Intervención escrita de la FIDH ante la 60ava Comisión de DDHH de NU

18/03/2004
Informe

La FIDH y sus organizaciones miembro en Colombia, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR), el Comité permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH) y el Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ILSA), siguen siendo preocupadas por persistencia en 2003 de graves violaciones a los derechos humanos en Colombia

En 2003, la población civil ha sido víctima de ejecuciones extrajudiciales, de desaparición forzada, de tortura y de amenazas. La responsabilidad principal de estos actos debe atribuirse a los grupos paramilitares, que actúan a menudo en connivencia con la fuerzas pública colombiana. No se ha observado ningún esfuerzos significativo para proceder a la depuración de la fuerza pública de sus miembros que actúan o que han actuado de manera conjunta con los grupos paramilitares.

También debe destacarse el incremento significativo del número de atentados ocurridos, y la persistencia de un número elevado de secuestros, cuya responsabilidad es mayoritariamente atribuida a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y que se encuentran dirigidos mayoritariamente contra la población civil.

Se constata también un incremento significativo del número de detenciones arbitrarias masivas y sistemáticas en todo el territorio de Colombia.

Debe también señalarse que la violencia afecta de manera particular a los pueblos indígenas. Entre los últimos casos registrados, debe destacarse el suicidio de 9 niños y jóvenes pertenecientes a los pueblos Embera, Wounaan, Katio, Chamí y Tule del Bajo Atrato y el Darién Chocoano, como consecuencia de la presión psicológica de los actores armados que operan en la zona.

Finalmente, en 2003, el desplazamiento forzado continua siendo un grave problema; Según informaciones del Banco de Datos del CINEP y de Justicia y Paz, en los primeros cinco meses de 2003, al menos 869 municipios han expulsado a su población.

Situación extremadamente grave de los defensores de Derechos Humanos

Como consecuencia de su trabajo de denuncia de violaciones de derechos humanos y en favor de la verdad, la reparación y la justicia, los defensores de derechos humanos, sindicalistas, líderes sociales, campesinos e indígenas y periodistas son víctimas de una utilización selectiva de la violencia, orientada a disuadirles de continuar con sus actividades.

Esta situación permanente de inseguridad se ha visto agravada en 2003 por la actitud del gobierno, y en particular por los discursos pronunciados por el presidente de la República, el 8 y 11 de septiembre de 2003. En estos discursos, Uribe Velez acusa directamente a los defensores de derechos humanos de ’politiqueros’, de ’traficantes de derechos humanos’ y de ’defensores del terrorismo’ y establece una distinción simplista y arbitraria entre ’buenos y malos’ defensores de derechos humanos. La FIDH acoge con extrema preocupación que el Presidente, utilice el pretexto para la lucha contra el terrorismo para desacreditar a los defensores de derechos humanos.

Mediante estas declaraciones, el gobierno de Colombia incumple de manera flagrante los compromisos contraídos respecto de la Declaración de Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos.

Medidas adoptadas por el gobierno que recortan los derechos y libertades fundamentales

En el marco de su política de seguridad, el gobierno intenta restringir de manera permanente los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.

La FIDH y sus organizaciones miembro en Colombia acogen con satisfacción la decisión de la Corte constitucional en mayo de 2003 de declarar inconstitucional la prorroga del Estado de Conmoción Interior. No obstante, el gobierno persiste en instaurar la legalidad de estas medidas de excepción, incluso después de la que la Corte Constitucional las declarase inexequibles el 27 de noviembre de 2002.

Tras el rechazo de las propuestas del Referendo por el pueblo, el gobierno persiste en restringir las libertades y derechos fundamentales mediante la figura de Actos legislativos, como el Acto 223 de 2003 sobre el Estatuto Antiterrorista (aprobado por la plenaria del senado el 10/12/ 2003). Dicho acto legismativo, atribuyendo funciones de policia judicial a las fuerza armadas, viola expresamente las Recomendaciones de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH), formuladas en 2003 a Colombia (Recomendación No. 15).

Cabe recordar que la red de cooperantes e informantes, creada por el decreto 2961 de 2002, que involucra directamente a la población civil colombiana en el conflicto, continua vigente.

Persistencia de la impunidad

En un informe realizado en marzo de 2003, en el marco del Observatorio para la protección de los Defensores de Derechos humanos, conjuntamente con Abogados Sin Fronteras- Francia, la FIDH denuncia firmemente los mecanismos que permiten la persistencia de la impunidad en Colombia así como las reformas propuestas y llevadas a cabo por el actual gobierno, en particular el Acto legislativo N°3 del 19 de diciembre de 2002, que incrementan las posibilidades de arbitrariedad en el sistema de administración de la justicia.

