"La reforma constitucional amenaza los derechos y libertades de toda la ciudadanía"

Entrevista a Patrick Baudouin, abogado y presidente honorario de la FIDH.

El proyecto de reforma constitucional se debatirá en febrero en la Asamblea Nacional y posteriormente en el Senado, antes de que se vote en el Congreso. Desde el momento en que esta reforma fue anunciada ha provocado violentas reacciones y tanto la FIDH como su organización miembro francesa, la Liga de los Derechos Humanos, se oponen formalmente a ella. Hasta ahora, el debate se ha centrado principalmente en la cuestión de la revocación de la nacionalidad, pero hay muchas otras disposiciones que podrían poner igualmente en peligro los derechos y libertades de la ciudadanía.

FIDH: En primer lugar, ¿podría explicar por qué revocar la nacionalidad viola los derechos humanos?

Patrick Baudouin: Para empezar, es importante comprender que la medida relacionada con la privación de la nacionalidad fue anunciada como parte de la lucha contra el terrorismo. Aun así, de forma general se está de acuerdo en que esta medida es completamente ineficaz para combatir el terrorismo y es obvio que privar a los terroristas de su nacionalidad no va a disuadirles de llevar a cabo sus terribles actos.

No solo resulta ineficaz, sino que lo más preocupante es que el proyecto de ley se refiere a cualquier "persona condenada por un delito que constituya un ataque grave a la vida de la nación", por lo que va más allá de la lucha contra el terrorismo. Este concepto es extremadamente vago, se presta a toda clase de interpretaciones y a que la medida se aplique de forma muy amplia. Resulta verdaderamente peligrosa y nos lleva más allá del objetivo señalado por François Hollande en su discurso, cuando afirmó que se refería solo a delitos de terrorismo. Esto supone ya un cambio de rumbo hacia algo que sucede siempre de la misma forma: primero se nos dice que es una medida adoptada en el marco de la lucha contra el terrorismo y después la medida se aplica de forma cada vez más amplia a otros delitos que no tienen nada que ver con el terrorismo.

Debemos asimismo recordar el principio de ius soli existe en Francia desde hace mucho tiempo y establece que toda persona nacida en territorio francés tiene la nacionalidad francesa y los mismos derechos y responsabilidades que cualquier otro ciudadano o ciudadana, incluso cuando tenga doble nacionalidad.

Decir que a este grupo de ciudadanas y ciudadanos franceses se le puede privar de su nacionalidad introduce una desigualdad entre la ciudadanía francesa e ignora por tanto un principio fundamental —el de la igualdad— que recoge el lema de la república. Además, aunque el objetivo del Gobierno, que se repite a menudo, es la unidad, estamos claramente ante una causa de división, ya que todas las personas nacidas en Francia con doble nacionalidad se sentirán marginadas.

Por último, está previsto que esta medida se aplique una vez de haya cumplido una condena. Después, se dirá a la gente, "Ha cumplido usted su condena y ahora se le priva de su nacionalidad francesa, por lo que ya no puede permanecer en territorio francés y debe marcharse". ¿Salir del país para ir dónde? Ya que, si su otro país es un Estado en el que se practica la tortura, la pena de muerte o los malos tratos, no se la puede enviar allí. Francia aún aplica el principio por el que no se puede deportar a nadie a un país que practica la pena de muerte o la tortura.

¿Entonces dónde enviamos a estas personas? Este debate no es serio. Además de ser ineficaz y peligrosa, en la práctica la medida no se puede aplicar.
La reforma constitucional también incluye consagrar el estado de emergencia en la Constitución. ¿Qué supone eso exactamente? ¿Qué peligro comporta?

PB: En este momento, hay dos medidas excepcionales en la Constitución, el artículo 16, que otorga poder absoluto a la Presidencia de la República en circunstancias extraordinarias —lo solicitó el General de Gaulle durante la guerra de Argelia— y durante un estado de sitio (o ataque) cuando se puede otorgar al ejército poderes excepcionales al amparo del derecho común.

El estado de emergencia no figura en la Constitución actual, sino que es el resultado de una ley de 1955 que se aprobó durante la guerra de Argelia, una ley que en estos momentos tiene un marco legislativo bastante inadecuado.

Es necesario destacar tres cosas en relación al estado de emergencia: en primer lugar, no se debería haber declarado con tanta prisa y es una medida que se debe estudiar cuidadosamente. De hecho, se anunció de forma inmediata que se incluiría en la Constitución, pero no había necesidad de adoptar esta medida con tanta celeridad.

En segundo lugar, se plantea la cuestión de la necesidad de incluir el estado de emergencia en la Constitución o si, por el contrario, sería preferible adoptarlo a través de canales legislativos, sin que se convierta en un artículo de la Constitución. De otra forma, da la impresión de que el estado de emergencia se podría utilizar frecuentemente o incluso hacerse permanente, lo que sería muy peligroso.

