Avances y obstáculos en los procesos en contra de los responsables de crímenes contra la humanidad durante la dictadura

04/11/2009
Comunicado

El día 3 de noviembre, la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD) presentaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un informe titulado « Avances y obstáculos en los procesos en contra de los responsables de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura ». Presentación que contó con la presencia del Estado de Chile.

Este informe es el resultado de una misión de investigación que se llevó a cabo del 9 al 15 de marzo del 2009.

A más de 19 años de la caída del régimen militar que mantuvo a Chile en el terror durante
17 años, la FIDH consideró necesario realizar una evaluación del estado de avance de la justicia para las víctimas de crímenes contra la humanidad, cometidos bajo la dictadura militar, con el fin de formular recomendaciones que puedan contribuir a un mayor avance de los juicios en curso, y por consiguiente, al respeto y la realización del derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, garantizando la no repetición de estos crímenes.

Durante la audiencia ante la CIDH, se destacó en particular la tendencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de dictar sentencias que no reflejan la gravedad de los crímenes ni su carácter imprescriptible. En efecto, desde junio de 2007, se han dictado 55 fallos relacionadas con las violaciones a los derechos humanos cometidas en dictadura, de las cuales, en 36 de ella se ha aplicado la figura de la media prescripción.

Esta figura permite rebajar las condenas a los responsables de estos graves crímenes, otorgándoles una pena de menor a cinco años, beneficiando a los autores con la libertad vigilada en vez de la cárcel. En la mayoría de estos casos la Corte Suprema, describe los ilícitos perpetrados como delitos inamnistiables e imprescriptibles rechazando la excepción de prescripción presentada por los acusados. Además, en el caso de las desapariciones se establece ficticiamente una fecha de defunción de las víctimas, a fin de poder privar a los ilícitos de su carácter permanente e iniciar el cómputo contemplado por el Código Penal para rebajar las penas.

Finalmente, se mencionó la necesidad de anular el Decreto-Ley de Amnistía y de aprobar una Ley que impida expresamente la aplicación de la prescripción y la media-prescripción en casos de crímenes de lesa humanidad.

Desafortunadamente, y a pesar de las preguntas de los miembros de la CIDH, el Estado de Chile no presentó argumentos convincentes frente a estas denuncias. Por tanto seguiremos insistiendo para que Chile cumpla plenamente las obligaciones internacionales y regionales en materia de derechos humanos y en la plena satisfacción de los derechos de las víctimas.

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