Incumplimiento de Nicaragua requiere respuesta coordinada de Estados de la OEA

24/04/2025
Comunicado
Inti Ocon / AFP

Estados miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA) manifestaron su preocupación frente al incumplimiento sistemático y permanente del Estado de Nicaragua a las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), dirigidas a proteger la vida en integridad de personas nicaragüenses víctimas del régimen.

París, 24 de abril de 2025. La FIDH destaca el llamado realizado ayer por parte de algunos Estados miembros de la OEA para que en aplicación del mecanismo de garantía colectiva en derechos humanos pueda haber una acción coordinada de los Estados americanos para que el Estado de Nicaragua cumpla sus obligaciones internacionales e igualmente puedan apoyar a solventar la grave desprotección en la que se encuentran miles de nicaragüenses quienes desde el destierro y exilio forzado padecen graves violaciones a sus derechos humanos.

El Estado de Nicaragua ha ignorado los diferentes llamados de la comunidad internacional para atender y remediar la grave situación de derechos humanos que padece el país desde abril de 2018. Ayer, 23 de abril, la Presidenta de la Corte IDH dio a conocer ante el Consejo Permanente de la OEA el desacato sistemático de sus decisiones proferidas desde 2021 en el marco de las Medidas Provisionales en el caso Juan Sebastían Chamorro y otros respecto de Nicaragua.

La FIDH, representa a 14 personas nicaragüenses víctimas en ese asunto y junto con otras organizaciones, en audiencia del 4 de febrero de 2025, solicitó a la Corte IDH, entre otros que se insistiera "ante los Estados Miembros de la OEA, tomar todas las medidas a su alcance para que el Estado de Nicaragua cumpla lo ordenado por la Corte y cese la grave y urgente situación de desprotección en que se encuentran las personas beneficiarias de estas medidas."

Los Estados de Canadá, Costa Rica, Paraguay, Chile, Brasil, Uruguay y Estados Unidos, manifestaron su preocupación por la situación en Nicaragua y el desacato reiterado. Y algunos de ellos como Costa Rica y Chile, llamaron a los Estados miembros a tomar conciencia colectiva sobre el gravedad del incumplimiento a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la responsabilidad colectiva de todos los Estados de actuar si uno de los Estados miembro no lo hace.

Recordamos que la garantía colectiva en derechos humanos a nivel interamericano se entiende como la obligación que recae sobre los actores miembros del sistema de garantizar la aplicabilidad y eficacia de las decisiones de los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de cooperar de buena fe en la observancia de los derechos humanos. Por ello, y aunque la responsabilidad principal recae en el Estado de Nicaragua, como estado parte de la Convención Americana de Derechos Humanos, es fundamental que los otros Estados miembros puedan hacer el monitoreo e impulsar las acciones que consideren para paliar la grave situación en la que se encuentran las personas víctimas de las graves violaciones de derechos humanos cometidas por el Estado nicaragüense.

La FIDH representa a 14 personas víctimas en el caso Juan Sebastían Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Una de ellas, el Sr. Manuel Urbina Lara se encuentra en detención arbitraria desde el 4 de enero de 2021. Fue procesado y condenado sin ninguna garantía al debido proceso y a pesar de que su condena fue cumplida en febrero de 2025, aún no ha sido liberado. El Sr. Urbina Lara se encuentra en situación de aislamiento y ha sido sometido a tortura y tratos crueles inhumanos y degradantes durante su detención. Exigimos su libertad inmediata, así como la de todas las otras personas detenidas por motivos políticos.

Las otras 13 personas que representa la FIDH, fueron detenidas arbitrariamente, procesadas y condenadas sin garantías a su debido proceso y en el 2022 fueron desterradas, privadas arbitrariamente de su nacionalidad y de sus bienes y se encuentran en situación de desprotección total y expuestas a sufrir daños irreparables en sus derechos a la vida digna, vida privada y familiar, integridad personal, salud, libertad de movimiento y en su proyecto de vida.

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