6 de junio de 2026
Teodoro Obiang Nguema Mbasogo
Presidente de la República de Guinea Ecuatorial
Palacio Presidencial, Ciudad de la Paz
Guinea Ecuatorial
Presidente Obiang Nguema Mbasogo,
Los abajo firmantes le solicitamos respetuosamente que actúe con decisión e implemente la
reciente opinión, no. 70/2025, emitida por el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención
Arbitraria (GTDA), liberando a Anacleto Micha Ndong Nlang, abogado y activista
ecuatoguineano que permanece desaparecido y recluido en régimen de incomunicación en
violación del derecho internacional.
El 26 de enero de 2024, agentes de seguridad vestidos de civil arrestaron violentamente a
Anacleto en su domicilio en Malabo sin presentar orden judicial. Su arresto fue en represalia
directa por una denuncia que había presentado contra altos cargos de las fuerzas de seguridad,
en la que denunciaba el secuestro y la tortura que sufrió durante una detención injusta anterior,
entre septiembre de 2022 y junio de 2023. Posteriormente, fue acusado de injurias y sometido a
una prisión preventiva por tiempo indefinido. No se ha vuelto a saber de Anacleto desde el 22
de marzo de 2024. En julio de 2024, un juez informó a sus abogados de que había sido
trasladado a Oveng Azem, una prisión remota de máxima seguridad, donde permanece
actualmente recluido en régimen de incomunicación.
En respuesta a la petición de la Human Rights Foundation, el GTDA determinó que el activista
y abogado Anacleto Micha Ndong Nlang se encuentra detenido arbitrariamente por el régimen
de Guinea Ecuatorial y debe ser puesto en libertad de inmediato. El GTDA instó explícitamente
su liberación inmediata y a que se le otorgue reparaciones integrales por las violaciones
sufridas. Como Estado miembro de la ONU, Guinea Ecuatorial tiene la clara obligación de
respetar las decisiones del GTDA y de cumplir con los compromisos en virtud del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, la Convención contra la Tortura y la Declaración de las Naciones Unidas sobre la
protección de todas las personas contra las desapariciónes forzadas.
La prolongada detención en régimen de incomunicación de Anacleto le expone a un riesgo
inminente de sufrir nuevas torturas y malos tratos, sobre todo teniendo en cuenta sus
antecedentes documentados de abusos a manos de funcionarios del Estado.
Solicitamos respetuosamente a su gobierno que:
– Libere inmediata e incondicionalmente a Anacleto Micha Ndong Nlang, en cumplimiento
de la opinión del GTDA;
– Ponga fin de inmediato a su detención en régimen de incomunicación y garantice a su
familia y sus abogados acceso irrestricto a él, de conformidad con las normas
internacionales de debido proceso, mientras se concreta su liberación;
– Le proporcione reparaciones integrales, incluida una indemnización por su detención
arbitraria y por la tortura y malos tratos que ha sufrido;
– Garantice su integridad física y su bienestar, asegurando que no será objeto de nuevos
acosos, amenazas o violencia por parte de agentes estatales;
– Retire todos los cargos retaliatorios formulados en su contra y cese el hostigamiento
judicial contra activistas, opositores políticos, abogados y defensores de los derechos
humanos; y
– Ponga fin a la práctica de desapariciones forzadas y de detenciones en régimen de
incomunicación de presos de conciencia, incluido el uso de la prisión de Oveng Azem
para aislar a los disidentes del mundo exterior.