El Congreso restringe la libertad de asociación - Presidente Giammattei debe vetar el Decreto

14/02/2020
Comunicado
en es

Ginebra-Paris, 14 de febrero de 2020 – Con la aprobación del Decreto 4-2020 el Congreso guatemalteco ha establecido peligrosas limitaciones a la libertad de asociación evidenciando que mantiene la ofensiva contra el Estado de derecho iniciada durante la anterior legislatura, denunció el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (OMCT-FIDH).

El nuevo artículo 15, modificado por el Decreto 4-2020, debido a la vaguedad de su redactado, otorga una grave discrecionalidad en la posible disolución de ONGs que actúen fuera del orden público. A su vez, el mismo artículo también autoriza la criminalización de las y los integrantes y de aquellas ONG que utilicen financiamiento externo "para realizar actividades que alteren el orden público en el territorio nacional".

Estas medidas confirman lo establecido en el texto de la iniciativa 5257 inicialmente presentada en 2017 que ya establecía limitaciones y nuevos obstáculos para la labor que desarrollan las ONG[1]. De igual forma, es alarmante como el artículo 16 establece que existirá un proceso de cancelación como ONG cuyo recurso de revocatoria será resuelto por el Ministerio de Gobernación (o por el órgano ejecutivo) y no por un recurso o instancia judicial, prueba de imparcialidad y derecho al debido proceso.

Además, es importante señalar que, tal y como había sido denunciado por la sociedad civil incluido un informe de la FIDH en 2019[2], las ONG tendrán la obligación de informar de la recepción de fondos del extranjero, identificando la cantidad recibida, el origen de los mismos y su finalidad. Atendiendo al nivel de dependencia de las organizaciones nacionales respecto de los recursos internacionales y a que las acusaciones de vigilancia y espionaje a las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos han sido una constante en Guatemala, esta medida parece una forma de más controlar a las organizaciones y de obstaculizar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de asociación[3], estas trabas para el financiamiento internacional de las ONG son además contrarías a los estándares internacionales en términos de libertad de asociación.

Este decreto aprobado, retoma el texto de la iniciativa 5257 del año 2017 que ya había generado gran preocupación y alarma por parte de organizaciones de derechos humanos, de la sociedad civil a nivel nacional e internacional y de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos[4], así como del Parlamento Europeo[5]. A pesar de esto, resulta condenable que su aprobación además ocurriera sin ser anteriormente agendada o prevista en el orden del día de la legislatura y producida en el contexto de un debate sobre la situación de emergencia del Coronavirus.

El Observatorio recuerda que la anterior legislatura del Congreso guatemalteco y el accionar del ejecutivo presidido por Jimmy Morales se caracterizaron por una serie de medidas regresivas para los derechos humanos incluyendo intentos claros de perjudicar la lucha contra la impunidad y la corrupción que cristalizaron, entre otras medidas, en la no renovación del mandato de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), así como en acciones contra la Corte de constitucionalidad y contra otros operadores de justicia. La agenda de leyes regresivas como la Ley de ONG o la conocida como Ley de Amnistía, así como el aumento de agresiones contra las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos también caracterizaron el periodo anterior.

Por todo lo anterior, el Observatorio considera que el nuevo Presidente Alejandro Giammattei se enfrenta a una primera de fuego en la que tiene la oportunidad de demostrar su compromiso con los derechos humanos y el Estado de Derecho a través del ejercicio de su derecho al veto presidencial para devolver al Congreso la Ley de ONG por ser contraria a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

___

[1] Para un análisis más detallado véase por ejemplo Comunicado de Prensa del Observatorio (OMCT-FIDH) de 13 de febrero de 2019, Guatemala: No a la aprobación de la iniciativa 5257 por amenazar la libertad de asociación, disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgent-interventions/guatemala/2019/02/d25241/
[2] Véase por ejemplo, Informe FIDH, 2019 https://www.fidh.org/IMG/pdf/424112108-guatemala-justicia-y-estado-de-derecho-en-la-encrucijada.pdf
[3] Véase Informe de Amnistía Internacional, "Leyes concebidas para silenciar: ataque mundial a las organizaciones de la sociedad civil valiente”, 2019. Disponible en: https://www.amnesty.org/download/Documents/ACT3096472019SPANISH.PDF. Véase también Informe Anual 2013 del Observatorio (OMCT-FIDH), "Violaciones del derecho de las ONG a la financiación: del hostigamiento a la criminalización", disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/reports-and-publications/2013/02/d22162/
[4] El pronunciamiento de la OACNUDH está disponible aquí.
[5] Véase Comunicado Conjunto OMCT-UDEFEGUA de 14 de marzo de 2019, Guatemala: Resolución del Parlamento Europeo constituye enésima muestra de preocupación internacional por crisis de derechos humanos en el país, disponible aquí.

Leer más