El Fiscal de la Corte Penal Internacional solicita a Jueces órdenes de Comparencia para dos Individuos Presuntamente Responsables de Crímenes Cometidos en Darfur

El Gobierno de Sudán debe cooperar imperativamente con la Corte, contra la impunidad por los crímenes cometidos en Darfur

El Fiscal de la CPI Luis Moreno Ocampo anunció hoy que ha recolectado suficientes pruebas para solicitar a la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI el dictado de dos órdenes de comparencia en contra de Ahmad Muhammad Harun, ex Ministro del Interior del Gobierno de Sudán, y Ali Muhammad Ali Abd-Al-Rahman, uno de los comandantes de la milicia "Janjaweed’ aliada al gobierno, con relación al conflicto que viene devastando la región de Darfur desde 2003. El Fiscal de la CPI ha asimismo establecido los lazos entre el gobierno de Jartum y la milicia "Janjaweed", y probado la responsabilidad de estos dos individuos en la perpetración de ejecuciones sumarias, violaciones, desplazamiento forzado de población y saqueos.

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y su liga afiliada en Sudán, la Sudan Organisation against Torture (SOAT), saludan la importante decisión en el contexto de la resolución largamente esperada de esta crisis regional.

"Apuntando a sospechosos importantes, el Fiscal envía una señal de esperanza a millones de víctimas de este sangriento conflicto que viene devastando la región occidental del país desde febrero de 2003," dijo Sidiki Kaba, Presidente de la FIDH. "Procesar a los autores de estos crímenes atroces es esencial para resolver esta crisis mayor," afirma SOAT.

El Gobierno sudanés debe imperativamente cooperar con la Corte para garantizar la comparencia de estos individuos ante la CPI. En este sentido, FIDH y SOAT han denunciado la actitud del gobierno sudanés, el cual rechazó ayer la investigación de la CPI en Darfur.

"El gobierno siempre ha cuestionado la legitimidad de la CPI. La creación de la Corte Penal Especial sobre los Sucesos en Darfur, luego del comienzo de las investigaciones de la CPI, solo buscó distraer la atención de la comunidad internacional. La Corte Especial ha probado no ser el medio adecuado para establecer la responsabilidad de autores de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, ni para garantizar la justicia y la reparación para las victimas", insistieron ambas organizaciones.

La CPI debe de manera imperativa recibir el apoyo del Gobierno sudanés para juzgar a estas dos personas presuntamente responsables por los crímenes, y de manera más general, de todos los Estados Partes del Estatuto para poder conducir de manera eficaz acciones en Darfur.

Asimismo, FIDH y SOAT saludan la declaración pública del Fiscal sobre el escrutinio de la situación en Chad y República Centroafricana.

FIDH y SOAT recomiendan:

 Que el Gobierno de Sudán coopere plenamente con la Corte, para facilitar la investigación y los enjuiciamientos de la CPI, incluyendo el translado del Sr. Ahmad Muhammad Harun y Sr. Ali Abd-Al-Rahman;
 Que todos los Estados Partes del Estatuto de la Corte cooperen plenamente con la misma, en particular en el apoyo a la ejecución de las órdenes de comparencia;
 Que la Sala de Cuestiones Preliminares I se pronuncie rápidamente con respecto a la solicitud del Fiscal;
 Que la Fiscalía continue su investigación para garantizar que otros altos responsables de atrocidades cometidas en la región occidental de Sudán sean objeto de investigaciones y enjuiciamientos.

Antecedentes

Luego del informe de la Comisión de investigación de Naciones Unidas publicado en enero de 2005, revelando la perpetración de crímenes de guerra y de lesa humanidad en Darfur y recomendando mayor acción para asegurar que los responsables de tales atrocidades sean investigados, el Consejo de Seguridad de la ONU remitió la situación en Darfur a la CPI en marzo de ese mismo año [1]

El Fiscal de la CPI comenzó la investigación en junio de 2005 [2] y ha venido informando regularmente al Consejo de Seguridad sobre el curso de sus actividades con respecto a Darfur [3]. De acuerdo con el Artículo 58.7 del Estatuto de Roma, el Fiscal puede remitir una solicitud requiriendo a la Sala de Cuestiones Preliminares el dictado de una orden de comparencia de una persona ante la Corte:

"La Sala, de estar convencida de que hay motivo razonable para creer que la persona ha cometido el crimen que se le imputa y que bastará con una orden de comparecencia para asegurar que comparezca efectivamente, dictará, con o sin las condiciones limitativas de la libertad (distintas de la detención) que prevea el derecho interno, una orden para que la persona comparezca."

A pesar de que Sudán no ha ratificado el Estatuto de la CPI, su obligación de cooperar con la Corte surge de la Resolución 1593 del Consejo de Seguridad con fecha 31 de marzo de 2005, en la cual remite los crímenes cometidos en Darfur al Fiscal de la CPI.

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