Los hechos
En Colombia, el conflicto armado interno dejó profundas afectaciones sobre las víctimas, comunidades y territorios, en particular sobre los pueblos indígenas y afrodescendientes. Tras la firma del Acuerdo Final de Paz de 2016, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) recibió el mandato de investigar los crímenes más graves y representativos del conflicto. El Macrocaso 09 investiga crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos y territorios étnicos, tanto por las antiguas FARC-EP como por integrantes de la Fuerza Pública.
Dentro de ese macrocaso, la JEP creó un subcaso llamado la Sierra Nevada de Santa Marta y Serranía del Perijá, que involucra a los pueblos indígenas Wiwa, Arhuaco, Kogui, Kankuamo, Ette Ennaka, Yukpa y Wayúu. En este subcaso, los crímenes abordados incluyen homicidios, desapariciones forzadas, violencia sexual, desplazamientos forzados, instalación de minas antipersona y ataques a sitios sagrados. Estos hechos afectaron de manera diferenciada la organización comunitaria de estos pueblos, sus autoridades tradicionales y sus territorios ancestrales.
La movilización
En el marco del proyecto “Víctimas al centro de la construcción de paz en Colombia”, ejecutado por la FIDH y el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (CAJAR), organización miembro de la FIDH, se solicitó representar los intereses del pueblo Wiwa ante la JEP, en articulación con la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona (OWYBT), autoridad representativa del pueblo. Este trabajo se inscribe en un acompañamiento de larga data: el CAJAR acompaña al pueblo Wiwa desde hace más de 10 años en su denuncia de violaciones de derechos humanos (incluidas medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH-) y la FIDH lleva cerca de una década impulsando la documentación de crímenes cometidos contra los pueblos de la Sierra, en particular, el apoyo a la elaboración del informe “La historia cierta del pueblo Wiwa. Desde el corazón del mundo”, investigación realizada de la mano con el pueblo Wiwa con el cual se le dio a conocer a la JEP los más graves crímenes sufridos por este pueblo y en el que ya se planteaba la necesidad de acreditar a todo el pueblo y a su territorio como víctima.
Luego de consultas con Cabildo Gobernador (máxima autoridad del pueblo) y otras autoridades sobre la estrategia de representación, el primer acto procesal fue la presentación, en noviembre de 2023, de una solicitud de acreditación del pueblo Wiwa como víctima colectiva y de su territorio ancestral como víctima directa. Dicha solicitud fue admitida en agosto de 2024. Su notificación se realizó mediante una diligencia con pertinencia étnica y cultural, acto procesal que materializa el diálogo intercultural que rige a la JEP.
Con ello se alcanzaron dos logros significativos. La acreditación del pueblo Wiwa como víctima colectiva garantiza que su participación en el proceso judicial se realice como sujeto colectivo de derechos, permitiendo a sus autoridades tradicionales interlocutar directamente con la jurisdicción desde su propia cosmovisión. El reconocimiento del territorio ancestral como víctima directa es igualmente relevante: para los pueblos de la Sierra Nevada el territorio es un elemento central de su identidad cultural, espiritual y política, por lo que su reconocimiento obliga a que las medidas de verdad, sanción y reparación contemplen los daños al territorio sagrado, las restricciones a prácticas culturales y el uso del territorio indígena como escenario de operaciones militares.
El reconocimiento del pueblo Wiwa y de su territorio ancestral como víctimas del Macrocaso 09 constituye un precedente importante para la justicia transicional en Colombia, al reafirmar que los crímenes cometidos contra pueblos indígenas deben ser investigados y reparados teniendo en cuenta sus dimensiones colectivas, territoriales y culturales.
Qué sigue
A partir de este reconocimiento, el proceso ante la JEP deberá permitir un verdadero diálogo entre el pueblo Wiwa y el tribunal sobre los crímenes cometidos en su contra. Las autoridades tradicionales, acreditadas como interlocutoras directas del proceso, podrán exigir que el esclarecimiento de la verdad refleje las afectaciones colectivas sufridas por el pueblo, incluyendo el impacto sobre su territorio sagrado, sus prácticas espirituales y su supervivencia cultural.
El reconocimiento abre igualmente la puerta a que las medidas restaurativas y reparadoras que adopte la JEP contemplen acciones específicas de restauración territorial y reconstrucción del tejido comunitario, lo que puede contribuir a garantizar que los procesos de verdad, justicia y reparación respondan a las realidades y necesidades del pueblo Wiwa.