Perú: Hostigamiento judicial contra 15 ronderos a través de dos procesos penales

03/11/2016
Llamado urgente

PER 002 / 1116 / OBS 090
Hostigamiento judicial
Perú
2 de noviembre de 2016

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Perú.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre el hostigamiento judicial contra 13 [1] ronderos [2] de Yagén (Departamento de Cajamarca), incluyendo a los Sres. Elmer Saldaña y Wilson Rojas Díaz, respectivamente Presidente y Vicepresidente del Frente de Defensa de Yagén, así como contra los también dirigentes ronderos, los Sres. Absalón Martos Velásquez y Segundo Nazario Chavez Tirado. Estos dos procesos penales se producen en el contexto de la oposición por parte de comunidades locales a la construcción de 20 centrales hidroeléctricas a lo largo del río Marañón, lo cual implicaría la destrucción de la biodiversidad de la zona -la región hídrica más importante de la Amazonía peruana- así como la inundación de siete mil kilómetros cuadrados condenando a las poblaciones indígenas de la región al desplazamiento forzado y a la destrucción de su modo de vida.

Según las informaciones recibidas, el 3 de noviembre de 2016 a las 11 am, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Cajamarca comienza el juicio en primera instancia contra los 13 defensores bajo la acusación de secuestro, a raíz de una intervención realizada por la ronda campesina en junio de 2014 contra un grupo de trabajadores de la empresa brasileña Odebrecht, que pretende construir la hidroeléctrica Chadín II en el río Marañón. La fiscalía solicita 30 años de prisión y 32.000 soles (aproximadamente 8700 euros) de reparación [3].

A raíz de esta intervención 19 ronderos fueron denunciados de los cuales 13 enfrentan un riesgo inminente de cárcel, pero permanencen en libertad a la espera de juicio, mientras que otros seis defensores fueron retirados del proceso durante la investigación, incluyendo al Sr. Hitler Rojas con motivo de su asesinato.

El Observatorio recuerda que el Sr Hitler Rojas fue posteriormente asesinado el 28 de diciembre de 2015 tras ser atacado por cuatro agresores que le propinaron ocho disparos.Uno de los autores materiales fue condenado a 20 años de prisión mientras que los otros autores materiales y mediatos permanecen en la impunidad. El Sr. Rojas era un prominente defensor de derechos humanos y líder campesino, vicepresidente del Frente de Defensa del Yagén y presidente de la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC), que acababa de ser elegido alcalde del centro poblado de Yagén y encebezaba en esa localidad la defensa del Marañón.

Además, el 4 de noviembre de 2016 a las 9 a.m. la Sala de Apelaciones de Cajamarca revisará en segunda instancia la sentencia condenatoria contralos dirigentes ronderos, los Sres. Absalón Martos Velásquez y Segundo Nazario Chavez Tirado. El 25 de octubre de 2016, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Cajamarca les condenó arbitrariamente por el delito de “coacción”. Los Sres. Martos Velásquez y Chavez Tirado rechazan la construcción de la hidroeléctrica Río Grande I también en el río Marañón y también impulsada por la empresa brasileña Odebredtch en la zona de Oxamarca (Celendín). Los defensores fueron sentenciados a un año de prisión efectiva y al pago de 4000 soles (aproximadamente 1087 euros) de reparación civil [4].

La condena se origina en una intervención realizada el 20 de junio del 2014 por la ronda campesina de Quillamachay para investigar una denuncia de tráfico de tierras en zonas aledañas al río, operación que estaría dirigida a facilitar la construcción de la hidroeléctrica. Como parte de su investigación, la ronda campesina detuvo a cuatro personas durante ocho horas, al término de las cuales tanto los intervenidos como la Policía acreditaron que no se registró ningún tipo de agresión física.

El Observatorio recuerda que los procesos judiciales contra los defensores de derechos humanos del Marañón son arbitrarios porque desconocen que las rondas campesinas tienen facultades jurisdiccionales conforme al artículo 149 de la Constitución Política del Perú. Por lo tanto, cuando en el ejercicio de sus funciones las rondas intervienen a personas para investigarlas o sancionarlas no están cometiendo secuestro ni ningún otro delito, según lo precisa el Acuerdo Plenario 1-2009 sobre rondas y derecho penal [5].

El Observatorio condena enérgicamente el hostigamiento judicial en contra de estos 15 defensores de derechos humanos que parecen formar parte de un patrón de uso indebido del derecho penal en contra de las legítimas actividades en defensa de los derechos humanos por parte de los defensores del derecho a la tierra en Perú, y concretamente, en el caso de los defensores del Río Marañón. Por todo lo anterior, el Observatorio insta a las autoridades peruanas a absolver a los trece defensores de Yagén y a revisar y revocar la condena en primera instancia en contra de los Sres. Absalón Martos Velásquez y Segundo Nazario Chavez Tirado

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Perú instándolas a:

i. Promover la absolución de los 15 ronderos acusados , ya que actuaron en el marco de las funciones jurisdiccionales reconocidas por el artículo 149 de la Constitución de Perú;

ii. Garantizar que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo el hostigamiento judicial, en contra de los defensores de derechos humanos que trabajan en defensa del Río Marañón, así como en general, en contra de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

iii. Proporcionar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los ronderos e indígenas de la amazonía peruana, y en general la de todos los defensores de derechos humanos en Perú;

iv. Emitir una directiva dirigida a todos los funcionarios públicos, incluyendo todos los órganos jurisdiccionales competentes, para asegurar el respeto del Artículo 149 de la Constitución y el Acuerdo Plenario 1-2009 sobre rondas y derecho penal, así como el Convenio 169 de la OIT, para asegurar que se ponga fin al uso indebido del derecho penal en contra de defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

v. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998;

vi. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Perú.

Direcciones:

· Sr. Presidente Pedro Pablo Kuczynski, Presidente de la República del Perú. E-mail: secretariageneral@presidencia.gob.pe;
· Sr. Carlos Basombrío, Ministro del Interior de la República del Perú. E-mail: dm@mininter.gob.pe;
· Sra. María Soledad Pérez Tello, Ministra de Justicia y Derechos Humanos de la República del Perú. E-mail: mperez@minjus.gob.pe, webmaster@minjus.gob.pe;
· Sr. Pablo Sánchez Velarde, Fiscal de la Nación. E-mail: psanchez@mpfn.gob.pe;
· Dr. Luis Fernando Meza Farfán, Coordinador de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. E-mail: onajup@pj.gob.pe;
· Dr. Víctor Lucas Ticona Postigo, Presidente del Poder Judicial. E-mail: vticona@pj.gob.pe;
· S. E. Sr. Luis Enrique Chávez Basagoitia, Embajador, Misión Permanente del Perú ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: misionperu@onuperu.org;
· S. E. Sra. Cristina María del Rosario Ronquillo de Blödorn​, Embajadora del Perú en el Reino de Bélgica. E-mail: info@embaperu.be;
· S. E. Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Embajadora del Perú ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: peru@oas.org;

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Perú en sus respectivos países.

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  • Co-firmantes

    ***

    Ginebra-Paris, 2 de noviembre de 2016

    Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

    El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

    Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

    E-mail: Appeals@fidh-omct.org
    Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
    Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

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