México: Continúa la detención arbitraria de José Antonio Arreola y José Luis Jiménez Meza

15/10/2021
Llamado urgente

Nuevas informaciones
MEX 004 / 0221 / OBS 016.2
Detención arbitraria /
Criminalización /
Violaciones al debido proceso
México
15 de octubre de 2021

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nueva información y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en México.

Nuevas informaciones:

El Observatorio ha recibido información sobre la continuación del hostigamiento judicial y detención arbitraria de los Concejales José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, autoridades del Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen (CCIN), quienes se encuentran presos en represalia por su defensa del territorio y de los derechos de los pueblos indígenas de su comunidad, en el estado de Michoacán. El CCIN es un órgano de gobierno autónomo comunitario, conformado en 2015, y reconocido legalmente como autoridad indígena en 2017 por el Estado mexicano, a través de sentencias judiciales emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y confirmadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

A pesar de que el 7 de abril de 2021, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) encontró fundado el recurso de reclamación interpuesto por José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez ante esta Corte, a fecha de 15 de octubre de 2021, la SCJN mantiene paralizado el desahogo legal de ese medio de defensa y ha negado el acceso al expediente del asunto a ambos defensores, lo que les impide conocer el estado actual del procesamiento.

Así, en el trámite del amparo directo en revisión, se advierten diversas irregularidades que se alejan de los estándares internacionales y regionales en materia del debido proceso. Por un lado, el retardo excesivo en el desahogo del trámite, dado que ha transcurrido medio año sin que se hayan producido avances desde que se ordenó la admisión del caso. Por el otro, la negación de la Corte en múltiples ocasiones a dar acceso al abogado de ambos defensores al expediente electrónico, a pesar de que las solicitudes respectivas cumplían con todos los requisitos legales necesarios. En este sentido, se ha negado a los Sres. Arreola Jiménez y Jiménez Mesa su derecho a conocer su situación procesal.

El Observatorio subraya que los Sres. Arreola Jiménez y Jiménez Mesa interpusieron un recurso de reclamación ante la SCJN en diciembre de 2020 para impugnar la decisión de desechar la petición de revisar las probables violaciones procesales cometidas en el juicio penal seguido en su contra para condenarlos por el delito de sabotaje [1]. Por tanto, el máximo tribunal del país determinó que es procedente la revisión de ese proceso penal de origen, con el objetivo de identificar y reparar las múltiples violaciones al derecho humano a una adecuada defensa y de acceso efectivo a la justicia, en perjuicio de las personas defensoras de su comunidad. El asunto debería haber sido turnado a un ministro o ministra de la Primera Sala de la SCJN para que lo revisara y emitiera una resolución en los días siguientes a la decisión del 7 de abril.

El Observatorio recuerda que los Sres. Arreola Jiménez y Jiménez Arreola fueron detenidos arbitrariamente por funcionarios de la policía estatal de Michoacán los días 12 y 14 de noviembre de 2018, respectivamente, en Nahuatzen, Michoacán. Desde entonces, se encuentran privados de libertad en el Centro de Readaptación Social Lic. Noé Galván Carrillo de Uruapan, Michoacán.

El Observatorio acoge con satisfacción la decisión de la SCJN de admitir a trámite y resolver el recurso de revisión interpuesto por los Concejales presos, para revisar las violaciones cometidas durante el proceso penal en el que se les condenó por el delito de sabotaje. No obstante, recuerda que a lo largo del proceso judicial en contra de los dos defensores se han producido numerosas irregularidades, incluyendo la aceptación de pruebas sin sustento, la falta y omisión de investigación de presuntos malos tratos y actos de tortura durante el arresto o la negligencia de reconocer la notoria y probada calidad jurídica de los Sres. Concejales Arreola y Jiménez como defensores de los derechos humanos y autoridades tradicionales de su comunidad.

El Observatorio manifiesta su preocupación sobre las presuntas violaciones al debido proceso y la criminalización de José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza y destaca que, en octubre de 2019, el CCIN fue incorporado al Mecanismo de Protección de Defensores de Derechos Humanos y Periodistas, bajo un contexto de hostigamiento, intimidaciones y difamación en contra del CCIN por su defensa de los derechos de los pueblos indígenas.

Por todo ello, el Observatorio urge a las autoridades estatales y federales mexicanas a que se garantice el derecho de José Antonio Arreola y José Luis Jiménez al debido proceso y se ponga fin a todo tipo de hostigamiento en su contra, incluido a nivel judicial, y a asegurar que no se produzcan dilaciones indebidas en la revisión de su caso.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México urgiéndolas a:

i. Resolver con celeridad y sin dilaciones indebidas el recurso de reclamación interpuesto por José Antonio Arreola y José Luis Jiménez ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, garantizar su derecho al debido proceso y poner fin a todo tipo de hostigamiento, incluido a nivel judicial, en su contra, así como que en contra de todas las personas defensoras de derechos humanos en el país;

ii. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Arreola y Jiménez, así como la de la membresía del Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen;

iii. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a los presuntos malos tratos arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables aplicando las sanciones penales previstas por la ley;

iv. Incluir como tema central en la agenda de derechos humanos del gobierno federal el establecimiento de una política integral de garantías para el ejercicio del derecho a defender derechos humanos en México, con amplia participación de la sociedad civil.

Direcciones:

● Sr. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Twitter: @lopezobrador_
● Sr. Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación, adan.lopez@segob.gob.mx, secretario@segob.gob.mx
● Sr. Alejandro Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB). E-mail: ajencinas@segob.gob.mx
● Sr. Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario De Relaciones Exteriores. E-mail: canciller@sre.gob.mx
● Sra. Martha Delgado Peralta, Subsecretaria Para Asuntos Multilaterales Y Derechos Humanos, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). E-mail: mdelgadop@sre.gob.mx
● Sra. María del Rosario Piedra Ibarra, Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). E-mail: presidente@cndh.org.mx / correo@cndh.org.mx
● Sra. Norma Lucía Piña Hernández, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. E-mail: nlph.coord@mail.scjn.gob.mx
● Sr. Rafael Coello, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. E-mail: rcoelloc@mail.scjn.gob.mx
● Sr Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador del Estado Michoacán. E-mail: alfredoramirez@michoacan.gob.mx
● Sra. Embajadora Socorro Flores Liera, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: sflores@sre.gob.mx
● Sr. Embajador Mauricio Escanero Figueroa, Misión de México ante la Unión Europea y Embajada de México ante el Reino de Bélgica y el Ducado de Luxemburgo. E-mail: embamex@embamex.eu / hacosta@sre.gob.mx
● Sra. Embajadora Luz Elena Baños Rivas, Misión Permanente de México ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: mexico.oea@sre.gob.mx
● Rafael Coello, Secretario General de Acuerdos de la SCJN. E-mail: rcoelloc@mail.scjn.gob.mx

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

***

Ginebra-París, 15 de octubre de 2021

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
● E-mail: Appeals@fidh-omct.org
● Tel. OMCT: + 41 22 809 49 39
● Tel. FIDH: + 33 1 43 55 25 18

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