No se ”laven las manos” de sus obligaciones de derechos humanos

Debida diligencia empresarial en tiempos de COVID-19 y lecciones para el futuro

“La globalización es una realidad de la vida, pero creo que hemos subestimado su fragilidad,” advirtió Kofi Annan a los líderes empresariales en Davos, en 1999, en un discurso pionero para el desarrollo del ámbito de las empresas y los derechos humanos.

En un mundo afectado por la pandemia de la COVID-19, cuyos efectos se han visto considerablemente agravados por la estructura de la economía mundial, las palabras de Annan tienen, de repente, un sabor amargo. Sobre todo, porque las investigaciones sugieren que los brotes están aumentando, acelerados por nuestro modelo de desarrollo destructivo e insostenible.

Desde el discurso de Annan, en el que apelaba a las empresas a adoptar medidas directas para proteger los derechos humanos, las normas laborales y el ambiente, se ha aceptado ampliamente que los agentes económicos tienen obligaciones fundamentales en estas áreas.

Instrumentos internacionales, como los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas —aprobados por unanimidad por el Consejo de Derechos Humanos en 2011—, junto con multitud de declaraciones de líderes políticos y de compromisos de las propias empresas, han reafirmado repetidas veces que las empresas deben respetar siempre los derechos humanos y ambientales, mientras que losdebates internacionales sugieren que ha llegado el momento de plasmar dichos compromisos en la legislación.

En el centro de esta responsabilidad, se encuentra el deber de actuar con la debida diligencia en materia de derechos humanos según el cual las empresas deben identificar, prevenir, mitigar y remediar los impactos negativos sobre los derechos humanos que identifiquen en el curso de su actividad, así como a lo largo de sus cadenas de suministro y de valor.

En estas últimas semanas, se han cuestionado sustancialmente dichas responsabilidades. En primer lugar, porque el brote de COVID-19 y la posterior crisis económica han aumentado el riesgo de que las decisiones de las empresas causen impactos negativos en los derechos humanos de los trabajadores, las trabajadoras y las comunidades. En segundo lugar, porque muchas empresas están aprovechando este difícil momento económico para justificar no asumir sus responsabilidades, precisamente cuando se necesita aplicar una diligencia reforzada.

Desde el inicio de la pandemia, la Federación Internacional de Derechos Humanos, con su red de 192 organizaciones miembros en 117 países, ha venido realizando un seguimiento de las respuestas de las empresas a la crisis. En este artículo se exponen las experiencias de miembros de la FIDH, ejemplos de abusos empresariales recientes y reflexiones sobre las lecciones aprendidas en las últimas semanas.

¿La seguridad es lo primero?

Aunque prácticamente la mitad de la población mundial está sometida a medidas de confinamiento destinadas a frenar la propagación del virus, algunas empresas siguen presionando a su personal para que continúe trabajando sin el equipo ni las medidas de protección adecuadas. Algunas personas defensoras de los derechos humanos en Brasil, asociadas de la FIDH, declararon lo siguiente:

Durante el confinamiento, las empresas mineras continúan con sus actividades, ahora sin ninguna oposición. El sistema judicial también se ha paralizado. Los decretos del Gobierno han cerrado las tiendas, los bares y los restaurantes, pero no dicen nada sobre las actividades mineras ni industriales. Las personas que trabajan en estas empresas y sus familias no tienen ninguna protección, pero están obligadas a seguir trabajando.

Esto resulta especialmente preocupante porque la contaminación de la industria minera y siderúrgica ya ha causado problemas respiratorios a mucha gente, en lugares como Piquiá de Baixo. Además de los riesgos para la salud, la situación es bastante complicada para las personas defensoras de los derechos humanos, que no pueden manifestar sus preocupaciones.

Vale S.A. y otras empresas mineras de Brasil no son, en absoluto, los únicos ejemplos de este tipo de abuso. En Marruecos, el personal de los centros de atención telefónica denuncióel hacinamiento en los entornos de trabajo, la falta de equipos de protección personal y de medidas de seguridad; en la India, trabajadores y trabajadoras del sector de la confección protestaron por la imposibilidad de solicitar vacaciones pagadas o de reducir la mano de obra en las fábricas y, en muchos países occidentales, la escasez de mascarillas ha puesto en peligro al personal médico y de salud más expuesto al riesgo de infección.

La debida diligencia en materia de derechos humanos implica la identificación de los riesgos para los derechos humanos relacionados con el contexto de las actividades de las empresas, así como la mejora de las medidas de prevención o mitigación cuando se identifican riesgos. Las prácticas empresariales mencionadas anteriormente están en contradicción fundamental con estos principios y ponen aún más en peligro el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la salud, así como el de sus familiares y comunidades.
Los gobiernos tienen el deber de proteger los derechos humanos de su ciudadanía poniendo fin a estas prácticas empresariales y velando por que quienes realizan trabajos esenciales tengan acceso a una protección adecuada.

