La FIDH rechaza la severa represión contra los trabajadores petroleros de la ciudad de las Heras, provincia de Santa Cruz

15/02/2006
Comunicado

La Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH) expresan su rechazo a la represión desatada la segunda semana de febrero contra los trabajadores petroleros de la ciudad de las Heras, provincia de Santa Cruz, que coharta el derecho a la huelga y que dejó, en su contexto, dos muertos y decenas de heridos y que desencadenó una serie de amenazas contra los familiares de estos huelguistas.

El 23 de enero los trabajadores de Repsol iniciaron una huelga con el fin de pedirle una respuesta al Estado por los altos descuentos impuestos a sus salarios. A manera de protesta realizaron el bloqueo de una vía durante dos semanas y tanto el gobernador de Santa Cruz Sergio Acevedo, como las directivas de Repsol durante este tiempo se negaron a discutir mediante el diálogo efectivo los reclamos de los huelgistas.

La FIDH consideran extremadamente preocupante la manera violenta y arbitraria con que la policía intervino para disuadir las protestas. EL 7 de febrero a la media noche, la policía de la provincia de Santa Cruz detuvo a Mario Navarro vocero de la huelga y dirigente sindical del Sindicato Obreos Pretrolíficos Privados, acusándolo de entorpecer el tránsito, a lo que gran parte de la población (más de mil quinientas personas) reaccionó indignada rodeando la dependencia policial en la que se encontraba detenido el señor Navarro. De acuerdo a las versiones de los trabajadores, la policía comenzó a disparar contra la multitud provocándose un enfrentamiento entre la fuerza pública y los civiles que dejó como resultado la muerte del agente Jorge Sayago y del cacique tehuelche Alejandro Paisman quien apareció muerto al borde de una carretera. Igualmente la policía despejó por la fuerza a los huelgistas utilizando un contingente militar de la Gendarmería.

Si bien el señor Navarro fue puesto en libertad, se ha producido una ola de amenazas a al rededor de veinte familiares de los huelguistas, varias ellas denunciadas en una carta enviada al Comité de Acción Jurídica (CAJ), una de las ligas asociadas a la FIDH, e incluso confirmado por el diario La Nación el día 14 de febrero.

Lo sucedido muestra que la situación en la región no ha mejorado desde el comienzo de la crisis allí vivida desde los años noventa, en los que, en la ciudad de las Heras (provincia petrolera) las fuentes de trabajo disminuyeron drásticamente después de la privatizacion del petróleo, que concluyó en la compra por parte de la transnacional española Repsol. Entre los años 1997 y 2001 se presentó una ola suicidios entre los jóvenes sin trabajo que incluso llevó a que en junio de 2005 la FIDH intercediera ante el embajador argentino en Francia, para que se frenara las represiones y detenciones de los jóvenes trabajadores estatales en huelga, por sus condiciones salariales.

La FIDH expresan su preocupación sobre estos hechos y urgen al gobierno de Argentina a respetar el legítimo ejercicio del derecho a la huelga, y a entablar conversaciones con los trabajadores. Igualmente urgen al gobierno a iniciar una investigación para esclarecer los hechos ocurridos

La FIDH y sus ligas asociadas denuncian estos hechos que nuevamente muestran una tendencia a la criminalización de la protesta social en Argentina. A este efecto la FIDH recuerda que los derechos a la libertad, reunión y asociación se encuentran consagrados en los artículos 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los artículos 19 y 21 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Politicos. E igualmente recuerda que el Estado Argentino se comprometió a garantizar el derecho de huelga al ratificar el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (artículo 8) y el Protocolo Adicional a la Convencion Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador" Artículo 8 ratificado por la Argentina el 23 de Octubre de 2003.

La FIDH recuerda igualmente las normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los Derechos Humanos de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de Naciones Unidas, las cuales estipulan que "dentro de sus respectivas esferas de actividad e influencia, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales tienen la obligación de promover y proteger los derechos humanos consagrados en el derecho internacional y en la legislación nacional, incluidos los derechos e intereses de los pueblos indígenas y otros grupos vulnerables, asegurar que se cumplan, respetarlos y hacerlos respetar".

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