Belarús: modificación del Código Penal no deja espacio para actividades legales de #DDHH

31/01/2022
Declaración
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París-Ginebra, 31 de enero de 2022 – El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos (OMCT-FIDH) expresa su más profunda preocupación por la reintroducción de la responsabilidad penal por la participación de las personas en ONG no registradas, lo que puede resultar en penas de cárcel de hasta dos años para los miembros y líderes de las organizaciones de la sociedad civil. Ante la actual represión de las personas defensoras y organizaciones de derechos humanos en el país, la nueva enmienda equipara efectivamente las actividades de derechos humanos con los delitos penales.

El 22 de enero de 2022 entró en vigor una enmienda al Código Penal bielorruso que vuelve a tipificar como delito las actividades individuales en ONG no registradas, según el artículo 193-1. Esta enmienda establece que cualquier participación en ONG no registradas o liquidadas, partidos políticos, organizaciones religiosas u otras fundaciones se podrá castigar con una multa o con arresto y penas de prisión de hasta dos años.

El Observatorio recuerda que, tan solo en 2021 las autoridades cerraron más de 275 organizaciones de derechos humanos y otras organizaciones independientes por motivos políticos, por lo que no queda ni una sola ONG de derechos humanos funcionando legalmente en el país. En el momento de la publicación de esta declaración, de las 1000 personas encarceladas por motivos políticos actualmente en Belarús, al menos 33 son defensoras de los derechos humanos y varios cientos más han abandonado el país. Como la participación en actividades de organizaciones no registradas se convierte en un delito, todas las demás personas defensoras de los derechos humanos que quedan se enfrentan a la amenaza adicional de ser juzgadas por el mero hecho trabajar en una entidad no registrada.

El Observatorio recuerda que entre 2005 y 2019 estuvo en vigor una versión casi idéntica del artículo 193-1. Durante ese tiempo, en repetidas ocasiones se criticó el artículo 193-1 por no ajustarse a las normas de derechos humanos. Como destacó la Comisión de Venecia en 2011, esta disposición tiene por objeto intimidar a la sociedad civil y su mera existencia tiene un efecto intimidatorio sobre las ONG y sus miembros. La Comisión de Venecia subrayó además que esta disposición es contraria a las obligaciones de Belarús en materia de derechos humanos en virtud del PIDCP, como el derecho a pertenecer y formar una asociación.

Para registrarse, las OSC deben cumplir unos estrictos requisitos que hacen muy difícil la constitución de una nueva organización o su reinscripción, sobre todo porque las autoridades bielorrusas cuentan con toda una serie de posibilidades para denegar los registros de forma arbitraria. Viasna, un importante grupo de derechos humanos y miembro de la OMCT y de la FIDH, fue desinscrita en 2003y desde entonces ha intentado sin éxito volver a registrarse, lo que ha obligado a la organización a continuar su trabajo sin estar formalmente constituida.

El Observatorio está profundamente preocupado por la reciente reintroducción del artículo 193-1 del Código Penal bielorruso, que se utiliza como instrumento de represión de la sociedad civil en Belarús. Esta enmienda constituye una flagrante violación de las normas internacionales y regionales de derechos humanos e infringe los derechos fundamentales de una sociedad democrática, como la libertad de expresión y la libertad de asociación.

Por todo ello, el Observatorio insta a las autoridades bielorrusas a cumplir plenamente con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, como Estado parte del PIDCP, y respetar el derecho a la libertad de asociación. El Observatorio insta además a las autoridades a respetar y proteger plenamente el trabajo de las personas defensoras y organizaciones de derechos humanos y a garantizar que puedan trabajar sin obstáculos ni temor a represalias. Por último, el Observatorio pide la liberación inmediata e incondicional de todas las personas defensoras de los derechos humanos que actualmente se encuentran en detención arbitraria en Belarús y que se ponga fin a la persecución administrativa y penal arbitraria de las personas defensoras y las organizaciones de derechos humanos.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH, cuyo objeto es evitar o remediar situaciones concretas de represión contra las personas defensoras de los derechos humanos. Tanto la FIDH como la OMCT son miembros de ProtectDefenders.eu, el mecanismo de la Unión Europea para las personas defensoras de los derechos humanos desarrollado por la sociedad civil internacional.

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