Reviste particular importancia la reforma constitucional a la acción de tutela y a las funciones de las Corte Constitucional, planteada en el Plan Nacional de Desarrollo, que restringe el acceso a esta acción en lo que se refiere a casos sobre Derechos económicos, sociales y culturales. Debe recordarse que actualmente, la mayoría de casos examinados por la Corte Constitucional, se refieren a violaciones de este tipo de derechos.

Debe también destacarse la descalificación pública de decisiones judiciales por parte de funcionarios del gobierno. Un ejemplo ilustrativo de esta tendencia es la decisión de Alvaro Uribe Velez de continuar con las fumigaciones de glisofato a pesar del fallo del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca que ordenaba la suspensión de estas fumigaciones en todo el país.

El proyecto de ley de ’alternatividad penal’ (presentada el 21/8/2003) es particularment preocupante. Este texto favorece con la excarcelación a responsables de crímenes de lesa humanidad integrantes de grupos al margen de la ley, ya se trate de grupos guerrilleros o de grupos paramilitares. Dicha ley debe ser entendida en el marco del proceso de diálogo entre el gobierno colombiano y las Autodefensas Unidas de Colombia y el marco de la firma del Acuerdo de Santa Fé de Ralito, el 15 de julio de 2003, en el que no se incluye una perspectiva de justicia ni ningún tipo de garantía de que los responsables de violaciones de derechos humanos serán juzgados y condenados.

Finalmente, la FIDH y sus organizaciones miembro en Colombia recuerdan que el gobierno de Colombia mantiene la reserva del artículo 124 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, lo que impide el juzgamiento de los crímenes de guerra durante un periodo de 7 años.

Política de Paz

La FIDH y sus organizaciones miembro en Colombia insisten sobre la necesidad de iniciar una verdadera política de Paz, que considere las causas estructurales de la violencia en Colombia. De manera inmediata, llamamos a la firma de un Acuerdo Humanitario y de Derechos Humanos entre las partes, que permita la liberación de las personas privadas de libertad por los grupos armados. Dicho Acuerdo debería hacerse sobre la base de los tratados humanitarios suscritos por Colombia.

Recomendaciones:

La FIDH y sus organizaciones afiliadas en Colombia hacen un llamado a la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas a fin de adoptar una Resolución sobre la situación de derechos humanos en Colombia por medio de la cual inter alia:

Exprese su grave preocupación respecto de la situación de los derechos humanos en este país, y repruebe todas las violaciones de Derecho Internacional Humanitario, particularmente aquellas cometidas en contra de la población civil, y haga un llamado a las autoridades responsables a fin de que, de conformidad con lo que prescribe el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, se procese, juzgue y condene a los perpetradores, sean funcionarios del Estado, individuos o entidades no gubernamentales;
Solicite el refuerzo del mandato de la OACDH en Colombia y apoye sus actividades. Solicite que financiamiento adecuado sea asegurado;
Recomiende la ampliación del mandato de la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados en Colombia a fin de incluir actividades de protección;
Solicite al Alto Comisionado de Derechos Humanos la elaboración de un reporte respecto de la situación de los derechos humanos en Colombia ante la Asamblea General y la Comisión de Derechos Humanos.

Solicite al Gobierno de Colombia:
Que extienda una invitación permanente los Mecanismos Especiales de la Comisión de Derechos Humanos;
Que revoque aquellas acciones y reformas legislativas que contribuyan a incrementar la arbitrariedad del sistema de administración de justicia;
Que depure la fuerza pública de cualquier persona que tenga o haya tenido lazos con grupos paramilitares.

Solicite a la Corte Constitucional:
Que no reconozca el Acto Legislativo 223 (Proyecto de Estatuto Antiterrorista), aprobado por el Senado el 10 de diciembre, 2003.

Haga un llamado a los actores en conflicto:
A que retomen el diálogo a fin de concluir lo antes posible un Acuerdo Humanitario.

Solicite a los gobiernos que aprobaron la "Declaración Final de la Reunión de Londres sobre Apoyo Internacional Para Colombia" (10 de julio, 2003):
Que apliquen las decisiones adoptadas en la mencionada Declaración y, en particular, que soliciten al Gobierno Colombiano que implemente de inmediato las recomendaciones formuladas por la OACDH y, que adopte acción efectiva en contra de la impunidad y la colusión, especialmente con grupos paramilitares.

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