Nuevas informaciones

29/07/2004
Llamado urgente

Nuevas informaciones -
CUB 001 / 0403 / OBS 018.1

26 de julio de 2004

El Observatorio para la protección de los defensores de los Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), ha recibido nuevas informaciones respecto a la siguiente situación en Cuba.

Nuevas informaciones:

La Sra. Roque había sido detenida el 20 de marzo de 2003 en el marco de la oleada de represión en el país, durante la cual 78 disidentes fueron arrestados. Fue condenada el 7 de abril de 2003 bajo el cargo de « conspiración », como también lo fueron 33 de las personas detenidas.

Aunque no existe ninguna versión oficial acerca de los motivos de la liberación de la Sra. Roque, la Sra. Roque considera que su liberación se debe a la presión ejercida sobre las autoridades cubanas por parte de la comunidad internacional.

El estado de salud de la Sra. Roque era muy precario ya que padecía de diabetes, hipertensión y parálisis facial.

El Observatorio expresa su agradecimiento a todas las personas, organizaciones e instituciones que han intervenido en favor de la liberación de la Sra. Roque. Sin embargo, el Observatorio recuerda que varios defensores entre los detenidos en el mes de marzo permanecen detenidos y incluyendo, Marcelo López y Marcelo Cano Rodríguez, miembros de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y de Reconciliación Nacional, Héctor Palacio Ruíz, director del Centro de Estudios Sociales, Ricardo Gonzáles, representante de Reporteros Sin Fronteras en Cuba.

Recordatorio de la situación :

Entre el 18 y el 26 de marzo de 2003 fueron detenidas 78 personas, entre las cuales se encontraban varios defensores de derechos humanos, periodistas, representantes de la sociedad civil y numerosos disidentes comprometidos en el proyecto Varela, que consiste en la difusión de una petición que llama a la convocatoria de un referéndum sobre reformas electorales y políticas. Todas estas personas fueron acusadas de « conspiración » con el representante de los Estados Unidos de América en Cuba, con base en la ley 88 de protección de la independencia nacional y de la economía en Cuba, que supone una pena de 15 años por transmisión de informaciones a los EEUU. Los procesos se iniciaron el 4 de abril en la Habana y en varias ciudades de provincia. Ni la prensa internacional, ni los representantes diplomáticos extranjeros tuvieron acceso a las salas donde se desarrollaron las audiencias, que sólo duraron algunas horas. El 7 de abril, tras procesos expeditivos, durante los cuales no fue garantizado el derecho a un proceso justo se pronunciaron penas de 15 a 25 años de prisión contra 33 detenidos, entre los cuales se encontraba la Sra. Roque (ver Llamado urgente CUB 001 / 0403 / OBS 018 y el Informe Anual 2003 del Observatorio).

El 9 de mayo de 2003, el Grupo de trabajo para la Detención Arbitraria de Naciones Unidas adoptó una opinión considerando que la detención de estos disidentes era arbitraria y solicitó su liberación inmediata.

Acción Solicitada:

Favor dirigirse a las autoridades de Cuba urgiendoles a :

i.- garantizar la libertad inmediata de todos los defensores así como de todos los demás disidentes que permanecen detenidos de manera arbitraria ;

ii.- cumplir sus obligaciones de garantizar y proteger el derecho a la libertad y seguridad de los defensores de los derechos humanos y los periodistas independientes en Cuba ;

iii. - adaptar la legislación nacional a los estándares internacionales de protección de los derechos humanos ;

iv.- asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona "(...) individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos" (Art. 1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar "la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración (Art. 12.2);

ivv.- de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de Derechos Humanos y de los instrumentos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos ratificados por Cuba.

Direcciónes :

Dr. Fidel Castro Ruz , Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros

Ministerio de Relaciones Exteriores, E-mail: cubaminrex@minrex.gov.cu

Ministerio del Interior y Prisiones, Fax: +53.7.33.30.85

Misión Permanente de la República de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, 100, Chemin de Valérie, 1292 Chambésy, Fax: + 41.22.758.94.31 E-mail : mission.cuba@ties.itu.int ; E-mail: mission.cuba.oficomex@ties.itu.int

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Cuba en sus respectivos países.

Ginebra-París, 5 de mayo de 2004

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.
El Observatorio, programa conjunto de la FIDH y la OMCT, está destinado a la protección de los defensores de los derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.
Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

Tel. y fax: FIDH : + 33 (0) 1 43 55 20 11 / + 33 (0) 1 43 55 18 80
Tel. y fax OMCT : (+ 41 22) 809 49 39 / 809 49 29 - E-mail: observatoire@iprolink.ch

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