Venezuela: Actos de hostigamientos y amenazas contra el Sr. Luis Uzcátegui

06/11/2014
Llamado urgente

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

VEN 002 / 1114 / OBS 085
Hostigamientos, violencia, amenazas
Venezuela
6 Noviembre de 2014

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), ha recibido nuevas informaciones y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Venezuela.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación informaciones de fuentes fidedignas sobre nuevos actos de hostigamientos y amenazas contra el Sr. Luis Uzcátegui, fundador del Comité Pro Defensa de los Derechos Humanos Familiares Víctimas del estado Falcón (COPRODEH) y actual integrante del Comité Pro Defensa de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos (COPROVIDH).

Según las informaciones recibidas, el 17 de octubre de 2014, aproximadamente a las 9:00 de la mañana, el Sr. Luis Uzcátegui fue interceptado por un grupo de personas cuando se encontraba en la Urbanización Las Velitas II-B, en la ciudad de Coro (Estado de Falcón), área en la que reside. Estas personas, que eran dos funcionarios identificados con uniformes de la Policía del estado de Falcón y dos civiles, presuntamente integrantes de un Concejo Comunal denominado “Bicentenario”, golpearon y amenazaron al Sr. Uzcátegui, sin mediar palabras.

Los múltiples golpes recibidos le causaron importantes lesiones, que fueron constatadas por un examen médico, incluyendo un hematoma infraorbitario derecho, traumatismos de cara, cuello y espalda. Producto de las lesiones, el Sr. Uzcátegui presentaba inflamación en su nariz que imposibilita la respiración; pérdida de una pieza dental molar y fuerte dolor en pierna derecha que le limita la marcha.

El Sr. Uzcátegui acudió inmediatamente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) para denunciar estos hechos. Allí se le toma acta de denuncia, pero los presuntos agresores se presentaron en el lugar, y haciendo uso de sus facultades como integrantes de cuerpos policiales, intercedieron para que el Sr. Luis Uzcátegui quedara retenido en la sede policial sin oportunidad de llamar a un abogado y sin saber el motivo de su detención. La detención se prolongó por aproximadamente 9 horas. Durante este proceso, el Sr. Uzcátegui fue forzado a dejarse tomar fotografías. Su hermana, Paula Uzcátegui, quien lo acompañó a formular la denuncia, fue impedida de permanecer dentro de la sede policial, quedando el Sr. Uzcátegui sin personas de su confianza durante el proceso.

Durante 9 horas el Sr. Uzcátegui fue retenido, agredido verbalmente, empujado y amenazado por los funcionarios que lo custodiaban, pues le insistían, como condición para dejarlo en libertad, en que no debía denunciar los hechos y lo presionaban para que desistiera de acudir ante un médico forense para realizarse los exámenes pertinentes. Seguidamente a ser dejado en libertad, el Sr. Uzcátegui acudió al Departamento de Medicina Legal del CICPC para solicitar le hicieran una evaluación y así dejar constancia de las lesiones sufridas. Dicha evaluación se practicó en ese momento pero no se le dió acceso a los resultados. En ese organismo le recomendaron dirigirse al Ministerio Público.

El 18 de octubre de 2014, el Sr. Uzcátegui acudió al Ambulatorio del sector “El Pantano” de la ciudad de Coro, en donde fueron evaluadas sus lesiones y se le indicó tratamiento.

Posteriormente, el día 20 de octubre de 2014 realizó la denuncia formal de los hechos ante el Ministerio Público del estado Falcón y ante la Defensoría del Pueblo de ese mismo estado. Ese mismo día le fue ordenada una evaluación médico legal por orden de la Fiscalía Décima Séptima del estado Falcón, con competencia en Protección de los Derechos Fundamentales y de la Fiscalía Tercera, encargada de Delitos Comunes. El Sr. Uzcátegui acudió nuevamente al Departamento de Medicina Legal e indicó a la médica de guardia que lo atendió que el examen médico ya le había sido practicado el día de los incidentes, el 17 de octubre de 2014. La Doctora corroboró dicha información y comunicó que los resultados serían enviados a ambas fiscalías solicitantes.

En fecha lunes 20 de octubre de 2014, a las 6:45 a.m, el Sr. Uzcátegui, recibió en su residencia una citación emitida por la Policía del Municipio Miranda del estado Falcón, en la que se le pide comparecer en la oficina de Atención a la Víctima ubicada en la sede policial de ese organismo policial, en la Av. Buchivacoa de la ciudad de Coro, estado Falcón.

La familia Uzcátegui interpretó esta citación como relacionada con las agresiones recibidas, incluso el funcionario que entregó la misma les indicó que el Sr. Uzcátegui podría ir acompañado de sus familiares. A las 2:00 pm, aún convaleciente de sus heridas, el Sr. Luis Uzcátegui, junto a su hermana Paula Uzcátegui, asistió a la citación. Sin embargo, los funcionarios encargados no permitían el acceso de la familia. Luego de negociaciones, le permiten que permanezca en la sede acompañado de sus familiares. De acuerdo al relato del Sr. Uzcátegui, la entrevista se basó en aspectos no relacionados con los hechos descritos en los que resultó víctima, lo que generó preocupación en el Sr. Uzcátegui y en su familia. Luego de rendir declaración sobre las acciones de Luis Uzcátegui como líder comunitario (tal como le fue solicitado por los funcionarios) y de revisar y confirmar acta de audiencia, Uzcátegui y su hermana se retiraron.

