Austria, 13er país europeo en legalizar la adopción por parte de dos progenitores del mismo sexo

El 1 de agosto de 2013 entró en vigor en Austria la ley que permite que un segundo progenitor del mismo sexo adopte a los hijos de su pareja. El 4 de julio, el Parlamento austriaco aprobó una reforma del Código Civil para permitir la adopción por parte de parejas del mismo sexo no casadas, cinco meses después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenase a Austria por discriminación [1]. En agosto de 2012 la FIDH, juntamente con la ICJ, ILGA-EUROPA, la BAAF, la NELFA y la ECSOL se personaron como partes interesadas en este asunto y aportaron argumentos legales contra la discriminación de las parejas del mismo sexo [2].

Austria [3] se une así a los doce países europeos donde es posible la adopción por parte del segundo progenitor, a saber Alemania, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Holanda, Islandia, Noruega, Reino Unido y Suecia.
Austria tuvo que cambiar su legislación tras la sentencia dictada por el TEDH el 19 de febrero de 2013 en el asunto X. y otros c. Austria (demanda nº 19010/07). Este asunto concernía el caso de una mujer que quería adoptar al hijo de su pareja. El Tribunal Supremo austriaco decidió entonces que no era posible la adopción del menor por parte del segundo progenitor de una pareja del mismo sexo, según el artículo 182.2 del Código Civil de Austria (relativo a la adopción para parejas no casadas), ya que no podía interpretarse de modo que incluyese la posibilidad de que un niño tuviese dos padres o dos madres: “las disposiciones legislativas se basaban, de acuerdo con la realidad biológica, en la existencia de una pareja formada por progenitores de distinto sexo” [4].

Las solicitantes presentaron una demanda contra Austria el 24 de abril de 2007 ante el TEDH, al considerar que se las había discriminado debido a su orientación sexual, ya que la adopción por parte de un segundo progenitor, derecho este garantizado para parejas no casadas de diferente sexo, era legalmente imposible para parejas del mismo sexo.

El Presidente de la Gran Sala autorizó a la FIDH, la ICJ, ILGA-EUROPA, la BAAF, la NELFA y la ECSOL representadas por Robert Wintemute, a aportar escritos sobre la jurisprudencia existente y el razonamiento jurídico en Europa y en otras sociedades democráticas relativo a la obligatoriedad de no discriminar a familias homoparentales y a sus hijos.

El 19 de febrero de 2013 el Tribunal decidió que Austria había infringido el artículo 14 (prohibición de discriminación) así como el artículo 8 (derecho a la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal indicó en sus conclusiones que “el gobierno no ha logrado aportar argumentos convincentes y de peso que demuestren que la exclusión de la adopción por parte de un segundo progenitor de una pareja del mismo sexo es necesaria para la protección de la familia tradicional o para la protección del interés del menor, cuando se concede esta posibilidad a las parejas de sexo diferente. Esta distinción es por tanto incompatible con el Convenio” [5]

Karim Lahidji, presidente de la FIDH declara: “Celebramos que haya cada vez más legislaciones nacionales que reconocen la igualdad de derechos de las parejas del mismo sexo y entre ellos de los derechos relacionados con la vida familiar. Todos los estados miembro del Consejo de Europa deberían tener en cuenta este fallo del TEDH y actualizar sus legislaciones respectivas de conformidad con esta importante jurisprudencia, de modo que se continúe avanzando hacia la igualdad de hecho de las parejas del mismo sexo y sus familias."

Evelyne Paradis
, directora ejecutiva de ILGA-Europa, afirma: “Damos nuestra más cordial bienvenida a Austria al grupo de países europeos que reconocen los derechos de adopción para el segundo progenitor de las parejas del mismo sexo. Se trata de un paso muy importante hacia la plena igualdad de las familias homoparentales y de sus hijos. Es primordial el derecho del niño a que se reconozcan los vínculos legales con sus progenitores, sin importar el estado civil de estos, su orientación sexual o su identidad de género; los niños no deberían ser discriminados por razón de las características de sus progenitores.”

Luis Amorim, en nombre del comité directivo de la NELFA, declara: "La NELFA reúne a progenitores y futuros progenitores LGTB de toda Europa. Sabemos lo importante que es para nuestros hijos contar con la protección de la ley. Nuestros hijos merecen el mismo nivel de protección legal y social que cualquier otro niño, independientemente de la configuración de su familia. Esta decisión es un paso más en la dirección adecuada hacia el objetivo de lograr una igualdad total para nuestras familias y nuestros hijos. La NELFA se congratula de esta decisión y espera con interés los próximos avances de Austria.

Leer la versión alemana de este comunicado de prensa conjunto.

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