PERÚ : Restricciones a la libertad de asociación deben ser derogadas

22/06/2015
Appel urgent

Ginebra-Paris, 22 de junio de 2015 - El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OMCT (Organización Mundial Contra la Tortura) y de la FIDH (Federación Internacional de Derechos Humanos), pide al Gobierno de Perú la derogación de la última directiva de la APCI que supone una inaceptable limitación del derecho de asociación en el país.

El Observatorio muestra su preocupación por la reciente reforma de la legislación en materia de asociaciones [1] que supone una injustificada restricción del derecho a la libertad de asociación en Perú en contravención de los estándares en derecho internacional de los derechos humanos.

En concreto, la nueva legislación establece nuevos procedimientos para la renovación de los registros de las las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), así como de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Internacional (ENIEX) en los Registros de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Además de dejar un margen discrecional muy amplio a la APCI para la supervisión, se han agregado nuevas exigencias para la renovación del registro de ambos tipos de entidades, exigiéndoles en adelante una supervisión previa, el cumplimiento de las recomendaciones derivadas de la misma e imponiendo además como nuevo parámetro de la supervisión, el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del país.

Con la regulación hasta ahora en vigor las acciones llevadas a cabo por ONGD y ENIEX utilizando recursos provenientes de la cooperación internacional, eran estrictamente fiscalizadas por el Estado a través de informes a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), diferentes ministerios y gobiernos regionales, así como a través de evaluación y de auditorías independientes por parte de los financiadores, por lo que la nueva regulación no parece tener fundamento.

El Observatorio muestra su preocupación por el hecho de que la aprobación de esta nueva regulación se produzca coincidiendo con un clima de alta conflictividad social en Perú en los últimos meses, algo que no puede ser utilizado como pretexto para limitar el derecho a la libertad de asociación. Los estándares internacionales reconocen la necesidad de generar un clima propicio y habilitante para el desempeño de una sociedad civil independiente, algo aún más necesario en momentos de conflictividad social en los que el trabajo de las asociaciones canalizando las demandas ciudadanas contribuye a que no se produzca una escalada en los conflictos.

Por todo lo anterior, el Observatorio urge a las autoridades de Perú a derogar la nueva regulación afectando a la libertad de asociación y a restituir las normas vigentes anteriormente en un proceso transparente y con la participación de la sociedad civil peruana. Asimismo, se pide al Gobierno de Perú que garantice el cese de la campaña de difamación y estigmatización de las organizaciones de la sociedad civil peruana, que reconozca la legitimidad de su trabajo y que garantice el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Perú.

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