México: Criminalización, detención arbitraria y violación al debido proceso contra 6 personas defensoras en Tlanixco

07/02/2019
Llamado urgente

MEX 001 / 0219 / OBS 011
Detención arbitraria / Criminalización /
/ Violación al debido proceso
México
7 de febrero de 2019

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido información de fuentes fidedignas sobre la criminalización, detención arbitraria y violación al debido proceso de seis personas indígenas nahua defensoras del derecho al agua de la comunidad de San Pedro Tlanixco, en el municipio de Tenango del Valle (Estado de México): la Sra. Dominga González Martínez, y los Sres. Lorenzo Sánchez Berriozábal, Marco Antonio Pérez González, Teófilo Pérez González, Pedro Sánchez Berriozábal y Rómulo Arias Mireles.

Según la información recibida, el 17 de enero de 2019, el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México ordenó la reposición del juicio en contra de las seis personas defensoras desde el comienzo, es decir, desde la etapa de la declaración preparatoria, por considerar que en este caso hubo serias violaciones al debido proceso de las personas detenidas. Las seis personas defensoras fueron detenidas entre los años 2003 y 2007, y condenadas en un proceso plagado de irregularidades (ver “Antecedentes”) a 50 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y privación de la libertad del empresario floricultor Alejandro Isaak Basso, ocurrido el 1 de abril del 2003. Los Sres. Teófilo Pérez González, Pedro Sánchez Berriozábal y Rómulo Arias Mireles fueron condenados el día 13 de junio del año 2006, mientras que los Sres. Marco Antonio Pérez González y Lorenzo Sánchez Berriozábal, y la Sra. Domina González Martínez, fueron condenados el 27 de noviembre del 2017.

El Observatorio reitera su preocupación por el mantenimiento de un patrón de criminalización en México que busca tratar de acallar las voces de las personas defensoras de derechos humanos. Este patrón ha sido también corroborado por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU que ha emitido en los últimos años hasta 8 Opiniones en las que declaraba la detención de 32 personas defensoras como arbitraria y exigía su liberación inmediata.

El Observatorio expresa su preocupación por la criminalización de las seis personas defensoras ante la evidencia de que parece tratarse de una represalia por su legítimo trabajo en defensa del derecho al agua. El Observatorio condena asimismo las numerosas violaciones al debido proceso desde que se inició el proceso en su contra, incluyendo el uso abusivo de la prisión preventiva, particularmente en el caso de los Sres. Marco Antonio Pérez González y Lorenzo Sánchez Berriozábal, así como de la Sra. Dominga González Martínez.

Por todo lo anterior, si bien la revisión del caso es un primer paso en la buena dirección para que se haga justicia, el Observatorio exige la libertad inmediata e incondicional de las seis personas defensoras e insta a las autoridades judiciales a desistir del ejercicio de la acción penal en su contra con el fin de que recuperen inmediatamente su libertad en lugar de verse expuestas a un nuevo proceso judicial en su contra que implicaría la continuación de su detención arbitraria y la violación de sus derechos a la libertad y a la integridad personal.

Antecedentes:

La comunidad indígena de Tlanixco, del municipio de Tenango del Valle, ha vivido una larga lucha por la defensa del agua para la producción agrícola y el consumo propio, en una disputa con el sector empresarial, floricultor del municipio de Villa Guerrero que data de los años 80[1].

El 1 de abril de 2003 el empresario Alejandro Isaak Basso y otras personas ingresaron sin permiso a la comunidad indígena de Tlanixco y fueron detenidas y conducidas por la comunidad indígena. Sin embargo durante el camino el Sr. Alejandro Isaak resultó muerto cuando caminaba por un camino inclinado. Aunque los hechos no han sido esclarecidos del todo, la comunidad indígena declara que el empresario resbaló y cayó.

Por estos hechos, la Sra. Dominga González Martínez y los Sres. Lorenzo Sánchez Berriozábal, Marco Antonio Pérez González, Teófilo Pérez González, Pedro Sánchez Berriozábal y Rómulo Arias Mireles, líderes comunitarios que encabezaban la defensa del derecho al agua de la comunidad de Tlanixco fueron señaladas de ser responsables y sometidas a criminalización y, posteriormente condenadas a penas de 50 años de privación de libertad en un proceso en el que pudieron constatarse numerosas irregularidades: uso y ponderación de testigos de cargo poco fiables que no estuvieron presentes en el momento de los hechos; preparación de testigos para señalar responsabilidad del liderazgo indígena, incluso contra líderes que no se encontraban presentes en la escena de los hechos; falta de individualización de las penas y responsabilidades en la comisión del presunto delito lo que conllevó a una pena máxima para todos los procesados y en general ausencia de garantías para ejercer su derecho a la defensa y debido proceso.

