Perú: Absolución de las 16 personas defensoras de Cajamarca que estaban siendo criminalizadas

14/04/2017
Llamado urgente

Nueva información
PER 001 / 0317 / OBS 023.1
Absolución
Perú
14 de abril de 2017

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nueva información y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Perú.

Nueva información:

El Observatorio ha recibido información de fuentes fidedignas incluyendo la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) sobre la absolución de las 16 personas defensoras de derechos humanos de la provincia de Celendín en el Departamento de Cajamarca [1] que estaban siendo criminalizadas incluyendo el Sr. Milton Sánchez Cubas [2], Coordinador de la Plataforma Interinstitucional Celendina, la Sra. Jeny Cojal, Coordinadora General de la Organización de Mujeres Defensoras de la Pachamama, así como la Sras. Maritza Emperatriz Bolaños Ayala, María Bilda Silva Rodríguez, Andrea Rodríguez Chávez y Elsa Elvira Bolaños Atalaya y los Sres. Ramón Abanto Bernal, César Tomás Bolaños, José Perci Zamora Díaz, Segundo Sare Ortiz, Jeremías Chávez Rodríguez, Fabio Rodríguez Rojas, Alberto Izquierdo Vargas, Segundo Manuel Bolaños Ayala, Justiniano Montoya García y Arístides Arévalo Ortiz.

Según la información recibida, el 16 de marzo la Sala Penal Supraprovincial de Cajamarca, dio lectura al íntegro de la sentencia absolutoria en favor de las 16 personas defensoras que venían siendo procesados por supuestos delitos de secuestro agravado, coacción y, adicionalmente, en el caso de uno de ellos, Segundo Sare Ortiz, ultraje contra los símbolos de la patria.

El Observatorio recuerda que la fiscalía solicitaba en el marco del Expediente 1645-2014 penas de entre 10 y 22 años de prisión contra las 16 personas defensoras, después de una denuncia del Gobernador Distritral de Sorochuco Luis Armando Castañeda Pisco y del Gobernador de Celentin Pedro Zamora Rojas a raíz de una protesta llevada a cabo por las rondas campesinas de Sorochuco el 26 de abril de 2013 (ver antecedentes).

El juicio oral se inició el 6 de marzo de 2017 y la sentencia se produjo tras la celebración de únicamente dos audiencias en las que se acreditó que la única prueba era el testimonio de los dos gobernadores después de que un agente de policía que había levantado un acta describiendo el supuesto secuestro reconociera que no estuvo presente en el momento de los hechos y que los denunciantes le habían dictado el contenido del documento.

El Observatorio recuerda que este proceso penal se produce en un contexto de oposición de las comunidades locales a la construcción del proyecto minero Conga en la Sierra de Cajamarca por parte de la empresa Minera Yanacocha, un consorcio con participación de la empresa estadounidense Newmont, el Banco Mundial y la empresa peruana Buenaventura. Además, las comunidades locales denuncian que en las más de dos décadas que la Minera Yanacocha lleva instalada en la zona, se han registrado graves daños ambientales como un masivo derrame de mercurio en la aldea de Choropampa en 2002, asesinatos de opositores al proyecto incluyendo cinco fallecidos únicamente en el año 2012, así como denuncias de corrupción y de abusos laborales.

El Observatorio celebra la sentencia absolutoria pero lamenta y condena la criminalización a las que las 16 personas defensoras de derechos humanos han sido sometidas durante casi cuatro años y que parece formar parte de un patrón más amplio de uso indebido del derecho penal en contra de las legítimas actividades en defensa de los derechos humanos por parte de los defensores del derecho a la tierra en Perú, particularmente, en la Sierra de Cajamarca. Por todo lo anterior, el Observatorio insta a las autoridades peruanas a tomar medidas para evitar la repetición de casos similares de criminalización en el futuro incluyendo a través de la implementación urgente de las recomendaciones formuladas por la CIDH en el informe “Criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos" [3].

