Guatemala: Faltas al debido proceso en la sentencia contra los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes

09/05/2014
Llamado urgente

El Observatorio ha recibido con grave preocupación informaciones de fuentes fiables sobre faltas al debido proceso en la sentencia condenatoria proferida contra los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes, defensores de derechos al medio ambiente y a los recursos naturales frente a las actividades mineras en la ‘Puya’, zona situada entre los municipios de San José del Golfo y San Pedro Ayampuc.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Guatemala.

Descripción de la situación :

Según las informaciones recibidas, el 30 de abril de 2014 a las 15:00 horas, el Juez Félix García del Juzgado Octavo Unipersonal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Guatemala, dictó sentencia condenatoria en el proceso penal Causa 01079-2012-00214, contra los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes, dónde se les declara culpables de los delitos de “detenciones ilegales”, en concurso real con los delitos de “coacción” y “amenazas”, imponiéndoles un total de 9 años de prisión, conmutables a razón de Q10.00 diarios, para no ir a prisión.

La sentencia dictada por el Juzgado Octavo Unipersonal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Guatemala, considera a los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes responsables de los hechos ocurridos el 3 de mayo de 2012, a las 17:40 horas, cuándo presuntamente retuvieron en el Cementerio del Municipio de San José Del Golfo, a los Sres. Oscar Danilo Alvarado Monterroso, Marco Tulio Aquino Garrido y Hery Arodi Gálvez Rivera, ex trabajadores de la minera EXMIGUA, y los amenazaron para que renunciaran a su trabajo en la Mina.

Según la versión de los hechos adoptada por el Ministerio Publico, el Sr. Torres Catalán agredió físicamente a uno de los detenidos e insulto e intimidó a los otros dos. Sin embargo, la versión de los acusados defiende que ellos solo abordaron a las supuestas víctimas para conversar y hacerles entender de las consecuencias medioambientales de las minas y el trabajo que llevaban a cabo en ellas. También afirman que en ningún momento los agredieron físicamente y que la herida que muestra una de las supuestas víctimas fue causada accidentalmente con el machete que ésta llevaba.

Según las informaciones recibidas, los habitantes de San José́ del Golfo y San Pedro Ayampuc vienen organizándose en defensa de los derechos ambientales y de los recursos naturales en su territorio desde 2010, en particular en relación a al proyecto minero “El Tambor” Progreso VII Derivada, el cual se sitúa en La Puya.

Según las mismas informaciones recibidas, dicha sentencia vulnera los principios del debido proceso, pues no contiene suficientes argumentos para demostrar la culpabilidad de los condenados a causa de la falta de investigaciones exhaustivas en torno a los hechos alegados, además de la existencia de claras e reiteradas incongruencias e inconsistencias de los testimonios. Asimismo, el Juez, a lo largo del proceso, realizó algunas acotaciones impropias de la imparcialidad inherente a su mandato, así como por ejemplo, opinó que el mal trabajo realizado por el Ministerio Público, el cual ni siquiera logró probar que las supuestas víctimas fueran trabajadores de la empresa minera, se debía a “influencias, dentro del Ministerio Público para beneficiar a los sindicados”. Además, reiteró en varias ocasiones que pese a que las pruebas nos eran suficientes, en su opinión, se tenían como probados lo hechos y la responsabilidad de los inculpados.

Actualmente los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes siguen en libertad y sus abogados están planteando la posibilidad de interponer otros recursos legales antes que la sentencia sea declarada firme.

Asimismo, el 6 de mayo del 2014, se celebró una audiencia de reparación digna, en la que el Tribunal Octavo de Sentencia condenó a los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes a pagar Q22 mil 500, cada uno, en concepto de daños psicológicos y materiales, a favor de los tres trabajadores de la empresa minera de San Pedro Ayampuc supuestamente retenidos.

El Observatorio condena rotundamente la falta de investigación independiente, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos, así como la sentencia condenatoria contra los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes, al considero que ésta ha sido motivada por sus actividades de defensa de los derechos ambientales y de los recursos humanos.

Acción solicitada:

Favor dirigirse a las autoridades de Guatemala instándolas a:

i. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes y de todos los defensores de derechos humanos en Guatemala;

ii. Poner fin a todo tipo de hostigamiento judicial en contra de los Sres. Alonzo de Jesús Torres Catalán, Valerio Carrillo Sandoval y Jorge Adalberto López Reyes, así como de todos los individuos y organizaciones que defienden los derechos ambientales y de los recursos naturales en la zona de la Puya y otros territorios en Guatemala;

iii. Realizar una investigación inmediata, independiente, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos alegados, y garantizar el derecho a un debido proceso que respete todas las garantías procesales, incluyendo la imparcialidad de los jueces;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:
 Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional.”
 Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;

v. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Guatemala.

Direcciones:

· Licenciado Otto Pérez Molina, Presidente de la República de Guatemala, Casa Presidencial, 6 a. Avenida, 4-18 zona 1, Ciudad de Guatemala, Fax: +502.221.44.23; + 502.238.35.79
· Lic. José Arturo Sierra González, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, E-mail: carresis@oj.gob.gt; FAX: + 502.232.66.26
· Lic. Héctor Mauricio López Bonilla, Ministro de Gobernación, 6a. Avenida 4-64, zona 4, nivel 3, Ciudad de Guatemala, Fax:+502.362.02.39 / +502.362.02.37 E-mail: gobernacion@mingob.gob.gt
· Sr. Comisario General Gerson Oliva, Director General de la Policía Nacional Civil, 10a. Calle 13-92 zona 1, Ciudad de Guatemala - Guatemala. E-mail: juarrozv@hotmail.com. TEL : + 502 2329.0000 ; + 502 5308.4825 Fax: + 502.2251.9382
· Don Jorge Eduardo De León Duque, Procuraduría de los Derechos Humanos, (PDH), 12 Avenida 12-72, zona 1, Ciudad de Guatemala, Fax:+ 502.238.17.34 E- mail: gmasariegos@pdh.org.gt/ opdhg@intelnet.net.gt
· Lic. Antonio Arenales Forno, Comisión Presidencial de Derechos Humanos, COPREDEH, E-mail: copredeh@copredeh.gob.gt; 2a Avenida 10-50 Zona 9, Ciudad de Guatemala, FAX:+ 502.2334.0119
· Fiscal General de la República, Jefe del Ministerio Público, E-mail: fiscalgeneral@pm.lex.gob.gt 15 Avenida 15-16 zona 1, Barrio Gerona, 8o nivel, Ciudad de Guatemala, FAX: + 502.2411-9124/ + 502.2411 93 26
· Embajador Luis Fernando Carrera Castro, Ministro de Relaciones Exteriores, 2ª Avenida 4-17, zona 10, 01010, Ciudad de Guatemala. Tlf: + 502 2410 0000, E-mail: webmaster@minex.gob.gt
· Sr. Embajador Francisco Villagrán de León, Misión Permanente de Guatemala ante las Naciones Unidas en Ginebra. Chemin de Sous-Bois 21, 1202 Ginebra. FAX: + 41.22.733.14.29. E-mail: mission.guatemala@ties.itu.int; onusuiza@minex.gob.gt.
· Embajada de Guatemala en Bruselas, 185 avenue Winston Churchill, 1180 Uccle, Bélgica. Fax: + 32 2 344 64 99. Correo-E: embaguate.belgica@skynet.be

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Guatemala en sus respectivos países.

***
Ginebra-París, 9 de mayo de 2014.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio, programa conjunto de la OMCT y de la FIDH, está destinado a la protección de los defensores de derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

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