Desapariciones forzadas

Una gran paso acaba de ser dado en la lucha contra las desapariciones forzadas

Nuestras cuatro organizaciones agradecen a todas las delegaciones que contribuyeron a tal éxito y quieren también agradecer sobre todo al Presidente por su trabajo incansable, su tenacidad y su compromiso en favor de las víctimas.

Se trata de un paso de extrema importancia para la lucha contra las desapariciones forzadas y la protección de las víctimas y de sus familias. De manera general, el texto adoptado responde a las expectativas de las ONG, nosotros la comentaremos en el futuro. Hoy en día, quisiéramos expresar nuestra satisfacción por los puntos siguientes:

 En primer lugar, se trata de una convención autónoma dotada de un órgano propio. Esta elección constituye para nosotros un reconocimiento justo del sufrimiento de las víctimas de desapariciones forzadas y de la lucha incansable llevada por sus familias y sus allegados para encontrarlas. Igualmente se trata, en nuestra opinión, de una garantía de eficacia para el futuro, incluso en la hipótesis de una reforma del sistema de comités.

 La convención constituye un paso importante dentro de una historia ya larga. En efecto, constituye un desarrollo considerable del derecho internacional en este campo, apoyándose en normas firmemente establecidas en derecho consuetudinario. Nos es satisfactorio constatar que se haya reconocido un nuevo derecho a no ser sometido a una desaparición forzada y que se obligue a los Estados a impedir tal práctica en sus derechos internos.

 La convención reconoce también que este crimen puede, en ciertos casos, ser calificado de crimen de lesa humanidad y por consiguiente, ser objeto de una acción penal internacional, o incluso de una reacción por parte de la comunidad internacional en su conjunto mediante los órganos de las Naciones Unidas.

 Esta convención establece una serie de mecanismos en el plan nacional e internacional que permitirán a los Estados partes prevenir eficazmente las desapariciones forzadas. La competencia obligatoria del Comité respeto a las acciones urgentes nos parece fundamental en este sentido.

 La convención constituye una herramienta inestimable para la lucha contra la impunidad de los autores de desapariciones forzadas. Constituye, para nuestras ONG, una plataforma de trabajo inestimable. Velaremos para que pueda ser interpretada de manera evolutiva, a la luz de la evolución del derecho internacional en el campo de la lucha contra la impunidad, en particular tratándose de la prohibición de la amnistía de crimenes graves de derecho internacional y del juicio de autores de violaciones de derechos humanos ante tribunales militares.

 Amnesty International, la Comisión Internacional de Juristas, la FIDH y Human Rights Watch queremos, para finalizar este ejercicio, rendir homenaje a las familias de desaparecidos quienes los han insipirado por su coraje durante todos estos años, y les han permitido guardar la esperanza. Porque si ellos han mantenido tal esperanza, no nos es permitido no tenerla.

« La Convención ¡ya! »

La Convención internacional reuniendo a las familias de los desaparecidos y ONGs de defensa de los derechos humanos, se felicita de la firma por parte de 57 Estados [1] de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre 2006.

Esta nueva etapa es de mayor importancia ya que los 57 Estados firmantes representan todas las regiones del mundo.

De ahora en adelante está abierto el proceso de ratificación a esos Estados, a los cuales la Coalición hace un llamamiento solemne para que ratifiquen la Convención lo antes posible, permitiendo así su pronta entrada en vigor. La Coalición llama a todos los demás Estados para que firmen y ratifiquen la Convención cuanto antes.

La Coalición subraya que corresponde a los Estados, tomar todas las medidas para prevenir la práctica de las desapariciones forzadas y reprimir los autores de este crimen. A este respecto la Convención constituye el primer instrumento normativo internacional susceptible de poder asistir a los Estados en la aplicación de una protección más efectiva contra las desapariciones forzadas.

La Coalición desarrollará y hará público, en las próximas semanas, su plan de acción para « La Convención, ¡ya! ».

