Carta conjunta de la sociedad civil al Parlamento de Eslovaquia

04/11/2021
Comunicado
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Nos dirigimos a ustedes en nombre de 110 organizaciones para expresar nuestra profunda preocupación por las actuales amenazas contra la salud y los derechos reproductivos de las mujeres en Eslovaquia.

En este momento, el Parlamento del país está debatiendo un proyecto de ley que, de aprobarse, impondría nuevos obstáculos al acceso a la atención en caso de aborto legal, lo que perjudicaría la salud y el bienestar de las mujeres y socavaría su capacidad de tomar decisiones, así como su privacidad. Por otro lado, obstaculizaría significativamente el acceso a información médicamente precisa sobre el aborto. En caso de promulgarse, esta legislación provocará un peligroso efecto de paralización en la prestación de servicios sanitarios para el aborto legal en Eslovaquia, lo que pondrá en riesgo la vida y la salud de las mujeres y aumentará el estigma negativo que rodea al aborto. Esta propuesta legislativa pretende ampliar el periodo de espera obligatorio que se exige actualmente antes de acceder a un aborto que se solicita, obligar a las mujeres a exponer los motivos por los que desean abortar y a proporcionar información privada cuando soliciten que se les practique un aborto. Esta información se transmitiría al Centro Nacional de Información Sanitaria. Estas propuestas pretenden asimismo restringir la información que el personal médico puede proporcionar públicamente sobre la atención al aborto, y reforzar el carácter disuasorio de la información que ya deben proporcionar por obligación.

Nuestras organizaciones están profundamente preocupadas por estas propuestas. Si se aprueban, contravendrán las directrices internacionales de salud pública, las mejores prácticas clínicas y las obligaciones internacionales de Eslovaquia en materia de derechos humanos.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que los países deben garantizar que se respete la decisión de las mujeres de acceder a la atención sanitaria al aborto legal y que la atención al aborto se preste "de forma que se respete la dignidad de la mujer, se garantice su derecho a la intimidad y se tengan en cuenta sus necesidades y perspectivas". Los mecanismos internacionales de derechos humanos han subrayado que los Estados deben garantizar la disponibilidad, la accesibilidad y la calidad de los servicios de aborto de conformidad con las directrices de la OMS. Han pedido a los Estados, entre ellos, a Eslovaquia, que eliminen los obstáculos que existe para el acceso al aborto legal y seguro, como los periodos de espera obligatorios, el asesoramiento obligatorio y sesgado, así como la falta de confidencialidad y privacidad. Los órganos de los tratados de las Naciones Unidas han establecido que la denegación del acceso al aborto puede suponer la violación de múltiples derechos humanos, como el derecho a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes y el derecho a la salud. Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha manifestado que los Estados tienen "una obligación positiva de crear un marco procesal que permita a una mujer embarazada ejercer efectivamente su derecho al aborto legal".

Ampliación de las esperas obligatorias en la prestación de servicios de aborto seguro: El aumento propuesto del periodo de espera obligatorio de 48 a 96 horas y su propuesta de aplicación a todo tipo de aborto, excepto cuando la salud o la vida de la mujer corran un riesgo inmediato, aumentaría sustancialmente los retrasos en el acceso de las mujeres a la atención del aborto, lo que pondría en peligro su salud y su vida.

La OMS ha subrayado que "los periodos de espera obligatorios pueden causar un retraso en la atención, lo que puede poner en peligro la capacidad de las mujeres para acceder a servicios de aborto seguros y legales".
La OMS ha indicado que "una vez que la mujer ha tomado la decisión [de abortar], el aborto debe proporcionarse tan pronto como sea posible" y sin demora. Los periodos de espera obligatorios también provocan discriminación y desigualdades sociales, ya que causa un aumento de los costes económicos y personales que conlleva lograr acceder a un aborto legal al hacer necesario al menos una visita adicional al servicio médico antes del aborto.

