49º sesión CDH: Carta a los Estados sobre proyecto de resolución sobre defensores #DDHH

A la atención de: Estados miembros y observadores del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

En su actual período de sesiones, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas debatirá un proyecto de resolución sobre las personas defensoras de los derechos humanos que operan en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos. Se trata de un enfoque útil y oportuno que proporciona un medio para poner en práctica una serie de recomendaciones, incluidas las que figuran en el informe del Relator Especial sobre los defensores de los derechos humanos en 2020.

Es de suma importancia que el Consejo adopte una resolución en la que se refleje la gravedad y la realidad de la situación a la que se enfrentan cada día las personas defensoras y que responda a sus necesidades específicas de protección. Nuestras organizaciones piden a los miembros del Consejo de Derechos Humanos de la ONU que se aseguren de que la resolución que adopte el Consejo:

 Reconozca claramente el papel fundamental de las personas defensoras de los derechos humanos en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, como el de quienes denuncian violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos o violaciones sistemáticas dirigidas contra poblaciones y comunidades concretas, ya que pueden servir de alerta temprana en la escalada del conflicto.

 Reconozca claramente la precariedad que pueden experimentar las personas defensoras de los derechos humanos que trabajan en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos debido a la interrupción de los suministros y servicios básicos y al aumento de los riesgos de seguridad, todo lo cual agrava los riesgos inherentes a la defensa de los derechos humanos.

 Reconozca claramente las dimensiones interseccionales de la discriminación, las violaciones y los abusos contra grupos específicos de personas defensores de los derechos humanos, como las mujeres defensoras de los derechos humanos, los pueblos indígenas, las personas afrodescendientes, la infancia, las minorías, las personas defensoras que trabajan en cuestiones relacionadas con la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, las personas mayores y las comunidades rurales y marginadas, y pide a los Estados que presten especial atención a las necesidades de protección de los diferentes grupos en las situaciones de conflicto y posteriores a los conflictos incorporando un enfoque con perspectiva de edad y de género.

 Señale claramente los elementos que conforman un entorno seguro y propicio y reitera que los Estados tienen la obligación de crear y salvaguardar dicho entorno, incluso en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos.

 Incorpore claramente en esa visión general la necesidad de levantar urgentemente todas las restricciones indebidas a los derechos a la libertad de asociación y de negociación colectiva, de reunión pacífica y de expresión, incluidas las restrictivas "leyes sobre ONG", las leyes sobre agentes extranjeros y financiación extranjera, las leyes antiterroristas, las leyes sobre "noticias falsas" y las que se dirigen específicamente contra las mujeres y las organizaciones y activistas LGBTQ+.

 Exprese claramente su profunda preocupación por el hecho de que se invoque la lucha contra el terrorismo y el extremismo como justificación para atacar, amenazar o limitar las actividades y el acceso a las fuentes de financiación de las personas defensoras de los derechos humanos que operan en zonas de conflicto o posteriores a conflictos, tanto en línea como sobre el terreno.

 Subraye claramente que es necesario regular el uso de las herramientas de vigilancia digital para garantizar que no se utilizan con el fin de violar los derechos humanos, lo que incluye usarlas contra las personas defensoras de los derechos humanos o periodistas, así como el hecho de que no se deben cerrar las redes móviles ni el acceso a Internet.

 Pida claramente que se desarrollen mecanismos de protección y apoyo a las personas defensoras de los derechos humanos en estos contextos, en línea con las mejores prácticas que ha señalado el Relator Especial. Estas deben abordar el hecho de que, en algunos casos, los agentes estatales y no estatales orquestan formas de hacer que las personas defensoras parezcan apoyar las hostilidades y que los ataques contra las personas defensoras constituyen "daños colaterales" durante las hostilidades.

 Reconozca claramente que la impunidad y la falta de protección y reparación efectiva prevalecen en diversas situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, incluso cuando se trata de ataques contra las personas defensoras de los derechos humanos, todo lo cual puede continuar alimentando el conflicto.

 Reconozca el papel de las defensoras de los derechos humanos y de las mujeres constructoras de la paz en la prevención, la mediación y la resolución de conflictos y reconoce el vínculo entre su participación y la eficacia y la sostenibilidad a largo plazo de esos esfuerzos.

 Reconozca claramente que las defensoras de los derechos humanos son objeto de violencia, intimidación y represalias por su labor para garantizar los derechos de las mujeres, como los derechos de salud sexual y reproductiva, así como por exigir la rendición de cuentas por la violencia sexual generalizada y los feminicidios.

 Pida a los Estados que reafirmen claramente el papel positivo, importante y legítimo que desempeña la infancia defensora de los derechos humanos para la promoción de los derechos humanos en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, así como el papel de las organizaciones que abogan por la protección de los derechos de las personas mayores en estos contextos.

 Pida a los Estados que cumplan claramente su responsabilidad de proteger contra los abusos de los derechos humanos por parte de agentes no estatales, como las empresas, incluso en tiempos de conflicto, cuando la supervisión de las operaciones de las empresas puede debilitarse y las personas defensoras de los derechos humanos pueden quedar desprotegidas al resistirse a los abusos que estas cometen.

 Inste a los Estados que supervisen e informen claramente sobre la aplicación de esta resolución de forma exhaustiva y sistemática y a que informen periódicamente sobre los retos a los que se enfrentan y los avances realizados durante el diálogo y debates pertinentes de la ONU.

Pedimos a los Estados que apoyen activamente la redacción de una resolución que reconozca el trabajo fundamental de las personas defensoras de los derechos humanos que operan en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, que establezca los medios necesarios para garantizar la realización de su trabajo a pesar de la situación de conflicto e incertidumbre que pueda existir y que formule peticiones concretas a los Estados, a las empresas y a todos los demás agentes con poder para proteger y promover el derecho a defender los derechos. Pedimos asimismo a los Estados que resistan a los esfuerzos de quienes intentan socavar y debilitar esta resolución.

Atentamente,

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  • Co-firmantes

    Access Now
    African Centre for Democracy and Human Rights Studies (ACDHRS)
    Al Mezan Centre for Human Rights
    Al-Haq - Law in the Service of Man
    Amnesty International
    Amnesty International Norway
    ARTICLE 19
    Asian Forum for Human Rights and Development (FORUM-ASIA)
    Association for Progressive Communications (APC)
    Cairo Institute for Human Rights Studies (CIHRS)
    Center for Reproductive Rights
    Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
    Centro de Justicia y Paz - Cepaz
    Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ)
    CIVICUS: World Alliance for Citizen Participation
    Commonwealth Human Rights Initiative (CHRI)
    DefendDefenders (East and Horn of Africa Human Rights Defenders Project)
    Egyptian Initiative for Personal Rights (EIPR)
    Freedom House
    FRI - The Norwegian Organisation for Sexual and Gender Diversity
    Gulf Centre for Human Rights
    Human Rights House Foundation
    Human Rights Watch
    IFEX
    International Commission of Jurists (ICJ)
    International Federation for Human Rights (FIDH)
    International Service for Human Rights (ISHR)
    KIOS Foundation
    Mwatana for Human Rights
    Norwegian Helsinki Foundation
    Peace Brigades International
    Protection International
    Rafto Foundation for Human Rights
    Rainforest Foundation Norway
    Save the Children
    Sexual Rights Initiative
    UN Association of Norway
    World Organisation Against Torture (OMCT)


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