Estas organizaciones han remitido una presentación conjunta (EN) detallada al Comité de Ministros del Consejo de Europa, que supervisa la ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), solicitando que emita la decisión en su reunión del 9 al 11 de marzo de 2021. Las organizaciones afirman que Turquía continúa vulnerando los derechos de Demirtaş ya que no ha acatado la histórica sentencia dictada por este tribunal el 22 de diciembre de 2020, en la que se exige su liberación inmediata.
“El presidente Erdogan y las principales autoridades turcas han respondido a la sentencia del tribunal europeo que ordena la liberación de Demirtaş con argumentos falsos que no pueden aplicarse a su actual detención y alegan que los fallos del tribunal no son vinculantes para Turquía. El Comité de Ministros debe pedir a Turquía que ponga en libertad a Demirtaş inmediatamente y no permitir ninguna duda de que ignorar o tratar de eludir las sentencias del tribunal de Estrasburgo es inaceptable.”
Selahattin Demirtaş, antiguo copresidente del Partido Democrático de los Pueblos (HDP), un partido que defiende los derechos del pueblo kurdo, que forma parte de la oposición al gobierno del presidente Recep Tayyip Erdoğan, permanece retenido en la prisión de tipo F de Edirne, en el oeste de Turquía, desde el 4 de noviembre de 2016.
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que, con la detención inicial de Demirtaş, que posteriormente se prolongó durante más de cuatro años, el gobierno turco perseguía el propósito encubierto de impedirle llevar a cabo sus actividades políticas, privar a quienes votan de su representante electo, así como “reprimir el pluralismo y limitar la libertad de debate político: el núcleo mismo del concepto de sociedad democrática”.
Al ordenar la liberación inmediata de Demirtaş, el tribunal consideró que Turquía había vulnerado los derechos protegidos por los artículos 5.1 y 5.3 (derecho a la libertad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el artículo 10 (derecho a la libertad de expresión), el artículo 3 del Protocolo 1 (derecho a elecciones libres y justas) y el artículo 18 (uso indebido de las restricciones de derechos del Convenio), al pretender su encarcelamiento por motivos políticos.
Al concluir que el gobierno había actuado de mala fe (violación del artículo 18), el tribunal se refiere especialmente a la actual detención de Demirtaş desde el 20 de septiembre de 2019, que está relacionada con una investigación sobre las mortales manifestaciones que tuvieron lugar en el sureste de Turquía entre el 6 y el 8 de octubre de 2014. El tribunal de Estrasburgo declaró que lo que Turquía pretendía era “una nueva clasificación jurídica” de los mismos hechos, porque los mismos “actos e incidentes” habían constituido la base que motivó la detención de Demirtaş hasta el 2 de septiembre de 2019, hechos por los que ya está siendo juzgado.
Tras estimar que existía una continuidad entre los periodos de prisión provisional de Demirtaş, desde el 4 de noviembre de 2016 al 2 de septiembre de 2019 y, de nuevo, desde el 20 de septiembre de 2019 hasta la fecha, el tribunal calificó la orden del 20 de septiembre como un “regreso a la prisión preventiva”. El gobierno turco ha rechazado esta decisión y sostiene que Demirtaş se encuentra actualmente detenido en el marco de un asunto que no contempla el Tribunal Europeo.
“Como ya aclaró el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la detención de Demirtaş del 20 de septiembre de 2019 no fue en realidad una detención separada, sino un “regreso a la prisión preventiva” y una vulneración continuada de sus derechos en virtud del Convenio. El Comité de Ministros debe presionar a Turquía para que ponga fin inmediatamente al abuso de los procedimientos judiciales cuyo objeto es acosar a un político de la oposición.”
La petición de estas organizaciones ofrece un análisis completo del desarrollo de los acontecimientos políticos y jurídicos desde la emisión de la sentencia de la Gran Sala del TEDH –en particular, el nuevo auto de procesamiento contra Demirtaş– y las reiteradas declaraciones del presidente y de las principales autoridades turcas de que la sentencia de Demirtaş y las sentencias dictadas por el Tribunal Europeo en general no son vinculantes para Turquía.
“Acusar a una figura política tan destacada de 30 nuevos delitos graves por discursos políticos pronunciados en su mayoría hace 6 años, y que el tribunal ya consideró protegidos, es pura fachada, un velado intento de eludir el cumplimiento de la sentencia del tribunal que exige su liberación inmediata. La Gran Sala ya rechazó intentos anteriores de “reclasificación”, y es hora de que el Comité de Ministros dé una respuesta firme para romper el ciclo de evasión.”
Las organizaciones instaron al Comité de Ministros a someter el asunto de Demirtaş a sus procedimientos reforzados, tratándolo como un caso principal, y a indicar que su negativa continuada a cumplir la sentencia puede conducirles a llevar a Turquía ante el Tribunal Europeo por incumplimiento.
También instaron al Comité de Ministros a hacer un llamado al Gobierno turco para:
• Liberar inmediatamente a Demirtaş, como exige la sentencia del TEDH, y dejar claro que la sentencia se aplica a su detención actual y a cualquier acusación o detención futuras en las que la base fáctica o jurídica sea sustancialmente similar a la ya abordada por el TEDH en su sentencia;
• Cesar todos los procedimientos penales iniciados contra Demirtaş tras la enmienda constitucional que retiró su inmunidad, que fue considerada contraria a derecho por la Gran Sala del TEDH;
• Poner fin al abuso de procedimientos judiciales para acosar Demirtaş, a la represión del pluralismo, y a los límites a la libertad de debate político, enfatizando que este cese es esencial para restablecer los derechos de Demirtaş;
• Poner fin a las injerencias en los procedimientos judiciales contra Demirtaş, especialmente a los intentos de presión o influencia indebida sobre las autoridades judiciales; y
• Corregir públicamente las declaraciones falsas divulgadas por las principales autoridades turcas acerca de que la sentencia de la Gran Sala en el caso Demirtaş y las sentencias del Tribunal Europeo en general, no son vinculantes.