Antecedentes:

La denuncia se origina en una intervención colectiva por la que el 26 de abril del 2013 los integrantes de la Comunidad Campesina de Sorochuco se presentaron masivamente en la plaza de armas pidiendo que el Gobernador fuera destituido de su cargo a causa de su cercanía con la empresa minera Yanacocha. Además, los manifestantes retiraron el escudo del Perú del local de la gobernación para preservarlo simbólicamente de la corrupción. Según la misma información, durante la intervención de la comunidad hubo presencia policial y no se registró ningún incidente.

El Sr. Milton Sánchez Cubas es beneficiario de la medida cautelar 452-11 de la CIDH, junto con otros defensores de los derechos humanos que operan en el ámbito de influencia del proyecto Conga. En el marco de la medida cautelar, la CIDH ha requerido al Estado que tome medidas para el cese de la persecución penal arbitraria contra las y los defensores beneficiarios.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Perú instándolas a:

i. Garantizar que se ponga fin a todo tipo de criminalización en contra de las Sras. Jeny Cojal, Maritza Emperatriz Bolaños Ayala, María Bilda Silva Rodríguez, Andrea Rodríguez Chávez y Elsa Elvira Bolaños Atalaya y los Sres. Milton Sánchez Cubas, Ramón Abanto Bernal, César Tomás Bolaños, José Perci Zamora Díaz, Segundo Sare Ortiz, Jeremías Chávez Rodríguez, Fabio Rodríguez Rojas, Alberto Izquierdo Vargas, Segundo Manuel Bolaños Ayala, Justiniano Montoya García y Arístides Arévalo Ortiz, y más generalmente, en contra de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

ii. Adoptar de manera inmediata medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física de las Sras. Jeny Cojal, Maritza Emperatriz Bolaños Ayala, María Bilda Silva Rodríguez, Andrea Rodríguez Chávez y Elsa Elvira Bolaños Atalaya y los Sres. Milton Sánchez Cubas, Ramón Abanto Bernal, César Tomás Bolaños, José Perci Zamora Díaz, Segundo Sare Ortiz, Jeremías Chávez Rodríguez, Fabio Rodríguez Rojas, Alberto Izquierdo Vargas, Segundo Manuel Bolaños Ayala, Justiniano Montoya García y Arístides Arévalo Ortiz, y más generalmente, de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

iii. Emitir una directiva dirigida a todos los funcionarios públicos, incluyendo todos los órganos jurisdiccionales competentes y el Ministerio Público, para asegurar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la CIDH y el respeto a las facultades jurisdiccionales de las rondas campesinas reconocidas por el artículo 149 de la Constitución con el fin de asegurar que se ponga fin al uso indebido del derecho penal en contra de defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998;

v. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Perú.

Direcciones:

· Sr. Presidente Pedro Pablo Kuczynski, Presidente de la República del Perú. E-mail: secretariageneral@presidencia.gob.pe;
· Sr. Carlos Basombrío, Ministro del Interior de la República del Perú. E-mail: dm@mininter.gob.pe;
· Sra. María Soledad Pérez Tello, Ministra de Justicia y Derechos Humanos de la República del Perú. E-mail: mperez@minjus.gob.pe, webmaster@minjus.gob.pe;
· Sr. Pablo Sánchez Velarde, Fiscal de la Nación. E-mail: psanchez@mpfn.gob.pe;
· Dr. Luis Fernando Meza Farfán, Coordinador de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. E-mail: onajup@pj.gob.pe;
· Dr. Víctor Lucas Ticona Postigo, Presidente del Poder Judicial. E-mail: vticona@pj.gob.pe;
· S. E. Sr. Luis Enrique Chávez Basagoitia, Embajador, Misión Permanente del Perú ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: misionperu@onuperu.org;
· S. E. Sra. Cristina María del Rosario Ronquillo de Blödorn​, Embajadora del Perú en el Reino de Bélgica. E-mail: info@embaperu.be;
· S. E. Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Embajadora del Perú ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: peru@oas.org;

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Perú en sus respectivos países.

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  • Co-firmantes

    ***

    Ginebra-Paris, 14 de abril de 2017

    Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

    El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

    Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

    E-mail: Appeals@fidh-omct.org
    Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
    Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

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