Prohibición casi total del aborto en Polonia: dejen de arriesgar la salud, los derechos y la vida de las mujeres y niñas

Varsovia, París - Hoy, el Parlamento de Polonia debe votar un vergonzoso anteproyecto de ley destinado a prohibir en prácticamente cualquier circunstancia el aborto, después de que el Comité Parlamentario competente se pronunciara ayer firmemente contra la propuesta de reforma. La FIDH y su organización miembro en Polonia, PSAL, instan a las diputadas y diputados polacos a proteger la salud, los derechos y la vida de las mujeres, respaldando la posición del comité y rechazando esta propuesta que socava gravemente los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

En abril de 2016, el partido conservador Ley y Justicia, recientemente elegido, respaldó una propuesta de ley ciudadana que prevé una prohibición total del aborto. Este proyecto de ley, redactado por el grupo provida Stop Abortion y apoyado por la iglesia católica, recibió más de 100 000 firmas de respaldo, lo que hizo posible que se sometiera al trámite parlamentario. En septiembre, la cámara baja lo aprobó (por 267 votos a favor y 154 en contra) y pasó al Comité Parlamentario de Justicia y Derechos Humanos para ser debatido. [1] Según el proyecto de ley propuesto, las mujeres que se sometan a un aborto y los médicos que lo realicen pueden ser condenados hasta a cinco años de prisión (en vez de dos para quienes únicamente sean intermediarios) [2], salvo si el feto muere accidentalmente en un intento por salvar la vida de la madre. Este cambio propuesto tendrá sin duda un efecto disuasorio en las mujeres que deseen someterse a un aborto y en los profesionales de la salud que lo practiquen. La propuesta descarta pruebas prenatales y educación sexual. Equipara el derecho de la mujer a la salud con los derechos del embrión. Las mujeres polacas estarán obligadas a dar a luz aunque hayan sido violadas, haya anomalías fetales graves o un riesgo para su vida y su salud.

"La legislación polaca sobre el aborto ya es una de las más restrictivas de Europa. Este proyecto de ley no es otra cosa más que un ataque directo contra los derechos de las mujeres y su dignidad. Debe ser rechazado. Nuestras organizaciones opinan, además, que el marco jurídico actual sobre el aborto debe liberalizarse."

Dan Van Raemdonck, secretario general de la FIDH.

En Polonia, el acceso al aborto está estrictamente limitado. Según una ley de 1993, el aborto legal únicamente puede realizarse cuando el embarazo constituya una amenaza para la vida o la salud de la mujer, sea resultado de un acto ilícito (violación o incesto) o en caso de que haya algún defecto grave e irreversible o una enfermedad incurable que amenace la vida del feto. La FIDH y PSAL muestran su preocupación por este ya restrictivo marco jurídico así como por la limitada interpretación que de él se hace. Con esta ley, los datos que existen parecen demostrar que se practicaron más de 1 800 abortos en 2014, mientras que los grupos que defienden los derechos de las mujeres destacan que más de 200 000 mujeres se someten a abortos clandestinos en condiciones poco seguras cada año o viajan a países vecinos para este fin [3]., como Alemania, Austria, Eslovaquia o la República Checa.

Esta propuesta y el debate que ha suscitado han generado una movilización en toda Europa, tanto en las calles como en las redes sociales, bajo el lema #Czsarny Protest (Protesta Negra) para reivindicar el derecho de las mujeres al aborto y pedir que se vote contra esta ley. El 3 de octubre las y los activistas hicieron un llamamiento de huelga nacional y miles de personas protestaron en las calles de Varsovia.

En varios países europeos, los movimientos provida y religiosos son partidarios de limitar el acceso de las mujeres a los derechos sexuales y reproductivos en general y a la posibilidad de abortos lícitos y seguros en particular.

Antecedentes:

Los derechos sexuales y reproductivos están protegidos por varios instrumentos internacionales, entre ellos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), a través de la protección al derecho a la salud y a la atención sanitaria, como ha sido reconocido de forma específica por los órganos de tratados de las Naciones Unidas. Son derechos que también están consagrados en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (1995). En el 2016, el Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC) en su Observación General N.º 22 sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva [4] recordó que se trata de un derecho indivisible e interdependiente de los demás derechos humanos. Como los órganos de los tratados de la ONU y los relatores especiales subrayan con cierta frecuencia, la restricción del aborto también impide que las mujeres puedan disfrutar de otros derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida y a la no discriminación. En su informe anual del 2011, [5] el Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto grado posible de salud física y mental instó a la eliminación inmediata de "las barreras resultantes de leyes penales y de otra índole, así como de las políticas que afecten a la salud sexual y reproductiva (.....) para garantizar el pleno disfrute del derecho a la salud." El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también ha desarrollado una extensa jurisprudencia sobre el acceso de las mujeres al aborto lícito –especialmente contra de Polonia [6]–. En varios casos, el tribunal ha sentenciado que negar el derecho al aborto por parte de los Estados miembros del Consejo de Europa constituye una violación de la Convención, especialmente de su artículo 8 (derecho a la vida privada y familiar).

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