Venezuela: Criminalización de Vannesa Rosales

12/01/2021
Llamado urgente

VEN 001 / 0121 / OBS 006
Liberación /
Criminalización /
Violación al debido proceso /
Venezuela
12 de enero de 2021

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Venezuela.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con profunda preocupación información sobre la liberación y la continuación de la criminalización de Vannesa Rosales en represalia a su defensa de los derechos sexuales y reproductivos. Vanessa Rosales es defensora de los derechos de las mujeres, maestra, trabajadora social y fundadora del núcleo del Programa de Estudios Abiertos de la Universidad Politécnica Territorial de Mérida (UPTM) en las áreas de enfermería, salud integral, contaduría en gestión comunal, prevención del delito y criminología.

El 11 de enero de 2021, el Tribunal Penal de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, otorgó medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad de arresto domiciliario a Vannesa Rosales, quien se encontraba detenida en el Centro Penitenciario de Mérida desde el 12 de octubre de 2020.

Ese día, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) allanaron su domicilio sin una orden judicial en la comunidad de Pueblo Nuevo, Mérida, y procedieron a su detención, acusándola de brindar información y medicamentos para la interrupción voluntaria del embarazo a una chica de 13 años que había quedado embarazada producto de una violación y cuya vida se encontraba en grave riesgo a causa de la gravidez.

Durante el allanamiento, le fueron decomisados su ordenador personal y material relativo a su labor en defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

El 16 de octubre de 2020, en violación al plazo legal de 36 horas establecido en el Código Orgánico Procesal Penal para los casos de aprehensión en flagrancia, tuvo lugar la audiencia de presentación de Vannesa Rosales ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Mérida. La Fiscalía formuló la imputación por el delito de “aborto provocado” (art. 432 Código Penal Venezolano) con la agravante de haberse cometido en una adolescente (art. 217 de la Ley Orgánica de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes). Sin embargo, el juez asignado agregó los delitos de “agavillamiento” (art. 286 en concordancia con los arts. 86 y 83 del Código Penal Venezolano) y “asociación para delinquir” (art. 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo), que prevén penas de prisión superiores a los cuatro años. La Fiscalía ratificó dichos delitos; sin embargo, los representantes legales de Vannesa Rosales conocieron extraoficialmente esta decisión y cuando el lapso de investigación del Ministerio Público ya había vencido.

El 14 de diciembre de 2020 fue cancelada la audiencia preliminar del caso contra Vannesa Rosales, sin que se fijara una nueva fecha para celebrar la audiencia.

El 22 de diciembre de 2020 la defensa de Vannesa Rosales interpuso un amparo constitucional ante la Corte de Apelaciones de Mérida, alegando que el plazo para formular la audiencia preliminar se había vencido. Los abogados de Vannesa Rosales fueron posteriormente informados por llamada telefónica de que el recurso había sido rechazado. Sin embargo, nunca recibieron una notificación oficial por escrito.

El Observatorio alerta de que, en los tres meses de detención arbitraria en el Centro Penitenciario de Mérida, la salud mental y física de Vannesa Rosales deterioraron gravemente debido al acceso limitado a medicación, así como a la ausencia de agua potable y a alimentación en el penal, los cuales tenían que ser proporcionados a diario por su familia.

Asimismo, el Observatorio destaca que los representantes legales de Vannesa Rosales no han tenido acceso a la acusación formal del Ministerio ni pudieron reunirse con ella de manera privada mientras se encontraba detenida. De la misma manera, la defensora sólo pudo reunirse con sus familiares en dos ocasiones y siempre con la presencia de funcionarios penitenciarios.

El Observatorio rechaza contundentemente la criminalización y violación del derecho al debido proceso de Vannesa Rosales y muestra su más alta preocupación por el hostigamiento y el uso indebido del derecho penal contra quienes defienden los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en un contexto de elevada mortalidad materna, ausencia de atención médica efectiva, embarazo adolescente y de ejecución de abortos inseguros.

Asimismo, el Observatorio destaca que la criminalización de Vannesa Rosales se enmarca en un contexto de una política sistemática de estigmatización, persecución y criminalización de las personas defensoras de derechos humanos en el país, que, como el Observatorio denunció en su informe publicado en marzo del 2020, son calificadas por las autoridades del país como “enemigos internos” que buscan desestabilizar la nación.

Por todo ello, el Observatorio urge a las autoridades venezolanas a poner fin a todo tipo de hostigamiento, incluido a nivel judicial, en contra de Vannesa Rosales y de todas las personas defensoras de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Venezuela.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Venezuela urgiéndolas a:

i. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de Vannesa Rosales;

ii. Velar por que se respeten las garantías del debido proceso y se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo al nivel judicial, en contra de Vannesa Rosales, y en general, en contra de todas las personas defensoras de derechos humanos en Venezuela.

Direcciones:

• Sr. Nicolás Maduro Moros, Presidente de Venezuela. Twitter: @NicolasMaduro.
• Sr. Tarek William Saab, Fiscal General de la República. Email: ministeriopublico@mp.gob.ve; Twitter: @tarekwilliamsaab
• Sr. Néstor Luis Reverol, Ministro del Interior, Justicia y Paz. E-mail: mijcudecon@gmail.com
• Dr. Alfredo Ruiz, Defensor del Pueblo. E-mail: contacto@defensoria.gob.ve
• Sr. Jorge Valero, Embajador de la Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra. E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int
• Sra. Claudia Salerno Caldera, Embajada de Venezuela en Bruselas. E-mail: embve.bebrs@mppre.gob.ve

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Venezuela en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris, 12 de enero de 2020

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
• E-mail: Appeals@fidh-omct.org
• Tel. OMCT: + 41 22 809 49 39
• Tel. FIDH: + 33 1 43 55 25 18

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