La FIDH reconoce y reafirma [1] oficialmente el derecho de las personas a participar pacíficamente y convocar llamadas al boicot, desinversión y sanción (BDS) para protestar contra la ocupación y las políticas discriminatorias del Gobierno israelí, e insta a los Estados a que respeten y mantengan los derechos relacionados con la libertad de expresión, opinión, asociación y asamblea.
En 2005, la sociedad civil palestina pidió a las personas y organizaciones de la sociedad civil que aplicaran medidas de BDS hasta que Israel cumpla con sus obligaciones en materia de derecho internacional. Dada la falta de voluntad política para pedir la rendición de cuentas por parte de Israel, los activistas palestinos apelaron a medidas de BDS similares a las que se tomaron para acabar con el régimen del apartheid en Sudáfrica, en las que se han inspirado para lograr el cambio. Por tanto, el movimiento era y continúa siendo una respuesta política a una falta de acción política.
Libertad de expresión y opinión
El aumento de la repercusión del movimiento BDS ha tenido como consecuencia que se le ataque cada vez más y se le acuse de promover la discriminación o el antisemitismo, en un esfuerzo para desacreditar al movimiento. Los ataques contra este movimiento siguen en aumento. [2]
En respuesta a estos retos para la legitimidad del movimiento, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de opinión y de expresión, en su visita a Israel, examinó y reconoció los boicots como acciones "pacíficas, legítimas e internacionalmente aceptadas", protegidas en el marco de la libertad de expresión. Así, la manifestación de las opiniones que critican al Gobierno israelí por sus actos ilícitos no forma parte de las limitadas excepciones a la libertad de expresión al amparo del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. [3] Esta aceptación internacional del boicot se fundamenta y queda demostrada por su uso a lo largo de la historia para expresar oposición política y lograr cambios políticos urgentes. [4]
En opinión del Buró Internacional, el objetivo del movimiento BDS son las arraigadas políticas de ocupación ilegal y de discriminación de la población palestina por parte del Gobierno israelí, incluso cuando se trata de actitudes de complicidad e instigación de la ocupación. Por tanto, las personas deberían tener derecho a participar pacíficamente en medidas BDS y en hacer llamamientos para que se tomen, en protesta contra dichas políticas. Estos derechos son tan legítimos, legales y válidos como los ejemplos históricos de boicots, y se advierte del riesgo de llevar a cabo labores o iniciativas para restringir los derechos de libertad de expresión, opinión, asociación y asamblea, inclusive a través de la criminalización del ejercicio de estos derechos por fundamentos discriminatorios, entre otras, por opinión política o de otro tipo.
Se entiende que la motivación que sustenta el BDS es la oposición a la ocupación militar israelí y a sus políticas en los territorios palestinos ocupados. Sobre esta base, expresamos nuestro respaldo al derecho a instar o participar en actividades de BDS, que se ajustan a nuestra posición legal contra el racismo y la discriminación en todas sus formas, inclusive cuando se basa en la raza, color, origen nacional o social, idioma, religión, opinión política, sexo, identidad de género, orientación sexual o discapacidad.
Práctica reconocida por la ONU
Adoptar sanciones económicas también se ajusta al espíritu y al objetivo de la Carta de las Naciones Unidas y se ha aplicado en numerosas situaciones, incluso por el Consejo de Seguridad de la ONU. Esta práctica es aceptable, al amparo del derecho de los derechos humanos, siempre que las sanciones se refieran a "presión política y económica sobre la minoría gobernante del país para persuadirla a que respete el derecho internacional" y se esté alerta ante la posibilidad de que se produzca, y se deba mitigar, una "imposición colateral de sufrimientos a los grupos más vulnerables del país en cuestión", y se atenúen, cuando sea necesario, como ha reconocido el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. [5]
El Buró Internacional destaca el respaldo histórico de la ONU y de la comunidad internacional a las medidas de BDS en relación a otros contextos y está seriamente preocupado por el aumento de legislaciones nacionales que tratan de criminalizar y silenciar a los activistas de BDS. Los derechos humanos universales, como el de libertad de expresión, se deben defender imparcialmente, la ejecución unilateral de las normas de derecho internacional únicamente contribuirá a perpetuar el status quo tanto en Israel como en Palestina y en otras zonas de conflicto.
Defensoras y defensores de los derechos humanos
En 2011, Israel adoptó una ley que declaraba delito civil hacer un llamamiento al boicot contra Israel. [6] En respuesta, el Relator Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, el Relator Especial sobre los derechos de asamblea pacífica y asociación y el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de opinión y expresión, enviaron una carta conjunta para denunciar que la ley "vulnera el derecho a la libertad de opinión y expresión (…) y crea más incentivos para la autocensura, incluido en internet, para evitar litigios". [7]
El Buró Internacional de la FIDH subraya que las personas que piden pacíficamente que Israel respete el derecho internacional, a través de medios pacíficos mientras respetan los derechos de los demás, son defensores de los derechos humanos y como tales se les debe proteger. Las amenazas contra ellos son sintomáticas de la reducción del espacio para la sociedad civil en todo el mundo. Como parte del trabajo de la FIDH a través del Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, destacamos que los activistas que piden que se tomen medidas de BDS deben ser protegidos de leyes y otras prácticas estatales represivas y abusivas.
Teniendo en cuenta que se han propuesto o aprobado legislaciones similares en todo el mundo, las ONG internacionales de derechos humanos deben continuar poniendo de relieve las discrepancias en la política de los Estados sobre la discriminación israelí y la ocupación de los territorios de Palestina, defender inequívocamente el derecho de la ciudadanía, de las organizaciones de la sociedad civil y de las empresas de respaldar y de participar pacíficamente en medidas de boicot, desinversión y sanción, así como la obligación legal de los Estados, empresas y otros organismos de la sociedad de abstenerse de respaldar y de oponerse a la discriminación y a la ocupación de los territorios palestinos ocupados.