Los miembros de la coalición son :
ASOFAMD y FEDEFAM, Bolivia; Madres de la Plaza de Mayo, Argentina; FEDEFAM, Argentina; Kontras, Indonesia; Asian Federation Against Disappearances International; HOM/Linking Solidarity; FEDEFAM, Ginebra; Federación internacional de los derechos humanos (FIDH); Ligue française des droits de l’Homme et du citoyen (LDH), Francia; Comisión Internacional de Juristas (CIJ)

La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas entrará en vigor el 23 de diciembre 2010

Esta evolución tiene un profundo significado para todas las familias de los desaparecidos y para la Coalición Internacional contra las Desapariciones Forzadas (ICAED) y todas las demás organizaciones y personas que han trabajado tan duro para que esto sea posible. Se espera que el Comité contra la Desaparición que es una de las disposiciones del presente Convenio y será encargado de supervisar el cumplimiento por los Estados, sea un medio de gran alcance internacional de la protección contra las desapariciones forzadas en el futuro cercano.

La entrada en vigor de la Convención es un paso histórico en el camino de garantizar que ninguna persona jamás volverá a ser sometida al delito de desaparición forzada. La presente Convención también reconoce el derecho de todas las víctimas a conocer la verdad sobre las circunstancias de los casos de desapariciones forzadas y cuenta con fuertes disposiciones sobre justicia, reparación, reconstrucción de la memoria histórica y garantías de no repetición.

Este desarrollo en el ámbito internacional es sin duda un motivo de celebración. Es igualmente necesario redoblar el compromiso de todas las partes para poner fin a este crimen despreciable contra la humanidad.

Su valor es concreto y práctico, y depende en gran medida de los continuados esfuerzos de las familias de las víctimas, las ONG, los gobiernos, la ONU y su nuevo comité que este instrumento se utilice para responsabilizar a los infractores responsables, evitar la repetición y prevenir nuevas violaciones en el futuro.

Así como la ICAED expresa profundo agradecimiento a todos los Estados-partes, también hace un llamamiento a todos ellos a:

 Reconocer la desaparición forzada en sus códigos penales como delito y que todos los sectores del sistema de justicia sean educados para hacerlo cumplir.

 Asegurar el acceso a las víctimas como los familiares de los desaparecidos a reparación y recursos para obtenerla, tanto en la legislación como en la práctica.

 Reconocer el Comité contra la Desaparición Forzada, en los casos en que la ratificación no incluyen el reconocimiento de su competencia.

La ICAED también pide a todos los Estados que aún no han ratificado la Convención a hacerlo lo antes posible.

Finalmente, la ICAED desea agradecer a todos los familiares de personas desaparecidas; sus asociaciones, a todas las organizaciones miembros de la Coalición, así como todas las demás organizaciones y defensores de derechos humanos que participaron en este logro histórico.

Celebramos este éxito, preparándonos para la entrada en vigor del tratado el 23 de diciembre de 2010 y continuemos el trabajo para lograr más ratificaciones y lograr que la aplicación universal esté garantizada.

Entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Las desapariciones forzadas constituyen un fenómeno universal. No solo concierne los desaparecidos ellos mismos sino también los familiares, amigos y la sociedad en su conjunto”, declaró Souhayr Belhassen, Presidente de la FIDH.

El crimen de desaparición forzada representa una de las violaciones de los derechos humanos mas seria y constituye un crimen contra la humanidad si esta cometido sistemáticamente o de manera generalizada contra civiles. Aunque la necesidad de adoptar un instrumento internacional definiendo legalmente este crimen ha sido pensada, se necesito una década para llevar a un consenso general sobre su contenido.

En efecto, mas de 30 anos después de la adopción de la resolución 33/173 de la Asamblea General de la ONU en diciembre 1978, que por la primera vez hacia referencia al tema de los “Desaparecidos”, la Convención Internacional sobre la Protección de las Personas víctimas de Desaparición Forzada es ahora un instrumento vinculante conteniendo importantes disposiciones para proteger los derechos de las víctimas.

La relevancia legal de la Convención es importante ya que no solo da una definición legal del crimen de desaparición forzada sino que establece también una serie de obligaciones a los Estados para prevenir y perseguir este crimen a través de medidas concretas al nivel nacional. La Convención reconoce en particular el derecho a la información, el derecho de conocer la verdad de las víctimas y el derecho a la justicia y a la reparación.

