Estado de Chile debe garantizar el derecho a la vida y a la salud de mapuches en huelga de hambre

30/07/2020
Carta abierta
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Carta Abierta

París, Santiago de Chile, 30 de Julio de 2020

Sr. Sebastián Piñera Echenique
Presidente de Chile

Sr. Hernán Larraín Fernández
Ministro de Justicia y Derechos Humanos,

Sres. Directores de los Centros Penitenciarios de Temuco y Angol

Asunto: Preocupación por la situación de los comuneros mapuche en huelga de hambre en un contexto de pandemia

La FIDH - Federación Internacional por los Derechos Humanos-, les escribe para mostrar su preocupación por la grave situación de nueve comuneros mapuche en huelga de hambre y privados de la libertad en los Centros Penitenciarios de Angol y Temuco (5 en condición de imputados y 4 condenados) por causas relacionadas a las reivindicaciones territoriales del pueblo mapuche.

Actualmente los nueve comuneros se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad por la actual pandemia, así como en una situación muy delicada de salud a causa de la huelga de hambre, lo que ha generado síntomas como cefalea, náuseas, vómitos recurrentes, intolerancia a los líquidos, calambres e insomnio, circunstancias que según el Observatorio Ciudadano, se encuentran acreditados debidamente. [1]

Los nueve comuneros mapuche Sergio Levinao Levinao, Víctor Llanquile Pilquimán, Juan Queipul Millanao, Juan Calbucoy Montanares, Freddy Marileo Marileo, Danilo Nahuelpi Millanao, Reinaldo Penchulef Sepúlveda, Hantu Llanca Quidel y el Machi Celestino Córdova Tránsito [2] llevan más de 80 días en huelga de hambre líquida planteando una serie de demandas que contemplen lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre ellas, que se establezcan medidas alternativas a la privación de la libertad, de manera que puedan cumplir sus condenas o medidas cautelares en sus comunidades. A su vez, las nueve personas mapuche solicitan que se modifique el Reglamento 518 del Ministerio de Justicia del año 1998 sobre Establecimiento Penitenciarios, ya que éste no reconoce las particularidades de las personas privadas de las libertad pertenecientes a los pueblos indígenas, distando enormemente de los estándares de derechos humanos.

A la fecha hay alrededor de 30 personas pertenecientes al pueblo mapuche que se encuentran en recintos penales y que en el actual contexto de pandemia por Covid-19, no cuentan con las mínimas condiciones de seguridad sanitaria al interior de los penales y corren un alto riego de contagio.

En el marco de la pandemia, la FIDH ya se ha pronunciado [3] en el caso de los comuneros mapuche de la comunidad de Temulemu, Carlos Pichún Collonao, Eduardo Márquez Inan, Cristofer Pino Cunin, Victor Marileo Ancapi, solicitando su liberación inmediata y recordando que las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de las Naciones Unidas (Reglas Nelson Mandela) y la declaración conjunta de la ONU, la OMS, el ONUSIDA y la ACNUDH sobre el covid-19 en los centros de prisiones u otros centros de detención del 13 de mayo 2020 [4] contemplan que se debe preservar y proteger a las personas privadas de la libertad, ya que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad.

Por todo lo anterior, la FIDH se dirige respetuosamente a ustedes con el fin de invitarlos a:

 Tomar medidas alternativas que contemplen la detención domiciliaria, dirigidas a los actuales presos mapuche que se encuentran en prisión preventiva y en huelga de hambre, teniendo en cuenta su situación de extrema vulnerabilidad en el marco de la pandemia de COVID- 19

 Brindar asistencia médica a las personas privadas de la libertad del pueblo mapuche acorde con los estándares internacionales de derechos humanos, y con sus particularidades y prácticas culturales, como lo estipula los artículos 8, 9 y 10 del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas

 Realizar una investigación imparcial que tome en cuenta los principios de presunción de inocencia, debido proceso, y que se encuentre en estricto cumplimiento de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad de la pena.

 Poner en marcha una mesa de diálogo directo entre las autoridades de Gobierno, los huelguistas mapuche y sus vocerías, con el fin de respetar los Instrumentos Internacionales de derechos humanos ratificados por Chile

Sin otro particular, les saluda atentamente.

Gloria Cano Legua, DNI 21404682
Secretaria General de la FIDH

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