Unión europea: Los cambios sustanciales a las leyes de sostenibilidad limitarían la protección de los derechos humanos y el medio ambiente

25/07/2025
Declaración
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Christian Lue / Unsplash

El Consejo de la Unión Europea (UE) ha propuesto una serie de cambios fundamentales a la legislación acordada anteriormente que debilitaría la responsabilidad de las empresas por los abusos cometidos contra las personas y el planeta. En un análisis de la posición del Consejo, la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH) advierte al legislativo sobre las graves repercusiones que las enmiendas propuestas tendrían en las normas de sostenibilidad de la UE, especialmente en un momento de crisis climática, de biodiversidad y de contaminación.

Bruselas, 25 de julio de 2025. El 23 de junio de 2025, el Consejo se posicionó con respecto al Paquete Ómnibus I publicado por la Comisión Europea a principios de este año. Este conjunto de medidas tiene por objeto modificar los requisitos más importantes en materia de información sobre sostenibilidad y diligencia debida, lo que incluye la Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad corporativa (CSDDD). La Directiva, adoptada en 2024, impone obligaciones de diligencia debida en materia de derechos humanos, medio ambiente y clima a las empresas de gran tamaño domiciliadas en la UE o que operen en su territorio.

El paquete de medidas de la Comisión ya había sido objeto de fuertes críticas por parte de organizaciones de la sociedad civil, entre ellas la FIDH, sindicatos y agentes económicos, por su potencial para causar un retroceso en numerosas disposiciones fundamentales de la Directiva. Sin embargo, el Consejo va aún más lejos al despojar a la CSDDD de su utilidad práctica.

Las enmiendas propuestas por el Consejo:
– limitarían aún más el ámbito de aplicación de las empresas afectadas por la Directiva, cuando esta únicamente abarcaba a menos del 0,1 % de las empresas de la UE tal y como se adoptó en 2024;
 restringirían las obligaciones de diligencia debida a las empresas que forman parte del ámbito de aplicación y a sus socios comerciales directos, cuando la mayoría de los efectos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente están relacionadas con los socios comerciales indirectos;
 reducirían de manera significativa el ámbito de las partes interesadas a las que las empresas deben consultar, lo que podría suponer una pérdida de la representación de las partes interesadas, imprescindible para identificar los riesgos y prevenir los daños a lo largo de su cadena de actividades;
 debilitarían aún más las obligaciones relacionadas con el clima, tal y como afirmó la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia, según la cual los Estados tienen la obligación vinculante, en virtud del derecho internacional, de adoptar medidas contra el cambio climático.

Mientras continúan las negociaciones entre las instituciones de la UE, la FIDH pide al legislativo que rechace las enmiendas propuestas por la Comisión Europea y el Consejo. Es necesario que mantenga las disposiciones de la Directiva tal y como se adoptaron en 2024 para defender a las comunidades y el medio ambiente, y no las prioridades de las empresas.

Leer el análisis completo y nuestra declaración aquí (únicamente en inglés).

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