Carta a la OECD sobre la Implementación del Plan País en Perú durante la visita del Presidente Kuczynski a París

Señor Angel Gurria
Secretario General
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE

París, 7 de Junio de 2017

Ref. Seguimiento al Plan País de la OCDE con el Peru en materia de fortalecimiento de la gobernanza del sistema judicial

Estimado Señor Angel Gurria,

Ante todo reciba un cordial saludo de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y nuestra organización miembro en el Perú, el Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD.

La FIDH es una organización internacional no gubernamental que tiene como objetivo promover la realización de todos los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. La FIDH cuenta con 184 organizaciones miembro en más de cien países, y beneficia de un estatus consultativo ante las Naciones Unidas, la OEA, la UNESCO y el Consejo de Europa. Es también Observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Perú EQUIDAD es una organización no gubernamental que procura la armonización de las políticas públicas en el Perú de conformidad con las obligaciones que soberanamente este país ha asumido al ratificar formalmente los tratados internacionales de derechos humanos.

Mediante la presente comunicación nuestras organizaciones quisieran subrayar las debilidades existentes en materia de gobernanza del sistema judicial en el Peru, como uno de los retos esenciales a superar en la implementación del Programa País concluido entre la OECD y el Estado peruano el 8 de Diciembre de 2014. Y formular, al mismo tiempo, recomendaciones para que este programa pueda efectivamente contribuir al fortalecimiento del Estado de derecho, la impartición de justicia y la lucha contra la impunidad, especialmente cuando se trata de violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales.

En su Estudio Multidimensional acerca del Perú del año 2015 [1], la OCDE destacó que todavía quedan avances pendientes en áreas claves como la gobernanza del sistema judicial, por lo que recomendó al gobierno peruano fortalecer su sistema “de impartición de justicia para hacer cumplir con eficacia las leyes y regulaciones existentes y evitar la impunidad.” [2] Para nuestras organizaciones, uno de los pasos fundamentales para lograr dicho fortalecimiento es garantizar la ejecución pronta y efectiva de las sentencias de las cortes peruanas – en particular las de su Corte Suprema y el Tribunal Constitucional - y las emanadas de la jurisdicción internacional a cuya jurisdicción el Perú se sometió voluntariamente [3]. La inobservancia de dichas resoluciones contraviene el derecho a la protección judicial, que constituye un pilar esencial del Estado de derecho en cualquier parte del mundo.

La falta de ejecución de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) es altamente preocupante en el caso peruano, que ostenta el triste record de ser uno de los países que más condenas ha recibido en América Latina, siendo que varias de estas condenas están referidas, específicamente, al incumplimiento por el Perú de las sentencias de sus más altas cortes [4]. El Caso Acevedo Buendía (Cesantes y Jubilados de la Contraloría) Vs. Perú, - generado por la violación del derecho de propiedad de casi tres centenares de jubilados en Perú - ejemplifica elocuentemente la gravedad de esta situación. En este caso la CoIDH declaró que de la prolongada e injustificada inobservancia de las resoluciones jurisdiccionales del Tribunal Constitucional del Perú que ordenaron la restitución de las pensiones de 273 integrantes de la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Contraloría General de la República, confiscadas por más de 8 años, constituyó una violación al derecho a la propiedad y a la protección judicial (artículos 21 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) [5], y ordenó al Estado peruano “dar cumplimiento total a las sentencias del Tribunal Constitucional del Perú de 21 de octubre de 1997 y 26 de enero de 2001, [...] dentro de un plazo razonable”.

Aunque han transcurrido ocho (8) años desde que se dictó esta Sentencia de la más importante Corte de América el año 2009, y veinte (20) y diez (10) años respectivamente desde que el Tribunal Constitucional del Perú falló a favor de las víctimas de este caso, el Estado peruano no ha cumplido con lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos ni su Tribunal Constitucional invocando toda clase de razones, incluyendo supuestas dificultades presupuestarias que la Corte IDH ha rechazado indicando que ‘‘las normas de presupuesto no pueden justificar la demora durante años del cumplimiento de sentencias’’  [6].

En consideración de lo anterior, y teniendo en cuenta que el establecimiento de un sistema judicial fuerte y efectivo que garantice la protección de todos los derechos humanos y brinde reparación a las víctimas es la base fundamental para un desarrollo sostenible que permita mejorar efectivamente las condiciones de vida de los ciudadanos, la FIDH y Perú EQUIDAD hacen un llamado a la OECD para que, en el marco de la implementación del Programa País en el Perú, consideren el cumplimiento de las decisiones de las jurisdicciones internacionales para la protección de derechos humanos como un requisito fundamental para avanzar en la implementación de cualquier otra política de desarrollo. De lo contrario, la implementación de nuevas políticas de inversión, comercio y desarrollo podrían generar importantes riesgos para la población local, ya que la inefectividad del sistema judicial y la falta de respeto de las decisiones de jurisdicciones internacionales los deja en total desprotección.

En este sentido nuestras organizaciones recomiendan a la OECD, y en particular al Centro de Desarrollo de esta organización, que:

La efectiva implementación de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se introduzca como indicador para la evaluación del programa país en lo que tiene que ver con la gobernanza efectiva y el fortalecimiento de la capacidad de las instituciones judiciales;

1. Que se haga seguimiento a la implementación de las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Perú y se analicen los resultados de dicho seguimiento en la próxima evaluación del programa país; y

2. Que se abran espacios de participación a organizaciones de la sociedad civil para que éstas puedan contribuir al seguimiento de dichos indicadores y al análisis de los eventuales avances o nuevos retos en esta materia.

3. Agradecemos la atención que brinden a la presente comunicación y estaremos a su disposición para brindar cualquier información adicional al respecto.

Muy atentamente,

Firmado por:
 FIDH
 Perú Equidad

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