El derecho de saber lo que paso es un derecho fundamental ya que el fenómeno de desaparición destruye la vida cotidiana de las familias”, recuerdo Luis Joinet, antiguo Ponente Especial de la ONU, durante su testimonio en el proceso, que paso en Paris el 17 de diciembre 2010 y que se termino con la condena de 14 oficiales chilenos del régimen de Pinochet por la desaparición forzada de 4 civiles franco-chilenos en los aňos 70.

Hoy en día, la Convención fue firmada por 87 países y 21 de ellos la ratificaron (Brazil siendo el ultimo país que la ratifico el 29 de noviembre).

La Convención obliga los Estados a tomar medidas para perseguir los autores de desaparición forzada cuando están en su territorio, siguiendo su competencia según el principio de la jurisdicción universal, sin tomar en cuenta las nacionalidades de las víctimas y de los presuntos autores, ni el país donde se cometió el crimen.

La Convención crea un Comité que seguirá su puesta en practica por cada país.

« Ahora pedimos a los países que no ratificaron la Convención de hacerlo e incitamos los que ya firmaron a poner en practica las disposiciones, especialmente al incluir el crimen de desaparición forzada en su legislación nacional », concluyó Souhayr Belhassen.

Mas información :
http://www.icaed.org/

Leer el comunicado de la ICAED :
http://www.icaed.org/fileadmin/user_upload/Entry_into_vigor_press_release/ICAEDComunicadodePrensa23dicES.pdf

Día Internacional del Desaparecido 2011

"Para ellos y por ellos y sus familias que sufren, nuestra Coalición existe para llamar a las puertas de todos los Estados instándolos a que firmen, ratifiquen y apliquen la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (La Convención)", dijo María Aileen D. Bacalso, persona encargada de la ICAED y el Secretario General de la Federación Asiática contra las Desapariciones Forzadas o Involuntarias.

Los cuarenta y un miembros de las organizaciones de la ICAED de todo el mundo están llevando a cabo diversas formas creativas de homenajear a los desaparecidos. De esta manera, reiteran sus llamadas a sus respectivos gobiernos para ratificar finalmente la Convención contra la desaparición forzada y reconocer la competencia del Comité de la ONU sobre las Desapariciones Forzadas. Este Comité es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del tratado contra la desaparición en los Estados Partes. La ICAED considera que la Convención es una herramienta muy poderosa para poner fin al delito de desaparición forzada y contra la impunidad.

Hasta la fecha, 88 Estados han firmado este tratado y otros 29 son Parte, con sólo 12 de ellos que reconocen todas las competencias del Comité contra la Desaparición Forzada. Bacalso señaló además que: "El número de Estados Partes en la Convención palidece en comparación con la extensión global del crimen, por lo tanto, la intensificación de la campaña y de cabildeo para obtener el apoyo amplio de la Convención es imprescindible. Así pues, los Estados que son fieles a la universalidad, indivisibilidad e independencia de los derechos humanos, deben acelerar el proceso de firmar y ratificar este importante tratado que establece el derecho a la verdad y el derecho a no ser sometido a desaparición forzada. " A medida que la comunidad internacional conmemora el Día Internacional de los Desaparecidos, la ICAED se compromete a intensificar sus esfuerzos en los planos nacional, regional e internacional para concretar su mandato de hacer campaña para que las ratificaciones de Estados posible y garantizar la aplicación universal de la Convención.

Este año es el primero que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), conmemora oficialment del Día Internacional de los Desaparecidos. En 2010, la ONU llamó a su sistema y otras organizaciones internacionales y regionales, así como la sociedad civil a celebrar el Día a partir de 2011. Reconociendo la magnitud global de la delincuencia como se reafirmó en los informes anuales del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU se une a las familias de los desaparecidos que han sido la conmemoración de este día desde hace ya casi tres décadas.

