacando además la responsabilidad de la comunidad internacional y la obligación de terceros en virtud del derecho internacional de buscar la responsabilidad de los autores de violaciones graves a la Cuarta Convención de Ginebra, independientemente de su nacionalidad, ;

Llama el Gobierno israelí a que:

I. Cumpla con sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, en su calidad de potencia ocupante en los territorios palestinos ocupados, y respete el derecho internacional de los derechos humanos;

II. Levante de inmediato el cierre ilegal de la Franja de Gaza y abra inmediata, sostenida e incondicionalmente de los puntos de tránsito;

III. Adhiera a la Resolución 242 y a las resoluciones subsiguientes sobre el respeto de las fronteras de 1967, cumpliendo con el derecho internacional y el derecho a la libre determinación de los palestinos;

Exhorta a las Naciones Unidas y sus órganos, a las Altas Partes Contratantes de las Convenciones de Ginebra, a la Unión Europea, y a los Estados miembros de la comunidad internacional a:

I. Defender el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, y garantizar la inadmisibilidad de la adquisición de territorio mediante el uso de la fuerza, en conformidad con lo consagrado en la Carta de las Naciones Unidas;

II. Reafirmar la aplicabilidad del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario al conjunto de los territorios palestinos ocupados y adoptar de inmediato todas las medidas necesarias para acelerar el proceso de rendición de cuentas por las violaciones del derecho internacional cometidas por Israel y lograr la justicia para las víctimas, en particular mediante el ejercicio de la jurisdicción universal, en contra de los presuntos responsables de crímenes internacionales;

III. Asegurar que todas las partes interesadas, incluido el Consejo de Seguridad de la ONU, implementen todas las recomendaciones contenidas en el informe de la misión de investigación de la ONU sobre el conflicto de Gaza;

IV. Cumplir con sus obligaciones, según se estipula, inter alia, en los artículos 1, 146 y 148 de la Cuarta Convención de Ginebra a fin de garantizar, por todos los medios necesarios, el cumplimiento por Israel del derecho internacional humanitario, incluido mediante la suspensión de la ayuda y de los acuerdos comerciales;

V. Adoptar medidas concretas contra todos los ataques perpetrados por las autoridades israelíes contra defensores de derechos humanos y respetar la Declaración de la Asamblea General sobre Defensores de Derechos Humanos adoptada mediante la resolución 53/144.

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