Este régimen contempla el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y otras violaciones graves de los derechos humanos como la tortura, la esclavitud, las ejecuciones extrajudiciales y las detenciones arbitrarias. También tendrá en cuenta otras violencias o abusos, como la trata de seres humanos o la violencia sexual o de género, siempre que dichas violaciones o abusos sean generalizados, sistémicos o graves.
Los Estados miembros decidirán por unanimidad en el Consejo de la Unión Europea la incorporación de personas, entidades u organismos a la lista de este nuevo régimen sancionador. La sociedad civil podrá contribuir a identificar a los autores proponiendo nombres de personas o entidades que consideren que se deben sancionar. Las personas y entidades que figuren en la lista podrán impugnar dicha inclusión ante el Tribunal de Justicia Europeo.
En el último año, la FIDH ha participado en una coalición de la sociedad civil que ha instado a la Unión Europea a adoptar un régimen de este tipo para complementar las políticas actuales de la Unión y otros regímenes sancionadores bajo diversas perspectivas, en particular a fin de abordar aquellos casos en los que los programas sancionadores específicos de un país resultan inadecuados o inviables, los casos transfronterizos y las zonas geográficas fuera del control del gobierno.