RESOLUCIÓN SOBRE LA JUSTICIA, ADOPTADA POR EL CONGRESO DE LA FIDH EN EREVAN

RESOLUCIÓN SOBRE LA JUSTICIA
(presentado por el Buró Internacional en el 37° Congreso de la FIDH)

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) (y sus organizaciones miembros), reunida en su 37º Congreso:

Recordando que la FIDH es una federación que reúne a 155 organizaciones miembros que tiene como uno de sus objetivos principales la lucha contra la impunidad de graves violaciones de derechos humanos y crímenes internacionales, y el derecho a la tutela judicial y a la reparación,

Teniendo en cuenta que el derecho a un recurso efectivo ante una jurisdicción independiente es un derecho fundamental reconocido en el derecho internacional (véase art. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, Res. AG 60/147, U.N. Doc. A/Res/60/147 (16/12/2005); art. 2.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; art. 6 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; art. 14 de la Convención contra la Tortura; art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; art. 13 de la Convención Europea para la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales),

Recordando que los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación están bien establecidos en el derecho internacional y el derecho consuetudinario,

Reconociendo la experiencia acumulada por la FIDH (y sus organizaciones miembros) en el uso de las los mecanismos de justicia nacionales, regionales e internacionales a través del acompañamiento a las víctimas de violaciones de derechos humanos y de crímenes internacionales en su lucha por obtener justicia,

Reconociendo que la justicia tiene un efecto disuasivo y que constituye una etapa fundamental para garantizar la no repetición de las violaciones y de los crímenes,

En vistas de la Conferencia de Revisión del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI) que tendrá lugar en Kampala, Uganda, en mayo-junio de 2010, y considerando que la CPI ha sido uno de los avances más relevantes en la historia de la lucha contra la impunidad a nivel global, pero que sus recursos son aún insuficientes y los casos que conoce muy limitados frente a la dimensión de los crímenes que se cometen en distintas regiones del mundo que serían de su competencia,

Tomando en cuenta que los Estados que han ratificado la Convención contra la Tortura y los Convenios de Ginebra tienen la obligación de implementar la jurisdicción universal y que, en lugar de avanzar, algunos Estados han debilitado significativamente este compromiso modificando sus leyes internas,

Considerando que en la última década de la mal llamada “guerra contra el terrorismo”, se han incrementado los crímenes de guerra que afectan de manera indiscriminada a la población civil y que dichos crímenes permanecen impunes,

Reconociendo el papel clave que desempeñan los defensores de los derechos humanos en la lucha contra la impunidad,

Tomando en cuenta que la falta de voluntad de los Estados de poner fin a la impunidad se manifiesta de diferentes maneras que van de la ausencia de investigación, procesos irrisorios por violaciones graves del derecho internacional siguiendo cuestiones políticas en lugar de legales, hasta la simulación de procesos, los retardos injustificados en el procedimiento y las declaraciones de inmunidad,

Convencida de que hay una necesidad de fortalecer la capacidad de los sistemas nacionales de justicia para luchar contra la impunidad e implementar el derecho a la tutela judicial y a la reparación,

1. RECUERDA su compromiso en la lucha contra la impunidad de graves violaciones de derechos humanos y crímenes internacionales, incluidos aquellos cometidos por agentes no estatales;

2. RENUEVA su compromiso de acompañar a las víctimas, incluso aquellas que han sufrido de crímenes de género, en su búsqueda de la verdad, justicia y reparación;

3. DECIDE intensificar su labor ante los tribunales nacionales y continuar sus actividades ante los órganos jurisdiccionales regionales e internacionales con el objetivo de reforzar la capacidad de los tribunales nacionales;

4. DECIDE reforzar su compromiso en la prevención del delito y promover el efecto disuasivo de la justicia;

5. REAFIRMA su compromiso en la documentación y la denuncia de violaciones de derechos humanos y crímenes internacionales, así como de la impunidad existente de los autores de estos actos, y en la defensa, incluso a través de litigios judiciales, para evaluar la capacidad de los sistemas nacionales de justicia, con el objetivo de fortalecerla;

6. DECIDE seguir actuando para fortalecer el rol de investigación, sanción y de prevención que debe cumplir la CPI en todas las latitudes donde se cometen crímenes de su competencia, y LLAMA a todos los Estados a reforzar su compromiso y aportes a la CPI, así como a contribuir al Fondo Fiduciario para las víctimas;

7. LLAMA a todos los Estados que se involucran en la lucha contra el terrorismo, a asumir escrupulosamente el respeto integral de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en cualquier circunstancia y frente a todas las personas, comunidades y pueblos, garantizando que cualquier violación de estas obligaciones sea perseguida disciplinaria y penalmente, y comprometiéndose a reparar integralmente a las víctimas;

8. REAFIRMA su compromiso de defender y hacer avanzar la jurisdicción universal para que el derecho de las víctimas a la justicia sea garantizado por encima de los intereses económicos o diplomáticos de los Estados;

9. REAFIRMA su determinación de fortalecer la capacidad del Grupo de Acción Legal (GAJ) como una herramienta para sus organizaciones miembros en su lucha contra la impunidad de las violaciones a derechos humanos, incluidos los crímenes internacionales, promoviendo su extensión a más regiones con el objetivo de facilitar el acceso de sus organizaciones miembros a expertos legales y con el fin de promover el intercambio de experiencias entre las organizaciones miembros para que éstas puedan utilizar más y mejor los sistemas judiciales nacionales en la lucha contra la impunidad y el acceso a la justicia;

10. DECIDE reforzar los vínculos entre el Secretariado Internacional de la FIDH y las organizaciones miembros, así como entre organizaciones de una misma región y entre las distintas regiones, con el objetivo de compartir experiencias sobre cómo superar los obstáculos para obtener justicia y contribuir al desarrollo de estrategias comunes y buenas prácticas.

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