México: Actos de difamación contra la organización La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes

27/06/2019
Comunicado

MEX 009 / 0619 / OBS 056
Difamación / Estigmatización
Actos de intimidación
México
27 de junio de 2019

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación

El Observatorio ha recibido información de fuentes fidedignas sobre los actos de difamación contra la organización La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes [1], y sobre el anuncio de medidas que obstaculizan y restringen las actividades de esta organización en la defensa de los derechos de la población migrante, en el Estado de Tabasco en México.

Según la información recibida, el 17 de junio de 2019, durante su conferencia matutina en el Palacio Presidencial el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador denunció públicamente un presunto mal manejo de dinero en albergues para las personas migrantes y anunció que el Gobierno Federal asumirá de manera exclusiva la función de crear albergues para migrantes en México [2].

Con ocasión de lo anterior, la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica del Estado de Tabasco (UIPE), con el apoyo de la Unidad de Inteligencia Financiera de Tabasco (UIFT), emitió un comunicado público [3] en el que hizo señalamientos generalizados contra las organizaciones de la sociedad civil que realizan trabajo en pro de los derechos de la población migrante indicando que estas “no operan como señalan, y han sido fachadas para lavado de dinero y corrupción” [4] .

La 72 es una de las organizaciones más reconocidas en el Estado de Tabasco en la defensa de los derechos de la población migrante y ha venido documentando y denunciando la grave situación que las personas mexicanas viven en México. Sus integrantes han sido víctimas de numerosos actos de intimidación y amenazas por el trabajo que realizan [5]. En las últimas semanas los actos de intimidación en su contra han aumentado, incluyendo a través de la permanente vigilancia y patrullaje del albergue por agentes federales; perifoneos locales en los que se realizan acusaciones infundadas contra el albergue y contra su director, el Sr. Ramón Márquez, así comoseguimientos e intimidaciones

Los señalamientos de las autoridades de Tabasco se producen en el contexto de la actual política de control y disuasión de la migración en México y el cierre militar de la frontera Sur de Tabasco. El respeto de los derechos de las personas migrantes se deteriora ante las medidas recientes que vienen sido implementadas, como las detenciones y deportaciones masivas sin el respeto al debido proceso y en contravía del principio de no devolución y el uso en estos operativos de la Policía Federal y el Ejército. Lo anterior ha profundizado la crisis humanitaria y ha incrementado el hacinamiento de la estación migratoria de Tenosique así como la exposición de la vida e integridad de los migrantes, especialmente de mujeres y niños contra quienes han aumentado los niveles de violencia, incluida la violencia sexual [6].

El Observatorio manifiesta su preocupación por el hecho de que estas difamaciones contra las organizaciones no gubernamentales que trabajan en defensa de los derechos de las personas migrantes, especialmente contra La 72, estén dirigidas a deslegitimizar su labor y debilitar el ejercicio del derecho de asociación [7] y expresión, así como el derecho al acceso a la financiación y a recursos para el cumplimiento de sus fines, y podría debilitar también la contribución de estas organizaciones en el contexto anteriormente descrito.

El Observatorio le recuerda a las autoridades mexicanas que limitar o prohibir la actuación de las organizaciones de derechos humanos en la promoción y defensa de cualquier derecho humano y realizar injerencias indebidas, va en contravía del derecho que tienen las personas de actuar individual o colectivamente a favor de los derechos humanos, según lo dispuesto en distintos instrumentos internacionales, y también, va en contravía del deber que tienen todos los Estados de facilitar el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en la defensa de los derechos humanos [8].

El Observatorio lamenta que, a través de estas medidas anunciadas, se impongan nuevas limitaciones y obstáculos al derecho a defender los derechos humanos en México, y que ello afecte la capacidad de las organizaciones no gubernamentales, su protección, la existencia de estas y la profundización de las violaciones a los derechos humanos de las personas migrantes.