Estos actos recientes se inscriben en un contexto recurrente de criminalización en contra de Luis Uzcátegui y de su familia. Cabe destacar que el Sr. Uzcátegui es beneficiario de medidas de protección emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y una sentencia en el caso de su hermano Néstor Uzcátegui, de fecha 3 de noviembre de 2011, en la cual el Estado venezolano fue responsabilizado por violaciones a los Derechos Humanos. Esto fue ignorado por los funcionarios, que lo mantuvieron privado de libertad e incomunicado.

El Observatorio condena rotundamente estos actos de violencia, amenaza y hostigamientos contra el Sr. Uzcátegui y muestra su temor por que estos hechos hayan sido motivados en razón de sus actividades en defensa de los derechos humanos. Asimismo, el Observatorio insta a las autoridades de Venezuela a investigar con celeridad los hechos denunciados, así como a asegurar la integridad física y psicológica del Sr. Uzcátegui y sus familiares, así como la de todos los defensores de derechos humanos del país.

Acción solicitada:

Por favor dirijase a las autoridades de Venezuela instándolas a:

I. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Uzcátegui y sus familiares, así como la de todos los defensores de derechos humanos en Venezuela;

II. Realizar una investigación inmediata, independiente, exhaustiva e imparcial en torno a la detención arbitraria y a las alegaciones de agresiones, y en su caso, llevar a los responsables ante un tribunal competente, independiente e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

III. Dar cumplimiento estricto a las medidas provisionales de protección a favor de los beneficiarios de las mismas, a los fines de resguardar la integridad personal de los miembros de la familia Uzcátegui Jiménez y a cumplir con su obligación de implementar las medidas provisionales ordenadas en las resoluciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Resolución de 27 de noviembre de 2002 a favor de Luis Uzcátegui y ratificadas en las Resoluciones de 20 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003, 4 de mayo de 2004 y 27 de enero de 2009)

iii. Dar cumplimiento a los puntos resolutivos de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre Caso Néstor Uzcátegui y otros Vs. Venezuela.

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (Art.1) así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (Art.12.2);

v. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Venezuela.

Direcciones:

• S.E. Presidente de la República, Sr. Nicolás Maduro Moros, Palacio de Mirflores, Caracas, Venezuela; Fax: +58.212.806 3698 E-mail: dggcomunicacional@presidencia.gob.ve
• Sra. Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, Edificio Sede Principal del Ministerio Público,
Esquinas de Misericordia a Pele El Ojo Avenida México, Caracas, Venezuela. Email: ministeriopublico@mp.gob.ve. Fax: +58 212 578 3239
• Dr. Rafael Ramírez, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Avenida Urdaneta Esquina de Platanal, Edificio Interior y Justicia Despacho del Ministro, Piso 3, Caracas, Venezuela. +58.0212.806.45.77 / +58.0212.861.25.05, Fax: +58.0212.806.48.08. relaciones.consulares@mre.gob.ve
• Sra. Gabriela Ramírez Pérez, Defensoría del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, Centro Financiero Latino, Piso 29, Avenida Urdaneta, Esquina de Animas a Plaza España, Caracas, Venezuela; Fax: +58 212 262 04 69, +58 212 505 30 07, +58 212 507 70 14, +58 212 507 70 20; E-mail: denuncias@defensoria.gob.ve
• S.E. Germán Mundaraín Hernández, Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra, 18-a, Chemin François-Lehmann, 1218, Ginebra; Fax: + 41.22.723.28.81 ; E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int
• Embajada de Venezuela en Bruselas, 10 Avenue Franklin Roosevelt, 1050 Bruselas, Bélgica; Tel: + 32 2 639 03 40; Fax: + 32 2 647 88 20; E-mail: embajada@venezuela-eu.gob.ve
• Delegación ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU): Misión Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante la Organización de las Naciones Unidas en New York. Representante Permanente: Sr. Embajador. Jorge Valero.
Dirección: 335 East 46th Street, New York, NY 10017. Teléfono: +1.212.557.20.55; Fax:+1.212.557.35.28. Email: misionvene@venezuelaonu.gob.ve. Página web: http://www.venezuelaonu.gob.ve/index.php
• Misión Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante la Organización de los Estados Americanos Emb. Roy Chaderton Matos. Teléfonos: Central 202-342-5837 al 42, Fax: 202-625-5657. Email: missionvene@venezuela-oas.org Dirección: 1099 30th ST NW 2nd Floor Washington, DC, 20007.
Por favor escriban también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

***
Ginebra-París, 6 de noviembre de 2014

Agradeceremos informar al Observatorio acerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.

El Observatorio, programa conjunto de la OMCT y de la FIDH, está destinado a la protección de los defensores de los derechos humanos víctimas de violaciones, proporcionándoles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
• E-mail: Appeals@fidh-omct.org
• Tel. y fax OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
• Tel. y fax FIDH: +33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

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