Abusos a lo largo de toda la cadena de suministro

Resulta asimismo preocupante el aumento de los despidos masivos y los abusos de los derechos laborales, una tendencia especialmente alarmante en los países que carecen redes de seguridad social y de protección frente al desempleo. Las empresas deben actuar con especial diligencia para proteger a los trabajadores y trabajadoras vulnerables, incluido el personal de los subcontratistas vinculado a sus actividades, productos o servicios. Sin embargo, la mayoría de los agentes han adoptado el enfoque opuesto. Esta es la realidad, sobre todo, en los sectores que dependen de cadenas de suministro complejas, como la industria de la confección, en la que la mayor parte de la mano de obra está contratada por los proveedores. Un estudio de la Universidad Estatal de Pensilvaniadocumentó la terrible situación en la que se encontraban trabajadores y trabajadoras bangladesíes del sector de la confección y la forma en la que las empresas transnacionales ignoraron el impacto de sus acciones a lo largo de su cadena de suministro:

Ya han despedido o suspendido a más de un millón de personas empleadas en el sector de la confección en Bangladesh debido a las cancelaciones de pedidos y al hecho de que los compradores que realizan las anulaciones no efectúen el pago.

En el estudio, los proveedores declararon que un 98,1 % de los compradores se negaba a contribuir al costo de pagar parcialmente los salarios del personal suspendido, tal como exige la ley. Un 72,4 % de los trabajadores y trabajadoras fueron suspendidos sin recibir su salario. Un 97,3 % de los compradores se negó a contribuir a los gastos de indemnización del personal despedido, que también es un derecho jurídico en Bangladesh. Un 80,4 % de los trabajadores y trabajadoras fueron despedidos sin la indemnización que les correspondía.

En otros estudios se han documentado tendencias similares en China, Camboya, la India, Myanmar y Vietnam, que a menudo tienen repercusiones abrumadoras para las mujeres y los trabajadores y trabajadoras migrantes. En general, las empresas han utilizado el brote de COVID-19 como excusa para violar la legislación laboral que protege el empleo, los recortes salariales, el aumento del horario laboral o impide la obstaculización de la libertad de expresión y de reunión de los trabajadores y trabajadoras de todo el mundo.

Estos ejemplos deben servir de firme advertencia: El recurso incontrolado al establecimiento de subcontratistas, a través de cadenas de suministro complejas, y la expansión de la gig economy o economía del trabajo ocasional, da lugar a un peligroso fenómeno en el que las empresas se benefician de costos inferiores en épocas de crecimiento y evitan cualquier responsabilidad en épocas de crisis, en detrimento de unos trabajadores y trabajadoras cada vez más vulnerables.

Facilitar las medidas represivas de los gobiernos

La crisis de la COVID-19 podría justificar suspensiones temporales, adecuadas y necesarias de determinados derechos humanos, pero no los ataques sistemáticos a los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho que muchos gobiernos han llevado a cabo en las últimas semanas. En algunos de estos casos, las empresas corren el riesgo de actuar como facilitadores de las medidas represivas de los gobiernos, como ha ocurrido anteriormente en el caso de las empresas que suministran equipos de vigilancia masiva en Palestina.

Las obligaciones de debida diligencia establecen que los agentes económicos tienen la obligación de respetar los derechos humanos, con independencia del comportamiento del Estado en el territorio en el que operan. Esto supone abstenerse de toda participación en actos susceptibles de causar daño a los derechos humanos, sean cuales sean las prácticas gubernamentales.

¿Un momento para la cooptación empresarial?

Por otra parte, en las últimas semanas, las grandes empresas y los grupos de presión han aprovechado este singular contexto político para abogar por una flexibilización de la reglamentación de varios sectores, como la banca, la energía o la industria automotiva. El Gobierno de los Estados Unidos anunció ataques generalizados contra las normas ambientales que protegen el derecho a un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible, permitiendo que las centrales eléctricas y las fábricas determinen por sí mismas si pueden cumplir los requisitos legales de notificación de la contaminación del aire y el agua, reduciendo el control de la liberación de mercurio y otros metales tóxicos y culminando un retroceso de las políticas climáticas que regulan las normas de emisión de los vehículos.

En muchos aspectos, los derechos humanos son la protección de las personas en tiempos de crisis, y nuestra época exige un fortalecimiento de estos derechos y no lo contrario. Además, dado que muchas sociedades han suspendido el funcionamiento habitual de sus instituciones y han promulgado medidas temporales para suspender determinados derechos humanos, es inaceptable que los gobiernos utilicen la crisis para socavar la regulación de la protección del medio ambiente y los derechos humanos.