MARY AILEEN D. BACALSO
Persona Focal de la ICAED
http://www.icaed.org
c/o Asian Federation Against Involuntary Disappearances
Rooms 310-311 Philippines Social Science Center Bldg.
Commonwealth Ave., Diliman, Quezon City, Philippines
Tel:: 00-63-2-4907862
Telefax: 00-63-2-4546750
Mobile: 00-63-917-792-4058

Declaración de ICAED en el Día Internacional de los Desaparecidos

El Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias (WGEID) indica en su informe de 2011 que quedan 53,788 casos no resueltos de desapariciones forzadas. Cada caso es solamente una parte de las estadísticas globales sobre las desapariciones forzadas. Eso prueba una violación flagrante de los derechos fundamentales básicos a la vida y a la libertad; el derecho de tener una familia, de pertenecer a una comunidad, de tener un trabajo decente, y numerosos otros. Según los testimonios de las personas que reaparecieron vivas, la tortura y los tratamientos inhumanos y degradantes hacen parte entera del fenómeno de desapariciones forzadas. Estas practicas no sólo causan un sufrimiento y un dolor extremos a las victimas directas, sino también a sus familias y amigos. Sobre todo cuando las victimas tenían como función de apoyar a la familia, la desaparición provoca no sólo una ansiedad intensa, psicológico y emocionalmente, sino también una grand precariedad económica para la familia.

La amplitud mundial de este crimen instó a las Naciones Unidas a conmemorar oficialmente el Día Internacional des los Desaparecidos en el 30 agosto de cada año. Es una manera importante de honrar a todas las victimas de desapariciones forzadas y de mostrar al mundo entero la gravedad de este fenómeno, para garantizar su no-repetición. Hay que notar que antes de que las Naciones Unidas reconozcan oficialmente este día, la Federación latinoamericana de las Asociaciones de las Familias de Desaparecidos (FEDEFAM) ha conmemorado este día desde su Congreso fundador en San José, Costa Rica en 1981, hace más de tres décadas. Además, organizaciones y asociaciones de familias de desaparecidos de otros continentes han conmemorado esta ocasión hasta su reconocimiento por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2010.

La Coalición está particularmente preocupada por las situaciones en Bangladesh, India, Mali, Pakistán, México, Colombia, Sri Lanka, Sudan, Líbano, Iraq y Siria donde las desapariciones forzadas están reportadas como cometidas de manera generalizada. Desea también expresar su inquietud frente a los casos pendientes de
muchos otros países como en las Filipinas, Indonesia, Timor Oriental, Nepal, El Salvador, Guatemala, Perú y en muchos países africanos, incluso en Argelia, Egipto y Marruecos – una situación que favorece la cultura de la impunidad.

En el 23 diciembre de 2010, la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (la Convención) entró en vigor. Casi dos años después, el numero de Estado-Parte queda demasiado bajo en comparación con los 87 países que tienen casos de desapariciones forzadas pendientes según el informe de 2011 del WGEID. Además, muchos Estados-partes no han reconocido la competencia del Comité sobre las desapariciones forzadas (CDF) para recibir y estudiar quejas individuales y interetáticas – una realidad que está una real fuente de preocupación para la Coalición.

Para render homenaje a los desaparecidos del mundo entero en esta ocasión del
Día Internacional de los Desaparecidos, la Coalición insta a todos los Estados a:
 Ratificar la Convención – sin emitir reservas prohibitivas – y reconocer la competencia del CDF para recibir y estudiar las quejas de las victimas y de otros Estados-partes;
 Adoptar todas las medidas necesarias para que desapariciones forzadas no sean cometidas, especialmente penalizando esta practica en la legislación nacional;
 Establecer la verdad en los casos pasados;
 Llevar a cabo investigaciones, y si las pruebas son suficientes, llevar a los autores en justicia, y proporcionar reparación a las victimas;
 Cooperar con el WGEID de las Naciones Unidas.

Mientras la comunidad internacional celebra el Día Internacional de los Desaparecidos, la ICAED, que cuenta con 41 organizaciones de África, Asia, Europa,
de la región Euro-Mediterránea, del Medio Oriente, de América del Norte y del Sur,
reitera su compromiso de seguir luchando y buscando sin descanso para la verdad y
la justicia.

La desapariciones forzada es una de las mas horribles violaciones de derechos humanos. Demasiadas personas en el mundo entero son afectadas por esta plaga. Es imperativo que la sociedad civil y los gobiernos siguen trabajando juntos para poner fin a la practica de desaparición forzada y así asegurar que el derecho a la verdad, la justicia, la reparación et la memoria sea garantizado.

Stop Enforced Disappearances NOW!