Níger: un decreto más, una libertad fundamental menos

07/04/2022
Declaración
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El 24 de febrero de 2022, el presidente de la República de Níger, Mohamed Bazoum, promulgó un decreto que venía a completar la ordenanza de 1984 sobre el régimen de las asociaciones, que en su primer artículo afirmaba que "las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) son organizaciones apolíticas y sin ánimo de lucro. Estas organizaciones se crean a iniciativa de personas físicas o jurídicas autónomas respecto al Estado, impulsadas por un espíritu de voluntariado que ponen al servicio de las demás personas y cuya vocación es apoyar el desarrollo mediante actividades sociales o económicas". El decreto adopta una visión muy restrictiva de la aplicación de la ordenanza, al poner en tela de juicio la libertad de asociación.

De hecho, el decreto establece un control total de la actividad de las ONG por parte de las autoridades nigerinas, como se observa en su artículo 41: "La ONGD debe obtener la aprobación del Estado o de sus organismos para cualquier proyecto o programa que inicie, antes de la ejecución del mismo." Este artículo contradice claramente el primer artículo del decreto y niega el principio de autonomía de las ONG frente al Estado.

Este decreto establece toda una serie de obstáculos importantes para las asociaciones, al imponerles pesadas formalidades tanto en el momento de su creación (artículos 4, 5, 8, 37 y 39), como a la hora de obtener financiación (artículo 34), planificar sus actividades (artículos 40, 41 y 44) o utilizar sus bienes (artículo 27). Por otra parte, todos los proyectos asociativos que no sean "coherentes con las orientaciones y prioridades nacionales de desarrollo" no se podrán llevar a cabo y se retirará la licencia de actividad a quienes infrinjan esta disposición.

Además, la aplicación del decreto es retroactiva ya que, en su artículo 62, estipula lo siguiente: "Las ONGD existentes tienen un plazo de seis (6) meses [tras su aprobación el 24 de febrero de 2022] para cumplir con las disposiciones de este decreto". Esta retroactividad hace que las ONG corran el riesgo de perder su permiso de actividad, incluso algunas que llevan mucho tiempo trabajando en el país, al servicio de la población, especialmente de las personas más desfavorecidas.

Con este decreto, Níger continúa reduciendo el espacio cívico organizado en el país, en un proceso iniciado en 2014, a pesar de que Clément Voule, Relator Especial de la ONU sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación, había instado a las autoridades nigerinas a cumplir su promesa de crear y mantener un espacio cívico efectivo en el país [1], durante su visita al país en diciembre de 2021. Entre las múltiples detenciones de militantes y periodistas, la prohibición casi sistemática de las manifestaciones y reuniones pacíficas y la adopción de leyes liberticidas, Níger, que ya ha descendido dos veces en los cinco niveles de la clasificación Civicus sobre la apertura del espacio cívico [2] sigue reduciéndolo. Esta tendencia a querer controlar las ONG y minimizar su independencia parece estar muy extendida en el mundo, a pesar de que desempeñan un papel esencial en la estabilidad, la lucha contra las desigualdades y la promoción de los derechos humanos y el Estado de derecho.

Nuestras asociaciones y las ONG que luchan por la apertura del espacio cívico, exigimos la retirada inmediata de este texto y un compromiso real por parte del Estado de Níger de poner fin a esta represión, garantizar el derecho a la libertad de asociación y reabrir el espacio cívico en el país.

Notas
[1] Níger : Experto de la ONU insta a las autoridades a crear un entorno propicio para el espacio cívico, HCDH. Publicado el 17 de diciembre de 2021.
[2] Déclassement de la Côte d’Ivoire, de la Guinée, du Niger et du Togo en raison de la détérioration des libertés civiques [Se rebaja la categoría de Costa de Marfil, Guinea, Níger y Togo por el deterioro de las libertades civiles], Civicus Monitor. Publicado el 8 de diciembre de 2020.

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