Colombia: Asesinato del manifestante Dylan Mauricio Cruz a manos de la Policía/ESMAD

26/11/2019
Llamado urgente

Nuevas informaciones
COL 007 / 1119 / OBS 095.1
Asesinato / Criminalización /
Uso excesivo de la fuerza /
Restricción al derecho de expresión, reunión y manifestación pacífica
Colombia
26 de noviembre de 2019

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nuevas informaciones y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Colombia.

Nuevas informaciones:

El Observatorio ha recibido con profunda preocupación información pública y del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) sobre el asesinato del Sr. Dylan Mauricio Cruz, de 18 años de edad, quien hacía uso del derecho a la protesta social en defensa de la educación en Colombia, y sobre la continuación de la represión del Paro Nacional [1] que inició desde el pasado 21 de noviembre en todo el territorio colombiano. Entre las violaciones de derechos humanos destacan la criminalización, el uso excesivo, indiscriminado y desproporcionado de la fuerza y la continuación de acciones por parte de las autoridades de Colombia que parecen buscar la generación de un ambiente intimidatorio, así como amedrantar, obstaculizar e inhibir la participación de la población colombiana en el Paro Nacional.

Según la información recibida, el día 23 de noviembre en el marco de una de las movilizaciones convocadas en la ciudad de Bogotá, aproximadamente a las 15:47, el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) disolvió a la fuerza (incluyendo el uso de elementos como bombas aturdidoras y gases lacrimógenos) una marcha que transcurría pacíficamente por el centro de la ciudad. En ese contexto, uno de los agentes del ESMAD disparó lo que al parecer sería un proyectil de gas lacrimógeno directamente a la cabeza del joven Dylan Cruz [2]. El impacto del artefacto disparado le causó un "trauma craneoencefálico penetrante" por lo que tuvo que ser ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital San Ignacio. No obstante, en la noche del 25 de noviembre las autoridades del Hospital comunicaron su muerte.

Estos hechos ocurren en el marco de un patrón de uso abusivo, innecesario y excesivo de la fuerza por parte de la fuerza pública durante el Paro Nacional que, según datos de la Campaña “Defender la libertad asunto de todas” [3], ha dejado al menos 280 personas heridas, algunas con graves afectaciones a su salud [4]. Según las mismas informaciones el ESMAD ha intervenido para disolver numerosas concentraciones y movilizaciones que se desarrollan de manera pacífica. Por ejemplo, el 22 de noviembre el ESMAD intervino con gases y bombas aturdidoras en la Plaza de Bolívar, en donde se concentraban más de 5.000 personas de manera pacífica. Dicha actuación produjo la afectación en la salud de los manifestantes que allí se encontraban, y puso en riesgo sus vidas e integridad física, al actuar en desconocimiento de todas las medidas de prevención y evacuación que deben ser observadas en eventos multitudinarios.

Adicionalmente, la Campaña “Defender la libertad asunto de todas” ha registrado desde el 21 de noviembre, 839 personas manifestantes detenidas arbitrariamente en Colombia por su participación en las protestas sociales, 47 de las cuales han sido judicializadas bajo los supuestos de flagrancia y violencia contra servidor público [5] . Sin embargo, la mayoría de estas 47 capturas fueron declaradas ilegales por jueces de control de garantías.

Además, a 392 personas manifestantes les han sido impuestas sanciones o comparendos por parte de la Policía Nacional, que obligan a pagar multas que pueden representar el 25% del salario mínimo legal vigente, bajo el argumento de comportamientos que afectan la sana convivencia. El Observatorio muestra su preocupación por la utilización de la figura de traslado por protección establecida en el Código Nacional de Policía [6], la cual estaría siendo utilizada para detener arbitrariamente a los manifestantes, sacarlos de las manifestaciones e imponerles sanciones pecuniarias que solo buscarían sancionar y obstaculizar el ejercicio legítimo de la protesta social en Colombia.

Según las mismas informaciones recibidas, ha continuado la generación de un ambiente intimidatorio con el fin de obstaculizar e inhibir la participación en el Paro Nacional (ver antecedentes). El día 22 de noviembre, se fomentó una campaña de pánico y terror difundida por las redes sociales en la ciudad de Bogotá, mediante la cual se difundieron mensajes falsos sobre supuestas acciones de saqueos y hurtos en conjuntos residenciales que generaron pánico en sus pobladores. Ese mismo día 22 de noviembre, en Bogotá, Cali, Facatativá, Chía, Candelaria (Valle del Cauca), Jamundí y Popayán los alcaldes decretaron toques de queda temporales, que afectaron la libertad de movimiento, reunión y protesta, sin que hubiesen existido razones suficientes para tales restricciones.

