París, 27 de marzo de 2025. Tras la remisión por parte de Lituania de la situación de Belarús a la Fiscalía de la CPI el 30 de septiembre de 2024 y la posterior apertura de un examen preliminar, seis organizaciones bielorrusas e internacionales de derechos humanos han presentado a la Fiscalía una comunicación en virtud del artículo 15 en la que aportan pruebas de posibles crímenes de lesa humanidad cometidos por las autoridades bielorrusas desde mayo de 2020. Se han presentado entre otros, pruebas de deportación y persecución cometidas contra una parte de la población civil bielorrusa, incluso contra personas bielorrusas residentes en el extranjero.
Esta Comunicación demuestra especialmente que las autoridades bielorrusas generaron un ambiente de miedo, terror y persecución para “limpiar” la población de personas “desleales”, lo que obligó al 6,4 % de la población bielorrusa a huir del país en 2020. Por otra parte, las autoridades bielorrusas continuaron persiguiendo a bielorrusos/as que habían tenido que exiliarse y a quienes residen en el extranjero a través de un acoso judicial sistemático, con actos como juicios en rebeldía, así como intimidación y amenazas contra las personas exiliadas y sus familiares que permanecen en Belarús, difusión pública de discursos de odio, registros injustificados, confiscación de bienes y privación total de acceso a los servicios públicos, lo que supone incluso la imposibilidad de obtener documentos de identidad, que de facto provoca apatridia.
La Comunicación se ha redactado a partir de entrevistas con testigos y víctimas de presuntos delitos, complementadas con un amplio análisis de fuentes de acceso abierto, entre las que cabe mencionar declaraciones públicas de autoridades gubernamentales bielorrusas, que demuestran que los presuntos delitos se cometieron como parte de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra la parte de la población civil bielorrusa que las autoridades perciben como “desleal”. Se demuestra asimismo que las autoridades bielorrusas aplican una política de Estado para intimidar y castigar a quienes consideran “desleales”, en una campaña que las autoridades han descrito en reiteradas ocasiones como una “limpieza de la sociedad”.
Aunque la República de Belarús no es parte en el Estatuto de Roma, esta comunicación proporciona un análisis jurídico que demuestra que la Corte Penal Internacional puede ejercer su jurisdicción, ya que al menos un elemento de estos presuntos crímenes se cometió en el territorio de países que son Estados partes en el Estatuto de Roma.
En cuanto a la situación de Belarús, la Plataforma Internacional de Responsabilidad para Belarús (IAPB) y Reporteros sin Fronteras (RSF) habían presentado anteriormente dos Comunicaciones del Artículo 15 a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.