#LaVerdadDelCarbon: Acción de tutela sobre el derecho a la participación en la minería en Colombia

22/07/2021
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Comunidades locales de la Guajira (Colombia), el organismo miembro de la FIDH CAJAR (Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo") y sus aliados lanzaron una acción de tutela para exigir el cumplimiento del derecho a la participación de las comunidades afectadas por la minería de carbón.

Los hechos

Desde hace cuatro décadas, el departamento de La Guajira, Colombia, ha sufrido una compleja dinámica de transformación social, ambiental y territorial tras la irrupción de la que es hoy la mina de carbón a cielo abierto más grande de Latinoamérica y una de las más grandes a nivel mundial. La mina está operada por Carbones del Cerrejón, empresa domiciliada en Anguilla, Indias Occidentales Británicas y cuyos propietarios son las sociedades multinacionales Anglo American, BHP Billiton y Glencore.

Se estima aproximadamente que la mitad de la población de La Guajira pertenece a pueblos étnicos e indígenas, siendo el más numeroso la etnia wayuu, seguido de habitantes de los pueblos Wiwa, Arhuaco y Kogui, así como comunidades afrodescendientes y campesinas mestizas. Estas comunidades han sufrido graves violaciones de sus derechos humanos, incluyendo el derecho a una vida digna, al agua, a la salud, a la seguridad y soberanía alimentaria, a la información, a la participación y a la consulta previa y consentimiento libre e informado, entre otros.

En 2016, la Corte Constitucional ordenó construir una “investigación oficial científica y sociológica para identificar y precisar los impactos de la actividad minera en los ecosistemas del territorio colombiano”. Para ello, ordenó a entidades gubernamentales conformar una mesa de trabajo interinstitucional para realizar dicha investigación, a la cual podrían “vincular más entidades estatales y privadas, centros de investigación y miembros de la sociedad civil”. Sin embargo, a las comunidades afectadas de La Guajira se les negó la participación efectiva en la elaboración del estudio, que se publicó en 2020. El único canal del que disponían para comentar el borrador del estudio era un formulario de Excel subido a la página web gubernamental, que no era ni adecuado ni culturalmente apropiado dado su limitado acceso a la tecnología. Por otro lado, el Grupo de Trabajo seleccionó a personas con evidentes conflictos de interés para realizar el estudio, como los directores de gestión ambiental de Drummond, otro gigante de la minería del carbón, y de la propia Carbones del Cerrejón.

Por otra parte, en 2013 la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible promover un “plan de acción para construir una política nacional integral para optimizar y hacer cumplir prioritariamente la prevención y el control contra la contaminación del aire y del agua causada por la explotación y transporte de carbón”. De nuevo, no se concedió ningún espacio de información y participación en la elaboración de la política a las comunidades afectadas por la minería del carbón en la Guajira, mientras que se favoreció la participación de las empresas carboníferas.

La acción interpuesta

Miembros de las comunidades étnicas, indígenas, afro descendientes y campesinas de La Guajira junto con el CAJAR y la Corporación Geoambiental TERRAE interpusieron una acción de tutela contra las autoridades nacionales e instituciones involucradas en la realización del estudio y la política nacional.

La acción de tutela es un mecanismo constitucional que tiene toda persona para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales.

Los accionantes alegaron que tanto en la realización del estudio sobre los impactos de la actividad minera por la Mesa Trabajo Interinstitucional como en la realización de la política pública nacional se han vulnerado los derechos fundamentales de participación y de acceso a la información veraz e imparcial de las comunidades afectadas, amenazando los principios de democracia y justicia ambiental en una región con una reconocida crisis por el agua y la alta vulnerabilidad a los estragos del cambio climático.

Lo que se solicitó

Los demandantes pidieron a la justicia constitucional que ordene a los demandados:

· Abrir espacios significativos e incluyentes de participación a las comunidades locales para que su conocimiento y experiencia se incorporen en los capítulos específicos sobre La Guajira del estudio de impacto de la Mesa de Trabajo Interinstitucional y de la Política Pública Nacional.