El Observatorio manifiesta su preocupación por el uso excesivo e indebido de la fuerza por parte del ESMAD, actuaciones contrarias a los estándares internacionales y colombianos en materia de combate a la tortura y los malos tratos, así como las acciones tomadas para impedir el derecho a la manifestación pacífica. Asimismo, el Observatorio hace un llamado a las autoridades a controlar, investigar y castigar el uso excesivo de la fuerza, incluyendo a través de armas menos letales que podrían estar siendo usadas con la intencionalidad de causar daño, afectando la vida e integridad física de quienes protestan en Colombia, como en el caso del asesinato del Sr. Dylan Cruz.

Finalmente, el Observatorio reitera la preocupación expresada en el Informe publicado en mayo de 2018 [7] en el que se identifica como una de las causas para la vulnerabilidad de las personas defensoras en Colombia el hecho de que siga persistiendo un ambiente que estigmatiza y criminaliza el ejercicio del derecho a la protesta social, así como un uso excesivo de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad del Estado.

Antecedentes:

El Observatorio alertó sobre la represión de la protesta social en vísperas del Paro Nacional convocado en Colombia para el día 21 de noviembre [8] .

Los ataques incluyen la criminalización y los allanamientos masivos realizados a las viviendas de numerosas personas defensoras de derechos humanos y medios de comunicación, entre los que se encuentran la Sra. Johana Hincapié [9]y el Sr. Johan Stiven Martínez [10], la sede de la Revista Cartel Urbano [11], el colectivo artístico “Puro Veneno” [12], y el colectivo artístico “la otra danza” [13], en la ciudad de Bogotá, así como del ingreso sin orden judicial de la Policía al edificio de la organización de derechos humanos Corporación Jurídica libertad en la ciudad de Medellín.

Estos hechos se enmarcan en una campaña de estigmatización, señalamientos e intimidación contra la defensa de derechos humanos y la protesta social en Colombia, auspiciada desde altos funcionarios públicos e integrantes del partido del actual gobierno [14] que, en el último mes, se ha exacerbado con ocasión a la convocatoria del Paro Nacional del próximo 21 de noviembre.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Colombia instándolas a:

i. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a los hechos denunciados, particularmente en lo referente al asesinato del Sr. Dylan Cruz, así como garantizar la integridad física y psicológica de sus familiares;

ii. Poner fin a todo tipo de amenazas, actos de hostigamiento, criminalización, así como a la campaña de desprestigio en contra de todas las personas que ejercen sus derechos a la libertad de exrepsión, reunión y a la manifestación pacífica;

iii. Llevar a cabo una reforma integral del ESMAD con participación de los actores de la sociedad civil para asegurar que su actuación se adecue a los estándares internacionales de derechos humanos, así como trasladar las funciones de seguridad ciudadana del Ministerio de Defensa al Ministerio del Interior;

iv. Implementar el Protócolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica, contemplado en la resolución 1190 de 2018 del Ministerio del Interior, para la plena observación de los estándares internacionales en materia de tratamiento a la protesta social y regulación de la fuerza pública en el contexto de la protesta social;

v. Hacer efectiva la Directiva No. 002 del 14 de junio de 2017 expedida por el Procurador General de la Nación, mediante la cual se exhorta a los funcionarios públicos a respetar a quienes defienden los derechos humanos y a sus organizaciones y “abstenerse de realizar conductas que los deslegitimen, descalifiquen, hostiguen e inciten al hostigamiento o estigmaticen su labor”, e iniciar las respectivas investigaciones disciplinarias;

vi. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2;

vii. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Colombia.

Direcciones:

Por favor, escriban a las autoridades de Colombia urgiéndolas a:

· Iván Duque Márquez, Presidente de la República de Colombia. E-mail: contacto@presidencia.gov.co
· Sra. Nancy Patricia Gutiérrez, Ministra del Interior. E-mail: servicioalciudadano@mininterior.gov.co / notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co
· Sr. Lorenzo Guillermo Botero Nieto, Ministro de Defensa Nacional.E-mail: usuarios@mindefensa.gov.co
· Sr. Fabio Espittia, Fiscal General de la Nación (E). Email contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co
· Sr. Carlos Alfonso Negret, Defensor Nacional del Pueblo. E-mail: secretaria_privada@hotmail.com, defensoria@defensoria.org.co
· Sr. Francisco Roberto Barbosa Delgado, Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. E-mail (Secretaría):  contacto@presidencia.gov.co
· Sr. Pablo Elías Gonzales, Director de la Unidad Nacional de Protección. Email: correspondencia@unp.gov.co
· Sra. Adriana Mendoza Agudelo, Embajadora-Representante Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: donu.suiza@cancilleria.gov.co
· Sr. Alberto Brunori, Representante en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. E-mail: oacnudh@hchr.org.co
Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

