Resolución sobre la pena de muerte en la República de Belarús

19/11/2019
Declaración

La República de Belarús sigue siendo el único país de Europa y de la antigua Unión Soviética que aplica la pena de muerte en la práctica.

A pesar de la tendencia observada desde 1999 de una disminución significativa del número de ejecuciones, en el país se ejecutan anualmente entre dos y cuatro personas y existen 12 delitos que se castigan con la pena de muerte en virtud del Código Penal de la República de Belarús.
Los defensores y defensoras de los derechos humanos de Belarús han señalado repetidamente los numerosos problemas asociados con el uso de este tipo de sanción: la imposibilidad de apelar contra las sentencias de muerte impuestas por el Tribunal Supremo de la República de Belarús, la prohibición de recibir los cuerpos de los prisioneros ejecutados y la prohibición de informar del lugar de su entierro.
Es motivo de especial preocupación el uso de la pena de muerte ante los graves problemas que plantea el funcionamiento de un poder judicial y una profesión jurídica independientes en el país; el uso de la tortura y de los tratos crueles e inhumanos, en particular durante la instrucción de los casos, así como la inexistencia de una institución nacional de derechos humanos que incluya mecanismos para la prevención de la tortura; el incumplimiento por parte de la República de Belarús de sus obligaciones internacionales en virtud de la ratificación del Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en lo que respecta a la aplicación de las ejecuciones, a pesar de las medidas provisionales de protección del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y del incumplimiento de los dictámenes del Comité adoptados en las comunicaciones individuales de los ciudadanos de Belarús, entre otras, a las personas con condenas de pena de muerte.
Cabe señalar que la Constitución de la República de Belarús prevé el carácter temporal de la pena de muerte y la posibilidad de que no se aplique como consecuencia de una moratoria introducida por el presidente del país, o su abolición total. Tanto las organizaciones de derechos humanos bielorrusas como las internacionales han pedido en repetidas ocasiones a las autoridades del país que establezcan una moratoria sobre las ejecuciones como primer paso hacia su abolición.

Reconociendo, sin duda, la pena de muerte como un tipo de castigo cruel, inhumano y degradante, la FIDH, reunida en Taipei, Taiwán del 21 al 25 de octubre de 2019 en su 40 Congreso Mundial, insta a las autoridades de Belarús a que:

• Establezcan inmediatamente una moratoria sobre el uso de la pena de muerte en la República de Belarús como primer paso hacia su completa abolición.
• Suscriban el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, comprometiéndose así a no aplicar la pena de muerte en ninguna circunstancia.

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