Los periodos de espera obligatorios también socavan la capacidad de acción y de decisión de las mujeres. La OMS ha dejado claro que los periodos de espera obligatorios "degradan a la mujer como tomadora de decisiones competente" y ha indicado que se deben eliminar los periodos de espera innecesarios desde el punto de vista médico para "garantizar que la atención al aborto se preste de forma que se respete a la mujer como tomadora de decisiones". Los mecanismos internacionales de derechos humanos han pedido en repetidas ocasiones a Eslovaquia que suprima los periodos de espera obligatorios antes del acceso a la atención del aborto.

Restringir el acceso a información médicamente precisa sobre el aborto: La propuesta de prohibición de la llamada "publicidad sobre la necesidad o la disponibilidad" de la atención al aborto limitaría la capacidad de los servicios médicos y los centros de salud para proporcionar información fundada en datos sobre el aborto y sobre el lugar en el que las mujeres pueden acceder al aborto legal. La legislación tendría un efecto paralizante en relación a la provisión de dicha información por parte de los sersvicios médicos, lo que daría lugar a nuevas restricciones en el acceso de las mujeres a la información sobre la atención del aborto legal y, por tanto, infringiría su derecho a la información y pondría en peligro su salud y seguridad.

Además de limitar la capacidad del personal médico para proporcionar de forma pública información médicamente precisa sobre el aborto, estas propuestas pretenden reforzar el carácter disuasorio de la información que los servicios sanitarios ya están obligados a proporcionar a las mujeres que desean abortar. Los mecanismos internacionales de derechos humanos han subrayado que las restricciones legales a la información fundada en datos sobre salud sexual y reproductiva, entre otros, sobre el aborto seguro y legal, son contrarios a la obligación de los Estados de garantizar el derecho de las mujeres al más alto nivel posible de salud. Han dejado claro que "tales restricciones impiden el acceso a la información y a los servicios, y pueden alimentar la estigmatización y la discriminación" y han pedido a los Estados que "garanticen la disponibilidad pública de información precisa y basada en pruebas sobre el aborto y su disponibilidad legal". Del mismo modo, la OMS ha subrayado la importancia de garantizar el acceso a información fundada en datos sobre el aborto y los derechos a la atención sanitaria reproductiva legal.

Los mecanismos internacionales de derechos humanos y la OMS también han destacado la obligación de los Estados de garantizar que las mujeres puedan acceder a información de buena calidad sobre salud sexual y reproductiva que sea científica y médicamente precisa y que deben abstenerse de "censurar, retener o tergiversar intencionadamente" dicha información. Con este fin, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU ha instado recientemente a Eslovaquia a garantizar que "los profesionales de la salud proporcionen información médicamente precisa y no estigmatizante sobre el aborto".

Obligar a las mujeres a declarar los motivos del aborto: exigir a las mujeres que desean abortar que declaren los motivos de su decisión, algo que por lo general es una cuestión muy personal y privada, podría disuadirlas de recurrir al sistema sanitario oficial. Los mecanismos internacionales de derechos humanos ya han instado a Eslovaquia a que "garantice la confidencialidad de los datos personales de las mujeres y niñas que solicitan un aborto, incluso suprimiendo la obligación de comunicar los datos personales de dichas mujeres y niñas al Centro Nacional de Información Sanitaria".

Si se aprueba, esta legislación será totalmente contraria a las directrices internacionales de salud pública y a las mejores prácticas clínicas. Socavará el cumplimiento por parte de Eslovaquia de sus obligaciones en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos para garantizar los derechos de las mujeres a la salud, la privacidad, la información, a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, y los principios de no discriminación e igualdad en el disfrute de los derechos. Además, la adopción de estas propuestas será contraria al principio jurídico internacional fundamental de no reversión. En su examen de Eslovaquia de 2019, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU instó explícitamente al Estado a abstenerse de aplicar cualquier retroceso en relación con los derechos de salud sexual y reproductiva de las mujeres.

Pedimos a todos los miembros del Parlamento que rechacen estas propuestas legislativas regresivas y perjudiciales en relación con el acceso a la atención del aborto y que se abstengan de nuevos intentos de restringir y violar los derechos reproductivos de las mujeres en Eslovaquia.

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