En defensa de una mayor protección de las personas con trastornos mentales ante la pena de muerte

09/10/2014
Comunicado
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La pena de muerte contra personas que sufren trastornos mentales todavía se aplica en algunos países, a pesar de estar prohibida en el derecho internacional, según denuncia hoy la FIDH con ocasión del 12º Día Mundial contra la pena de muerte.

Los trastornos mentales derivados de una enfermedad o de una discapacidad constituyen circunstancias atenuantes o que exoneran de responsabilidad pero en muchos países, como Japón o los Estados Unidos, no se tienen en cuenta. Del mismo modo, el recurso a peritos psiquiátricos, que a menudo carecen de formación, resulta ampliamente insuficiente, por lo que las personas acusadas no pueden defenderse de forma justa y a veces la suerte ya está echada incluso antes del inicio del proceso.

"Las personas acusadas que padecen trastornos mentales no pueden ser sometidas a juicio en las mismas condiciones que el resto. Se las debe proteger más de una posible condena a muerte", declara Florence Bellivier, secretaria general adjunta de la FIDH y miembro de la Coalición Mundial contra la pena de muerte. " Por ello es muy importante abogar por la adopción de medidas de protección de las personas detenidas y condenadas que padecen una patología mental o una discapacidad psíquica ".

Además de las consecuencias que tiene sobre las personas que padecen trastornos mentales, la pena capital tiene repercusiones extremamente preocupantes sobre la salud mental de las personas condenadas, de sus familias e incluso de sus abogados y abogadas.

Las condiciones de detención en los corredores de la muerte, la duración y la incertidumbre ligadas a la espera de la ejecución pueden calificarse de trato inhumano y degradante, e incluso de tortura. Las personas condenadas no tienen acceso a la atención médica y psicológica que necesitan y las consecuencias pueden ser dramáticas. En los corredores de la muerte de algunos estados de los Estados Unidos, la tasa de suicidio es a veces alarmante. En Japón, no se informa a las personas encarceladas de la fecha de ejecución, ni tampoco se comunica a sus familias ni a sus defensores. En Belarús, las autoridades se niegan a entregar los restos de las personas ejecutadas a la familia y ni siquiera se les informa del lugar en que se hallan. Esta falta de transparencia tiene efectos psicológicos devastadores para las personas condenadas y sus familiares.

La FIDH insta a los Estados a que apliquen de forma inmediata las normas internacionales vigentes que prohíben la condena a muerte y la ejecución de toda persona que padezca una discapacidad intelectual o haya recibido un diagnóstico confirmado de enfermedad mental.

En cualquier caso, la FIDH se opone a la pena de muerte, sea cual sea el delito y las circunstancias, y trabaja activamente con sus organizaciones miembros para lograr su abolición universal. La FIDH ha demostrado además que por lo general la pena de muerte se dicta tras procesos injustos y su aplicación es a menudo discriminatoria e incluso aleatoria.

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