· Adoptar un especial cuidado en su conducta a fin de frenar la influencia indebida de la empresa Carbones del Cerrejón en los procesos públicos de toma de decisiones, generación de información, estudios, evaluaciones de impacto ambiental, formulación e implementación de políticas públicas de fiscalización, regulación o medidas destinadas a la protección de derechos en el marco de las afectaciones y violaciones causadas por la extracción minera en la Guajira.

· Adoptar en adelante un estándar de imparcialidad, rigurosidad e independencia en los estudios oficiales y políticas públicas relacionadas con los impactos de la minería de carbón a cielo abierto.

Los resultados

La tutela se interpuso el 22 de julio de 2021 y fue posteriormente negada en primera y segunda instancia, bajo el argumento de que era "inoficioso" dictar órdenes al respecto porque ya había otras decisiones judiciales que se habían ocupado de dar cuenta de las violaciones en la Guajira en las que "se proyecta dar solución a la problemática ambiental que genera la explotación minera en todo el territorio nacional”.

Sin embargo, y a pesar de haber manifestado a los jueces que la tutela era sobre accionantes, hechos, derechos fundamentales y pretensiones distintas a los tratados en los otros procesos de tutela anteriores, estos argumentos no fueron valorados.

Otro argumento cuestionable para el rechazo de la acción fue que la indebida interferencia corporativa "no pasa de ser una hipótesis que no cuenta con ninguna evidencia que lleve al convencimiento de que ello ha ocurrido". Esto desconociendo la evidencia irrefutable aportada en sustento de la acción.

Sin embargo, en abril de 2022, después de que se solicitara a la Corte que retomara el seguimiento de una sentencia diferente, la sentencia SU 698 del 2017 que emitió sobre el arroyo Bruno, la Corte confirmó que existe grave riesgo de que ocurra un daño grave o irreversible de los servicios ecosistémicos e hídricos del arroyo Bruno. “Situación que no es de menor importancia en una zona donde está probado que el agua es un bien vital escaso, que ha llegado al punto de poner en riesgo la vida de sujetos de especial protección constitucional como es el caso de los niños, niñas y adolescentes wayúu”.

Además, hizo referencia a la Sentencia T-302 de 2017 en la que se evidenció la vulneración generalizada, irrazonable y desproporcionada de los derechos fundamentales a la salud, al agua potable, a la alimentación y a la seguridad alimentaria. Si bien no se refirió al derecho a la participación como tal, la Corte concluye que se deben tomar medidas urgentes para asegurar la protección de los derechos a la salud, al acceso al agua potable y a la seguridad alimentaria de los accionantes y solicitó entonces nuevas pruebas a todas las partes.

A este efecto, la Contraloría General de la República emitió en febrero de 2023 un nuevo informe de auditoría ratificando que ratifica que autoridades ambientales no están cumpliendo sentencias que protegen el Arroyo Bruno y comunidades de La Guajira. De manera particular, en sus hallazgos evidenció debilidades y deficiencias en las garantías y mecanismos de participación tanto para las comunidades afectadas como para los intervinientes técnicos.

Para saber más:

Comunicado de Prensa Cajar: https://www.colectivodeabogados.org/con-tutela-exigimos-derechos-a-la-participacion-y-la-justicia-ambiental-en-estudio-y-politica-publica-sobre-impactos-del-carbon-en-la-guajira/?preview=true

https://www.colectivodeabogados.org/hacemos-una-peticion-a-la-corte-de-respaldar-a-las-comunidades-de-la-guajira-frenando-la-interferencia-de-las-mineras/

https://www.colectivodeabogados.org/la-corte-constitucional-decidio-tomar-cartas-en-el-asunto-del-arroyo-bruno-y-ordeno-nuevas-pruebas/

https://www.colectivodeabogados.org/contraloria-ratifica-que-autoridades-ambientales-no-estan-cumpliendo-sentencias-que-protegen-el-arroyo-bruno-y-comunidades-de-la-guajira/

https://www.contraloria.gov.co/es/w/contralor%C3%ADa-notifica-a-la-corte-constitucional-incumplimiento-de-dos-%C3%B3rdenes-sobre-protecci%C3%B3n-ambiental-del-arroyo-bruno-en-la-guajira

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