El juicio de la masacre de eldorado do carajas. Una farsa anunciada

23/05/2002
Comunicado
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El 16 de mayo, concluyó en Belém la primera parte del juicio de la masacre de Eldorado Do Carajás, que tuvo lugar el 17 de abril de 1996, en la que 19 campesinos Sin Tierra fueron asesinados por la Policía Militar de Parauapebas y Marabá, en el sureste del Estado del Pará.

Si bien es cierto que la condena del coronel Mario Colares Pantoja a 228 años de prisión por haber ordenado dichas muertes debe ser acogida con beneplácito, la FIDH, de común acuerdo con Justicia Global y el MDN (Movimiento Nacional de Derechos Humanos de Brasil), asociaciones miembro de la FIDH en Brasil, expresa su profundo rechazo por la absolución de otros responsables de la masacre y por las irregularidades que han afectado el juicio. La peor impunidad es la que se cubre con el ropaje de la justicia, para afirmar la libertad de los verdugos.

La FIDH no puede más que mostrar su perplejidad por la liberación del Coronel Pantoja, en aplicación de la llamada ley Fleury, que prevé la libertad para aquellos condenados que hayan interpuesto un recurso y que gocen de buenos antecedentes y de "buena conducta". Si bien es cierto que nadie discute que el Coronel Pantoja goza de todo el derecho de interponer un recurso, es inadmisible que un condenado a 228 años de prisión por asesinato de 19 personas goce de libertad por motivos de "buena conducta". Esta decisión es tanto más preocupante por cuanto existen antecedentes en Brasil de la libertad de culpables de graves masacres, como fue el caso del Coronel Ubiratán, condenado a 600 años de prisión por el asesinato de 111 personas y que continúa en libertad tras el juicio, que tuvo lugar en junio de 2001.

La condena del coronel Pantoja no debe tampoco hacer olvidar que el capitán Raimundo Almendra Lameira y el Mayor Oliveira, cuyas incriminaciones son las mismas que las de los otros oficiales, han sido absueltos en esta primera parte del juicio. La FIDH acoge con expectativa la decisión de la defensa de interponer un recurso ante el Tribunal de Justicia del Estado (TJE). Este hecho es tanto más preocupante que el capitán Lameira ha sido absuelto por alegar haber recibido órdenes, lo que supone un argumento de peso para los otros 149 oficiales acusados, cuyo juicio se realizará próximamente.

Finalmente, la FIDH debe señalar su más extrema preocupación por el contexto general en el que se ha desarrollado este juicio. El Movimiento de Campesinos sin Tierra de Brasil (MST), así como otros movimientos de defensa de los derechos humanos, como las asociaciones miembro de la FIDH en Brasil, han calificado en numerosas ocasiones dicho juicio como una farsa y han señalado en diversas ocasiones las importantes irregularidades del mismo. Según el abogado francés Frei Henri Burín des Rosiers, de la Comissao Pastoral da Terra (CPT), organización del sur del Estado de Pará, cualquier decisión que adoptase dicho tribunal, ya fuese una condena o una absolución, carecía de toda credibilidad, dadas las irregularidades del mismo.

Incluso el Movimiento de Trabajadores Sin Tierra (MST) renunció a participar en dicho proceso por anticiparse las condiciones para la impunidad. Por citar algunas de ellas, debe señalarse la destitución de la jueza Eva do Amaral Coelho días antes del desarrollo del juicio y la transferencia del juicio a Roberto Moura; el trato dispensado a la prensa, expulsada de la sala cuando trataban de enviar imágenes del juicio a sus respectivos periódicos.

Entre las irregularidades del proceso judicial, la FIDH se encuentra especialmente preocupada por la destrucción de pruebas durante la investigación de los hechos y de las negligencias acontecidas durante los primeros momentos de la investigación. Concretamente, los registros de armas fueron destruidos con posterioridad a la masacre, lo que impidió identificar quien se encontraba en posesión de qué arma, ni tampoco se hicieron los exámenes resiudográficos de pólvora. Del mismo modo, los uniformes de los policías militares involucrados no fueron analizados para la identificación de la sangre de las víctimas ni tampoco se llevó a los testigos a identificar a los policías responsables.

Después de todas estas negligencias y destrucción de pruebas, será muy difícil condenar a los responsables materiales de los crímenes por delitos concretos y del mismo modo, existe el riesgo de que algunos policías militares sean condenados por motivos políticos y no jurídicos.

En consecuencia, la FIDH:

1. Solicita a las autoridades de Brasil una investigación independiente sobre la legalidad con que se ha desarrollado dicho juicio tomando como referencia los compromisos internacionales de Brasil en la materia. El derecho al debido proceso, obliga a tener en cuenta la representación de las víctimas y ellas no son resarcidas sino a través del ejercicio creíble de la justicia.
2. Llama al gobierno brasileño a reparar socialmente el daño ocasionado a la población brasileña, entre ellos la más excluida y desfavorecida, y en particular a los familiares de las víctimas, por esta masacre. El repudio político, acompañado de adecuadas acciones judiciales y disciplinarias, constituyen garantía para que estos hechos no se reproduzcan. El Estado por tanto debe reivindicar la memoria de las víctimas, indemnizar a los familiares y, condenar efectivamente a los culpables.
3. Solicita a las autoridades que se establezca la federalización de los crímenes contra los Derechos humanos de manera a garantizar una jurisdicción nacional sobre los mismos y eliminar las causas de impunidad.

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