***

Ginebra-París, 26 de noviembre de 2019

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu ,el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

E-mail: Appeals@fidh-omct.org
Tel. y fax: OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
Tel. y fax: FIDH: + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] Es una jornada de protesta convocada pacíficamente en la que millares de colombianos y colombianas han salido a las calles a exigir elreconocimiento y respeto de sus derechos.
[2] Ante estos hechos una comisión de verificación de la campaña “Defender la libertad asunto de todas”, que se encontraba en el lugar, hizouna cadena humana y posteriormente acordonaron el lugar, para que no se alterara la evidencia física, mientas exigían la presencia de la Fiscalía. Sin embargo, ésta solo llegó 6 horas después de los hechos.
[3] La Campaña Defender la Libertad: asunto de todas es una red de organizaciones contra la detención arbitraria, persecución judicial y criminalización de la protesta social en Colombia. En ese contexto, también sistematiza, compila y denuncia a nivel nacional e internacional las distintas modalidades de represión y uso abusivo de la Fuerza Pública. Para más información, véase: https://defenderlalibertad.com/boletin-informativo-2-22-de-noviembre/
[4] Por ejemplo, un joven perdió su ojo derecho en la ciudad de Bogotá producto de una bala de goma disparada por el ESMAD, y otras 2 personas tienen su pierna en riesgo por el impacto de un gas lacrimógeno lanzado el ESMAD a poca distancia.
[5] Se conocieron 47 casos de personas judicializadas, 19 en Bogotá, 3 en Medellín y 25 en Popayán.
[6] El artículo 155 de la Ley 1801 de 2016 dispone que: “Traslado por protección Cuando la vida e integridad de una persona o de terceros esté en riesgo o peligro, el personal uniformado de la Policía Nacional, podrá trasladarla para su protección o la de terceros, en los siguientes casos: Cuando deambule en estado de indefensión o de grave alteración del estado de conciencia por aspectos de orden mental, o bajo efectos del consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas o tóxicas, cuando el traslado sea el único medio disponible para evitar el riesgo a la vida o integridad de la persona o los terceros. Cuando esté involucrado en riña o presente comportamientos agresivos o temerarios, realice actividades peligrosas o de riesgo que pongan en peligro su vida o integridad o la de terceros, o esté en peligro de ser agredido cuando el traslado sea el único medio disponible para evitar el riesgo a la vida o integridad de la persona o los terceros.
[7] Véase el informe de misión de investigación del Observatorio, mayo de 2018: “COLOMBIA: No Hay Paz para las personas defensoras”, 2018: http://www.omct.org/files/2018/05/24862/informe_colombia.pdf
[8] Véase Llamado Urgente del Observatorio COL 007 / 1119 / OBS 095 de 20 de noviembre de 2019, disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgent-interventions/colombia/2019/11/d25610/.
[9] Johana Hincapié, es una lideresa social y comunitaria que promueve los derechos de las mujeres y hace parte del colectivo Ciudad y movimiento y del Congreso de los Pueblos.
[10] Johan Stiven Martínez, es un líder social y comunitario que promueve los derechos humanos en la localidad de Suba y hace parte del colectivo Ciudad y movimiento y del Congreso de los Pueblos.
[11] La Revista Cartel Urbano es un medio de comunicación independiente creado hace más de 14 años, una plataforma de difusión sobre temas culturales, agenda y arte callejero, especializada en audiencias de jóvenes y promueve el respeto a los derechos humanos. Para más información véase: https://cartelurbano.com/
[12] “Puro Veneno” es un colectivo artístico, que a través del arte gráfico promueve el respeto a los derechos humanosy el pensamiento crítico.
[13] “La otra danza” es una Compañía artística interdisciplinar para la investigación escénica con sede en Bogotá. Véase: https://www.semana.com/nacion/articulo/asi-quedo-un-taller-de-artes-plasticas-y-teatro-tras-allanamiento-de-la-policia-antes-del-paro-del-21-de-noviembre/640889
[14] Incluyendo un comunicado de prensa del partido Centro Democrático que criminalizaba el Paro.

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