Nicaragua: Detención arbitraria y criminalización de los Sres. Jaime Ramón Ampié Toledo, Julio José Ampié Machado y William Efraín Picado Duarte

07/06/2018
Llamado urgente

NIC 002 / 0618 / OBS 081
Detención arbitraria / criminalización
Nicaragua
7 de junio de 2018

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la FIDH y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Nicaragua.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido información de fuentes fidedignas sobre la detención arbitraria y la criminalización del Sr. Jaime Ramón Ampié Toledo, Coordinador de la CPDH en el departamento de Boaco, y de los Sres. Julio José Ampié Machado y William Efraín Picado Duarte, integrantes de la CPDH – Boaco, y sobre la detención arbitraria del Sr. Reynaldo Antonio Lira Luquez, también integrante de la CPDH.

Según las informaciones recibidas, el 30 de mayo de 2018, los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado, William Efraín Picado Duarte y Reynaldo Antonio Lira Luquez, acompañados por los hijos menores de edad del Sr. Jaime Ramón Ampié Toledo y dos conductores, viajaron al municipio de Rivas para verificar denuncias de que en el puesto fronterizo con Costa Rica, miembros del Ejército abusarían sexualmente de las personas que cruzan la frontera. La delegación también iba a atender una denuncia de que en Rivas se encontraría una de las personas desaparecidas en el marco de la represión de las protestas por parte del gobierno nicaragüense. Durante estas diligencias, fueron detenidos por el Ejército y entregados a la Policía Nacional en Rivas.

El Sr. Marcos Carmona, Secretario General de la CPDH, se presentó en la estación de la Policía Nacional de Rivas ese mismo día alrededor de las 5:30 p.m. Un agente de la policía le informó que los integrantes de la delegación iban a ser liberados, sin embargo, a los pocos minutos, expresó que la Policía no los iba a entregar, y que quedaban bajo investigación. El 31 de mayo, los dos hijos del Sr. Ampie Toledo y los dos conductores fueron liberados.

En la audiencia realizada el 5 de junio de 2018, el Juzgado Décimo Penal de Audiencia de Managua aceptó la acusación formulada por la Fiscalía y dictó prisión preventiva contra los Sres. Jaime Ramón Ampié Toledo, Julio José Ampié Machado y William Efraín Picado Duarte por supuestas “lesiones graves” y “exposición de personas al peligro”. El Sr. Lira Luquez, quien estaba por su parte acusado por amenazas con arma de fuego, fue liberado y el juez rechazó la acusación en su contra, al considerar que no llenaba los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal.

Según la acusación, los Sres. Jaime Ramón Ampié Toledo, Julio José Ampié Machado y William Efraín Picado Duarte habrían estado presentes en el lugar del asesinato en perjuicio de Jorge Gastón Palacios, integrante de un grupo de manifestantes sandinistas, quien murió de un disparo en el tórax en un tranque en el empalme de Boaco el 25 de mayo y habrían disparado contra partidarios del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN). En la acusación, la Fiscalía atribuye al Sr. Christopher Enríquez Ampié, desconocido de la CPDH, el delito de asesinato en perjuicio de Jorge Gastón Palacios.

Cabe resaltar que el Sr. Jaime Ramón Ampie Toledo sufrió un ataque el pasado 25 de mayo en Boaco, donde se le disparó con arma de fuego. Por esta razón, se trasladó temporalmente a Managua ese mismo día. Fue en este contexto que las personas detenidas y sus acompañantes viajaron el 30 de mayo al municipio de Rivas desde Managua.

El Observatorio expresa su profunda preocupación por la detención arbitraria y la criminalización de los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado y William Efraín Picado Duarte, que parece deberse a sus legítimas actividades de defensa de los derechos humanos y enmarcarse en la estrategia del gobierno nicaragüense de represión contra la población civil, incluyendo a los defensores de derechos humanos.

El Observatorio recuerda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en sus observaciones preliminares tras su visita a Nicaragua del 17 al 21 de mayo de 2018, solicitó al Estado nicaragüense “garantizar en todas circunstancias que defensoras y defensores de derechos humanos pudieran llevar a cabo sus legítimas actividades de defensa de los derechos humanos, libres de cualquier restricción y sin temor a sufrir represalias” [1].

En ese sentido, el Observatorio insta a las autoridades nicaragüenses a liberar inmediata e incondicionalmente a los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado y William Efraín Picado Duarte, poner fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo a nivel judicial, en su contra así como a garantizar su seguridad e integridad física y psicológica.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Nicaragua urgiéndolas a:

  1. Liberar de forma inmediata a los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado y William Efraín Picado Duarte;
  1. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la integridad física y psicológica de los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado y William Efraín Picado Duarte, de los integrantes de la CPDH así como en general, de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Nicaragua;
  1. Velar por que se respeten las garantías del debido proceso y se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo hostigamiento judicial, contra los Sres. Jaime Ramón Ampie Toledo, Julio José Ampie Machado y William Efraín Picado Duarte, los integrantes de la CDPH, y en general contra todos los defensores de derechos humanos en Nicaragua;
  1. Iniciar una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre el ataque contra el Sr. Jaime Ramón Ampie Toledo, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente e imparcial, y aplicarles las sanciones previstas por la ley;
  1. Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público por parte del presidente de la República y otros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabo por los defensores y defensoras de derechos humanos en Nicaragua;
  1. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2.
  1. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Nicaragua.

Direcciones:

Sr. José Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Correo: presidencia@presidencia.gob.ni
Sr. Luis Roberto Callejas Callejas, Presidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional de Nicaragua. Correo: defensa@asamblea.gob.ni
Sr. Raul Benito Herrera Rivera, Vicepresidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y erechos Humanos de la Asamblea Nacional de Nicaragua. Correo: defensa@asamblea.gob.ni
Sr. Filiberto Jacinto Rodríguez López, Vicepresidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional de Nicaragua. Correo: rfilibertojacinto@yahoo.com
Sr. Edwin Illescas A., Secretario Legislativo de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional de Nicaragua, Correo: edwini@asamblea.gob.ni/ defensa@asamblea.gob.ni
Sr. Hernán Estrada Roman, Embajador de Nicaragua ante las Naciones Unidads y otras organizaciones internacionales en Ginebra. Correo: mission.nicaragua@cancilleria.gob.ni; mission.nicaragua@ties.itu.int
Mauricio Lautaro Sandino Montes, Ambassador, Embajador de Nicaragua en Bruselas. Correo: embanic.bruselas@skynet.be, embanic.rosa.vila@skynet.be

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Nicaragua en sus respectivos países.

***
Paris-Ginebra, 7 de junio de 2018

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
E-mail: Appeals@fidh-omct.org
Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

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