Adicionalmente, a las seis personas les fue impuesta una medida de detención preventiva privativa de la libertad que desconoce los estándares internacionales. Los Sres; Marco Antonio Pérez González y Lorenzo Sánchez Berriozábal y la Sra. Dominga González Martínez, estuvieron detenidos durante más de 10 años sin que mediara previamente una sentencia condenatoria. El Observatorio recuerda que el uso de la detención preventiva como regla general, constituye una violación a la presunción de inocencia y una sanción a labor de defensa de los derechos humanos, pues la detención preventiva debe ser excepcional y usada solo para asegurar los fines legítimos del proceso, y no como un mecanismo de intimidación u obstáculo a la defensa de los derechos humanos en México.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:

i. Liberar de forma incondicional e inmediata ala Sra. Dominga González Martínez y a los Sres. Marco Antonio Pérez González, Lorenzo Sánchez Berriozábal, Teófilo Pérez González, Pedro Sánchez Berriozábal y Rómulo Arias Mireles, así como a desistir del ejercicio de la acción penal en su contra;

ii. Garantizar en todo momento las garantías del debido proceso y poner fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo al nivel judicial, en contra de la Sra. Dominga González Martínez y a los Sres. Marco Antonio Pérez González, Lorenzo Sánchez Berriozábal, Teófilo Pérez González, Pedro Sánchez Berriozábal y Rómulo Arias Mireles,

iii. Incluir como tema central en la agenda de derechos humanos del nuevo gobierno federal el cese de la criminalización de las personas defensoras de derechos humanos, atendiendo las preocupaciones y recomendaciones de Naciones Unidas y varios organismos internacionales de Derechos Humanos;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998;

v. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

Direcciones:

· Sr. Andres Manuel Lopez Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Twiter: @lopezobrador_
· Dra. Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación. E-mail: secretario@segob.gob.mx,
· Sr. Alejandro Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB). E-mail: contacto@alejandroencinas.mx
· Sr. Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario De Relaciones Exteriores. E-mail: canciller@sre.gob.mx
· Sra. Martha Delgado Peralta, Subsecretaria Para Asuntos Multilaterales Y Derechos Humanos, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). E-mail: mdelgadop@sre.gob.mx
· Dr. Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). E-mail: presidente@cndh.org.mx
· Sr. Alfredo del Mazo, Gobernador del Estado de México, teléfono: (722) 2760051
· Sr.Alejandro Jaime Gómez Sánchez, Fiscal General del Estado de México, teléfono, (722) 2661616, 2661600 ext. 3211
· Sr. Rodrigo Espelta Aladro, Secretario de Justicia y Derechos Humanos. E-mail: sjdh@edomex.gob.mx
· Sr. Sergio Javier Medina Peñaloza, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México. teléfono: (722) 1679200 ext. 15005 y 15006
· Sra. Embajadora Socorro Flores Liera, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: mission.mexico@ties.itu.int/ sflores@sre.gob.mx
· Sr. Embajador Mauricio Escanero Figueroa, Misión de México ante la Unión Europea y Embajada de México ante el Reino de Bélgica y el Ducado de Luxemburgo. E-mail: embamex@embamex.eu / hacosta@sre.gob.mx
· Sr. Embajador Jorge Lomónaco, Misión Permanente de México ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: mexico.oea@sre.gob.mx/ jlomonaco@sre.gob.mx

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de los Estados Unidos Mexicanos en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris, 7 de febrero de 209

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
· E-mail: Appeals@fidh-omct.org
· Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
· Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] En el municipio de Villa Guerrero que colinda con Tlanixco, se instalaron empresas floricultoras nacionales e internacionales a las cuales en el año 2002, la Comisión Nacional del Agua de México (Conagua) les concesionó el uso del agua con fines comerciales. Esta decisión gubernamental no contó con la debida consulta a la comunidad y sus efectos han impactado intensamente en el pueblo indígena ante la escasez y, en ocasiones, ausencia del agua para el consumo de la comunidad. Esta situación ha motivado la organización de la comunidad en defensa del agua, ejerciendo su derecho a la protesta pacífica. Diversas mesas de dialogo han sido promovidas en búsqueda de solucionar el conflicto, sin embargo hasta la fecha este no ha sido resuelto.

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