El Observatorio hace un llamado al Estado de México a poner fin a todo tipo de hostigamiento y criminalización en contra de todas las personas defensoras de los derechos de los migrantes en México, especialmente en el Estado de Tabasco y a adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica las personas que integran La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México urgiéndolas a:

i. Adoptar las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad e integridad física y psicológica de las personas que integran La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes.

ii. Poner fin a todo acto de hostigamiento, difamación e intimidación en contra de personas y comunidades que defienden los derechos humanos en México, incluidos los que cursan contra La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes.

iii. Abstenerse de adoptar medidas que obstaculicen, restrinjan y limiten la defensa de los derechos humanos en México, en particular, la defensa de los derechos de las personas migrantes.

iv. Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público tanto por parte de las autoridades del Estado de Tabasco, como a nivel federal, sobre la legitimidad de las personas que defienden los derechos humanos de las personas migrantes en México, particularmente, del trabajo que desarrolla la La 72, Hogar-Refugio para personas migrantes.

v. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2;

vi. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México

Direcciones:

• Sr. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Twitter: @lopezobrador_

• Dra. Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación. E-mail: secretario@segob.gob.mx ,

• Sr. Alejandro Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB). E-mail: contacto@alejandroencinas.mx

• Sr. Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario De Relaciones Exteriores. E-mail: canciller@sre.gob.mx

• Sra. Martha Delgado Peralta, Subsecretaria Para Asuntos Multilaterales Y Derechos Humanos, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). E-mail: mdelgadop@sre.gob.mx

• Dr. Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). E-mail: presidente@cndh.org.mx

•Lic. Marcos Rosendo Medina Filigrana, Secretario de Gobernación del Estado de Tabasco. E-mail: secretariogobierno@tabasco.gob.mx

• Sra. Embajadora Socorro Flores Liera, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: mission.mexico@ties.itu.int / sflores@sre.gob.mx

• Sr. Embajador Mauricio Escanero Figueroa, Misión de México ante la Unión Europea y Embajada de México ante el Reino de Bélgica y el Ducado de Luxemburgo. E-mail: embamex@embamex.eu / hacosta@sre.gob.mx

• Sr. Embajador Jorge Lomónaco, Misión Permanente de México ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: mexico.oea@sre.gob.mx / jlomonaco@sre.gob.mx

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de los Estados Unidos Mexicanos en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris, 27 de junio de 2019

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu,el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
· E-mail: Appeals@fidh-omct.org
· Tel. y fax: OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
· Tel. y fax: FIDH: + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] La 72 ofrece asistencia humanitaria, asesoría y gestión migratoria a personas migrantes en su paso por México. En el marco de su trabajo, La 72, ha denunciado al crimen organizado y a redes de trata y tráfico de personas, en la búsqueda de generar mejores condiciones de tránsito y el respeto a los derechos humanos de las personas que se ven obligadas a migrar.
[2] Véase: https://www.jornada.com.mx/ultimas/2019/06/17/gobierno-asumira-el-control-de-albergues-para-indocumentados-amlo-5974.html
[3] Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica del Estado de Tabasco (UIPE), comunicado 001/2019, Villahermosa Tabasco.
[4] Al respecto, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación ha dicho que: “Si bien los Estados tienen la responsabilidad de combatir el blanqueo de dinero y el terrorismo, nunca debe invocarse esa obligación como justificación para socavar la credibilidad de una organización, ni para obstaculizar arbitrariamente a sus actividades legítimas”. Véase: Informe del Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Maina Kiai, Documento de Naciones Unidas A/HRC/20/27, párrafo 70, 21 de mayo de 2012.
[5] Véase, por ejemplo:
http://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgent-interventions/mexico/2017/07/d24451/
[6] La 72, ha alertado que sólo en 4 días, del 09 al 12 de junio conocieron de 4 mujeres víctimas de violación y 3 personas víctimas de abuso sexual en la ruta migratoria, además de numerosas víctimas lesionadas en asaltos violentos. Esta situación aumenta con la persecución migratoria que obliga a las personas migrantes a tomar caminos más inciertos, con mayor exposición a la delincuencia común y el crimen organizado. Mientras, las redes de coyotaje y tráfico de personas continúan intactas y operando en impunidad sin ninguna amenaza a su estructura o modus operandi.
[7] “El derecho a la libertad de asociación ampara a las asociaciones desde su creación hasta su disolución, e incluye el derecho a establecer asociaciones y adherirse a ellas y el derecho de las asociaciones a desarrollar libremente sus actividades y a recibir protección contra injerencias indebidas, a acceder a financiación y recursos, y a participar en los asuntos públicos.” Véase: Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Maina Kiai, Documento de Naciones Unidas A/HRC/20/27, resumen, 21 de mayo de 2012.
[8] Véase por ejemplo el articulol 13 de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.

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