París, 5 de marzo de 2026. Las conclusiones del CEDS (disponibles en francés y en inglés) son inequívocas: "las ordenanzas municipales agravan la situación de las personas desfavorecidas que únicamente pueden garantizar su supervivencia en el espacio público, lo que refuerza su exclusión social y su marginación".
Aunque los municipios tienen competencias para ofrecer apoyo a las personas sin hogar, muchos de ellos continúan recurriendo a medidas represivas contra la pobreza. Las ordenanzas municipales que prohíben la mendicidad y otros comportamientos cotidianos que pueden adoptar las personas en situación de calle –como la ocupación "abusiva y prolongada" del espacio público, "sentarse o tumbarse", el consumo de alcohol o la presencia de perros, incluso con correa–, funcionan, en la práctica, como auténticas "cacerías de pobres".
Para justificar estas medidas, los municipios alegan motivos como el "atractivo turístico", las fiestas y actividades de fin de año y la necesidad de mantener el orden público. Argumentan, además, que sus prohibiciones están limitadas en el tiempo y geográficamente. Sin embargo, el CEDS constata que, en realidad, los municipios afectados confieren a la policía municipal un poder sancionador arbitrario: en la gran mayoría de los casos, la represión se desencadena por la mera presencia de personas sin hogar en el espacio público, sin que su comportamiento represente amenaza alguna.
El CEDS subraya que este enfoque punitivo es contraproducente: las multas y las expulsiones no reducen el número de personas sin hogar ni mejoran la seguridad pública. Por el contrario, profundizan su aislamiento, al alejar a estas personas de los lugares donde reciben alimentos, atención sanitaria, alojamiento temporal, acompañamiento social y de descanso, lo que aumenta los riesgos a los que se enfrentan en la calle.
Existen recursos judiciales para impugnar estas ordenanzas municipales ; nuestras organizaciones recurren regularmente a la justicia en este sentido, pero su eficacia es limitada. En la mayoría de los casos, las medidas continúan aplicándose durante todo el tiempo que dura el procedimiento. Aún más grave: a pesar de las anulaciones, las autoridades municipales vuelven a adoptarlas poco después. Por su parte, las prefecturas no ejercen el control de legalidad que les corresponde.
El CEDS reconoce que estas ordenanzas son discriminatorias, que penalizan comportamientos de subsistencia intrínsecamente ligados a la precariedad y a la falta de hogar. Además contribuyen a perpetuar "el mito de que las personas pobres son responsables de su situación".
Por unanimidad, el CEDS concluye que la multiplicación de estas ordenanzas en Francia viola el artículo 30 de la Carta Social Europea revisada, así como su artículo E, que prohíbe expresamente la discriminación.
Nuestras organizaciones consideran que esta decisión debe marcar un punto de inflexión: es momento de poner fin a las políticas que privan a las personas en situación de pobreza del acceso al espacio público, las sancionan por su condición y las excluyen por el mero hecho de ser pobres.
"… la criminalización de las actividades de subsistencia en el espacio público vulnera los derechos humanos."