La reglamentación empresarial existente no ha superado la prueba
El presidente ejecutivo del Foro Económico Mundial afirmó recientemente que la crisis actual es una "prueba de fuego" para el capitalismo del accionariado. También considerarse como tal para nuestro modelo de regulación corporativa.
Aunque las respuestas empresariales distan de ser homogéneas y algunos inversores han tratado de ejercer presión sobre las mismas para asegurarse de que cumplen sus compromisos en materia de derechos humanos a lo largo de toda su cadena de suministro y de valor, los ejemplos mencionados anteriormente muestran que un modelo basado en la autorregulación, los compromisos voluntarios o los instrumentos de derecho no vinculante no es lo suficientemente sólido para proteger los derechos fundamentales.
Ha llegado el momento de que los gobiernos aceleren la aplicación de normas vinculantes, tanto nacionales como internacionales, que hagan de la debida diligencia en materia de derechos humanos un conjunto de obligaciones jurídicas, al tiempo que garantizan la responsabilidad de las empresas por los abusos cometidos en terceros países.

Pasos hacia delante

Más allá de la actual crisis de salud pública, resulta obvio que los desafíos y choques similares a los provocados por el brote de COVID-19 serán más frecuentes, a medida que los efectos del calentamiento global sean cada vez más evidentes. Debemos aprender lecciones del brote y aplicarlas, en primer lugar, a nuestra respuesta inmediata a la crisis. La FIDH pide a los diferentes agentes de la sociedad que aborden las cuatro prioridades siguientes:

1/ El contexto actual exige que las empresas refuercen las prácticas de debida diligencia en materia de derechos humanos para prevenir posibles daños a trabajadores, trabajadoras y comunidades, lo que incluye todas las actividades de la empresa, así como las cadenas de suministro y de valor. Además, al salir de la crisis, las empresas deberían aplicar un enfoque de “derechos humanos en el diseño” desarrollando productos y servicios de manera que respeten, por defecto, los derechos humanos.

2/ Aunque algunos agentes empresariales han contribuido a la propagación del virus o presionado para debilitar la reglamentación ambiental, otros, incluso en el sector del automóvil, han sido capaces de reorganizar sus recursos para producir equipos que se utilizan en la lucha contra la COVID-19. Teniendo esto en cuenta, las respuestas de los gobiernos ante la crisis económica deberían entenderse como una oportunidad para apoyar a los sectores sostenibles, transformar las industrias contaminantes y poner fin a las prácticas comerciales irresponsables. A medida que los gobiernos inyectan grandes cantidades de liquidez a la economía, estos paquetes deben adaptarse a tales objetivos.

3/ Es necesario revisar nuestro modelo económico mundial. La crisis provocada por la COVID-19 sirve de doloroso recordatorio de que nunca se deben poner en peligro los derechos humanos en nombre de imperativos económicos. La crisis muestra que las políticas económicas de liberalización y desregulación, los préstamos de ajuste estructural, las privatizaciones, las medidas de austeridad que perjudican los servicios públicos y vitales y los derechos económicos y sociales fundamentales, así como la deslocalización y las leyes excesivamente vagas sobre la propiedad intelectual, han puesto seriamente a prueba la capacidad de resiliencia de nuestras sociedades. También pone de manifiesto los límites de la aplicación de esa ortodoxia sin haber garantizado nunca —por medios eficaces, mensurables, supervisados y aplicables— que se respetan los derechos humanos y que el sistema beneficia a todas las personas, frena la desigualdad y reduce la pobreza. Se necesita crear urgentemente un modelo que haga que el derecho internacional de los derechos humanos internacionales forme parte de las normas y cuente con métodos de aplicación eficaces, más allá del mero discurso y la palabrería. Entre las prioridades figuran la diversificación de la economía y de las cadenas de suministro, la reducción de la dependencia de los sectores vitales como la alimentación, los medicamentos y equipos de salud, la inversión en redes de seguridad social y la garantía del acceso a los servicios públicos esenciales para todas las personas.

4/ Por último, las respuestas concretas de los diferentes países a la pandemia mundial han exacerbado claramente los problemas de cooperación, como lo demuestran las “guerras de ofertas de compra” desencadenadas entre los países ricos para adquirir equipos de protección. La cooperación nacional e internacional son, indiscutiblemente, la clave para superar la crisis actual y proteger eficazmente el derecho a la salud en todo el mundo, así como para garantizar la ayuda a los países con sistemas menos sólidos de atención a la salud.

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