En tercer lugar, el proyecto de ley aún es muy vago: "El estado de emergencia se declara en parte o en todo el territorio de la República cuando existe un peligro inminente debido a ataques graves contra el orden público o en el caso de sucesos que, por su naturaleza o gravedad, podrían causar un desastre público".

La disposición que parece más peligrosa aquí es el "peligro inminente debido a ataques graves contra el orden público". ¿Qué es "orden público"? ¿Qué son "ataques graves"? Esta disposición está redactada muy a la ligera y podría conducir a un uso generalizado del estado de emergencia.

Al mismo tiempo que se plantea la reforma constitucional también se está trabajando en un proyecto de reforma del procedimiento penal. ¿Qué supone exactamente? ¿Respeta los derechos humanos?

PB: La principal cuestión que se plantea aquí es que el tribunal ordinario —garante tradicional de los derechos y libertades— está excluido de algunas medidas que probablemente violan los derechos y libertades individuales.

Sin embargo, lo que resulta más alarmante son los poderes otorgados a los prefectos. El prefecto no es más que una autoridad administrativa y no forma parte de poder judicial. Al prefecto se le otorgan poderes autónomos, como el poder para ordenar registros y arrestos domiciliarios durante un período de hasta un mes. Estas medidas son extremamente graves ya que restringen las libertades individuales. Del mismo modo, estos poderes se darán a los prefectos sin un control o autorización previos por parte de un tribunal administrativo u ordinario, y esto es lo más alarmante. Sería posible posteriormente recusar la decisión en un tribunal administrativo, aunque esto tendría lugar después del registro o el arresto domiciliario. La medida de control, por tanto, se aplicaría a posteriori, lo que resulta muy controvertido.

También se transferirían muchos poderes del juez de instrucción a la acusación, es decir a la fiscalía, lo que refleja una tendencia en derecho penal que se viene observando desde hace varios años. Lo mismo se puede decir de la policía, y está muy claro que no es a los terroristas a quienes se aplicarán estas medidas, sino a los ciudadanos y ciudadanas normales sometidos por error a un registro o a un arresto domiciliario.
De los 3 000 registros que se han realizado desde el 13 de noviembre, solo diez han derivado en procedimientos judiciales, lo que da una idea del número de personas que a las que afectará innecesariamente.

Además, cuando los abogados se oponen a estos arrestos domiciliarios, en muchos casos la administración prefiere retirar la orden antes de que el caso llegue a juicio, lo que demuestra claramente que es una orden que no se puede justificar.

Ya sea en Francia o en otro lugar, la lucha contra el terrorismo con frecuencia lleva a introducir medidas que restringen gravemente las libertades. ¿Tiene algunos ejemplos que demuestren lo contrario?

PB: Lamentablemente, no.
Cuando se declara un estado de emergencia se restringen algunas libertades fundamentales. Además, la experiencia demuestra siempre que es extremamente difícil dar marcha atrás y por eso un estado de emergencia se convierte en un hecho cotidiano. Hemos visto lo que pasó con la Ley Patriota en los Estados Unidos.

Francia ya no es diferente. Fue el primer país en adoptar medidas excepcionales para combatir el terrorismo y Francia fue también el país que inventó el delito conocido como "asociación ilícita para cometer actos de terrorismo", que tuvo un efecto dominó y se aprobó en muchos otros países. Como resultado, los tribunales lo han interpretado de forma muy imprecisa lo que ha dado lugar a sentencias dictadas sobre la base de la mera intención, más que a partir de pruebas sólidas.

La sucesiva acumulación de leyes en Francia, presentadas como leyes de emergencia y con frecuencia creadas en respuesta a un ataque que acababa de ocurrir, persiste, a pesar del hecho de que inicialmente se declararon temporales. Es muy difícil sacar a un país de la espiral de un estado de emergencia y podemos terminar con estados donde la democracia no es más que una ilusión, ya que estas medidas minan el estado democrático sin dar ningún resultado. Desde 1986, Francia ha adoptado leyes cada vez más represivas y aún así los actos de terrorismo continúan.

Ya tenemos todas las medidas jurídicas que necesitamos en materia de detención y represión, pero lo que falta son recursos. Las declaraciones y medidas del Gobierno no son más que una pantalla de humo. Lo que sería bueno —y se está haciendo hasta cierto punto y es el único aspecto positivo— sería asignar más recursos al departamento de justicia y a la policía y reforzar los servicios pertinentes para tratar de evitar que ocurran actos terroristas.

Los jueces de instrucción dicen que en la unidad antiterrorista hay carencias, que faltan magistrados, fiscales, policías para aplicar la ley y servicios adecuados. Reforzar estas instituciones protegería la seguridad de la población. El resto simplemente sirve para desviar y amenazar la democracia. Deberíamos añadir también que lamentablemente Francia, con frecuencia se presenta como un ejemplo que otros países se apresuran a seguir en las medidas que adoptan, y cuando se les reprocha aprobar medidas que destruyen las libertades, con descaro responden que Francia, un país de derechos humanos, ha hecho exactamente lo mismo.

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